Norma Legal Oficial del día 10 de Febrero del año 2011 (10/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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Con los vistos de la Oficina de Administracion, la Oficina de Asesoria Juridica y la Secretaria General y, en uso de las facultades contenidas por el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Encargar con eficacia anticipada al 28 de enero del 2011, a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA las funciones de Ejecutor Coactivo y, en tal virtud las funciones de la Unidad de Ejecucion Coactiva de la Oficina de Administracion de la Autoridad Nacional del Agua. Articulo 2°.- Precisar que la Resolucion Jefatural Nº 236-2010-ANA, no tiene efecto legal alguno desde el 31 de diciembre del 2010, fecha en la que se acepto la renuncia de la abogada MORDAZA MORDAZA La MORDAZA Irknampa. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA PAGADOR MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 601427-1

Articulo 2º.- Modalidad de pago de las retribuciones economicas 2.1. Por el uso de agua superficial con fines agrarios: Los usuarios que utilicen el agua superficial con fines agrarios, efectuaran los pagos de las retribuciones economicas correspondientes bajo cualquiera de las modalidades siguientes: a) Pago previo al uso del agua, que consiste en abonar la retribucion economica correspondiente al volumen de agua solicitado, como requisito previo a la entrega de la respectiva orden de riego. b) Pago posterior al uso del agua, que consiste en pagar la retribucion economica dentro de los siete primeros dias naturales del mes siguiente en el que el usuario utilizo su dotacion de agua. 2.2. Por el uso de agua superficial con fines no agrarios: Los pagos que se realicen por concepto de las Retribuciones Economicas por el Uso del Agua Superficial con fines industriales, mineros y poblacionales se realizaran en forma anual, segun los volumenes de agua utilizados en el 2010 e informados por las respectivas Autoridades Locales de Agua. Los abonos correspondientes se efectuaran dentro los treinta dias habiles de notificado los recibos por dichas Autoridades. 2.3. Por vertimiento de agua residual: Los pagos que se realicen por concepto de retribuciones economicas por vertimiento de agua residual tratada se efectuan en forma anual, segun los volumenes de vertimiento de las correspondientes resoluciones de autorizacion. Los abonos correspondientes se efectuan dentro de los treinta (30) dias habiles de notificados los recibos. Articulo 3º.- Depositos por concepto de los pagos de las retribuciones economicas por el uso de agua superficial y por el vertimiento de aguas residuales tratadas 3.1. Los pagos por conceptos de las retribuciones economicas por el uso de agua superficial con fines agrarios se realizaran a las Juntas de Usuarios, quienes depositaran inmediatamente, bajo responsabilidad, las recaudaciones obtenidas a la cuenta bancaria que senale la Autoridad Nacional del Agua. 3.2. Los depositos por concepto de pago de las retribuciones economicas por el uso de agua superficial con fines no agrarios, se realizaran a la cuenta bancaria y codigo que senale la Autoridad Nacional del Agua. 3.3. Los pagos de las retribuciones economicas por el vertimiento de aguas residuales tratadas, se depositaran en la cuenta bancaria y codigo que senalara la Autoridad Nacional del Agua. Articulo 4º.- Sanciones 4.1. Por incumplimiento del pago oportuno de las Retribuciones Economicas por el Uso de Agua Superficial y por Vertimiento de Agua Residual tratada se aplicara un interes moratorio simple mensual del uno por ciento (1%) del monto total de la retribucion economica, aplicable por mes o fraccion del mes. 4.2. Sin perjuicio de lo senalado en el inciso 4.1., la Administracion Local de Agua podra disponer el corte de agua o suspension de vertimiento y de ser el caso, la extincion de la autorizacion a los usuarios que no se encuentre al dia en el pago de las retribuciones economicas y solicitara el inicio del procedimiento de la cobranza coactiva. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA: Retribuciones economicas aplicables a quienes se hayan acogido al Programa de Adecuacion de Vertimientos y Reuso de Agua Residual-PAVER Las personas naturales o juridicas que se hayan acogido al Programa de Adecuacion de Vertimientos y Reuso de Agua Residual ­ PAVER, efectuaran el pago de la retribucion economica, la que sera calculada de acuerdo a las disposiciones del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 018-2010-AG sobre la base del volumen indicado en la "Declaracion Jurada de Vertimiento o Reuso" presentado

Establecen disposiciones para regular la forma y plazos en que usuarios deberan abonar retribucion economica por uso de agua superficial, subterranea y por vertimiento de agua residual tratada para el ano 2011
RESOLUCION JEFATURAL Nº 52-2011-ANA MORDAZA, 08 de febrero de 2011 VISTO: El Memorandum Nº 092-2011-ANA-DARH/VEA de la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos; CONSIDERANDO: Que, segun el numeral 3 del articulo 15º de la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338, la Autoridad Nacional del Agua, propone normas en materia de su competencia, asi como dicta normas y establecer procedimientos para asegurar la gestion integral y sostenible de los recursos hidricos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2010-AG se aprobaron los valores de la retribucion economica por el uso del agua para el ano 2011; Que, de conformidad con los articulos 178º y 182º del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, la Autoridad Nacional del Agua mediante Resolucion Jefatural debera regular la forma y plazos en que los usuarios deberan abonar las retribuciones economicas por el uso del agua y por vertimientos de aguas residuales tratadas, respectivamente; Estando a lo opinado por la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos; con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Secretaria General, de conformidad con lo establecido en el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Objeto La presente resolucion tiene por objeto regular el plazo y forma en que los usuarios deberan abonar la retribucion economica por uso de agua superficial, subterranea y por vertimiento de agua residual tratada para el ano 2011.

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