Norma Legal Oficial del día 02 de Febrero del año 2011 (02/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 0572010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se preciso la autorizacion otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolucion Ministerial N° 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitacion y resolucion de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondia a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ambito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolucion Viceministerial que formalice lo acordado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el expediente tecnico (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) del siguiente monumento arqueologico prehispanico de acuerdo a los planos, areas y perimetro que a continuacion se consignan:
Nombre del sitio N° de Plano en N° de Plano en arqueologico Datum PSAD56 Datum WGS84 Cerro San MORDAZA II PP-016-MC_ DREPH/DA/ SDIC-2010 PSAD56 PP-016-MC_ DREPH/DA/ SDIC-2010 WGS84 Area (m2) Area (ha) Perimetro (m)

Articulo 4°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro (e) de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 597447-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial FAP en Mision de Estudios a Brasil
RESOLUCION SUPREMA N° 044-2011-DE/FAP MORDAZA, 1 de febrero de 2011 Visto, la Papeleta de Tramite NC-50-EMED-Nº 1683 de fecha 13 de diciembre de 2010 y el Mensaje EMED171635 del mes de enero de 2011, del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru; y, las Papeletas de Tramite NC-50-SGFA-Nº 6639 de fecha 13 de diciembre de 2010 y NC-35-SGFA-Nº 0430 de fecha 21 de enero de 2011, del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, en el ano 2003 se MORDAZA el Memorando de Entendimiento entre los Gobiernos de Peru y Brasil sobre cooperacion en materia de Vigilancia y Proteccion de la Amazonia, razon por la cual hasta la fecha se han realizado tres operaciones combinadas de transferencia de blancos (PERBRA), determinandose la necesidad de nombrar Oficiales de la Fuerza Aerea del Peru para que asistan al Curso de Comando y Estado Mayor de Aeronautica que se dicta en la Escuela Superior de MORDAZA, donde los oficiales alumnos practican el planeamiento, desarrollo de procedimientos, toma de decisiones, coordinacion y liderazgo, permitiendo al mismo tiempo mantener un permanente vinculo entre MORDAZA Fuerzas Aereas; Que, la Fuerza Aerea del Peru ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2011, la designacion y autorizacion de viaje de un Oficial Superior para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor de Aeronautica, referido en el considerando precedente; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios a la Republica Federativa del Brasil, al Comandante FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en el "Curso de Comando y Estado Mayor de Aeronautica", a llevarse a cabo en la Escuela Superior de MORDAZA a partir del 15 de febrero al 09 de diciembre de 2011; por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la Fuerza Aerea del Peru; Que, la citada mision se encuentra incluida en el rubro 1.- Formacion / Calificacion / Especializacion, item 57, del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa AF-2011, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, el Articulo 26° de la Ley Nº 29598 dispone que el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios, por cuenta del Estado al extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el Articulo 23º de la Ley Nº 28359 mas el tiempo compensatorio dispuesto en el Articulo 26° de la Ley N° 29598;

395893.23 39.5893

3768.16

Articulo 2°.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos senalados en el Articulo 1° de la presente resolucion. Articulo 3°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueologico prehispanico mencionado en la presente resolucion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura.

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