Norma Legal Oficial del día 23 de Febrero del año 2011 (23/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2011

encomendado, en la fecha, lugar y hora que a propuesta del Presidente acuerde la mayoria de sus miembros. Articulo 121°.- Las Comisiones Especiales tienen un plazo determinado y no podran ser mayor de 180 dias, salvo que el Concejo Municipal por acuerdo determine lo contrario. TITULO VI DISPOSICIONES FINALES Primera .- Deroguese el Acuerdo de Concejo N° 1822003/MVMT y toda MORDAZA que se aponga a la presente. Segunda.- Los casos no previstos en el presente Reglamento seran resueltos por el Concejo Municipal de acuerdo a Ley. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion.

Resolucion de Gerencia Municipal, segun lo previsto en el art. 40 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Nº 28411. Articulo 2.- La delegacion efectuada no implica el traslado de competencia. El titular de la entidad podra avocarse al conocimiento y decision de los asuntos materia de la presente sin que implique que se MORDAZA dejado sin efecto la autorizacion otorgada. Articulo 3.- Dejese sin efecto las Resoluciones que se opongan a la presente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 605302-1

605327-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAS PROVINCIAL DE OYON
Disponen monto de remuneracion de MORDAZA y establecen dieta de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 02-2011/CPO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OYON VISTO: En la Sesion de Concejo de fecha 03 de Enero del 2011, el informe del Gerente de Planeamiento y presupuesto, con relacion a la Remuneracion del MORDAZA y la Dieta de los Regidores. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado concordante con el articulo II de la Ley Nº 27972, senalan que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades en su articulo 39º, los concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de ordenanzas y acuerdos. Estando a lo establecido en la Resolucion de Alcaldia Nº467-2010-MPO/A que promulga el Presupuesto Institucional de Gastos correspondiente al ano Fiscal 2011, del Pliego: Municipalidad Provincial de Oyon; en concordancia con lo dispuesto en el D.S. Nº 025-2007-PCM, que regula la Remuneracion del MORDAZA y Dieta de los Regidores; y, habiendose producido el cambio de Gobierno Municipal para el periodo 2011-2014; el Concejo Municipal en uso de sus facultades y al MORDAZA del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad, con dispensa de la lectura del acta: ACUERDA: Articulo Primero.- DISPONER, que la remuneracion del MORDAZA ascendera a Tres Mil Trescientos Ochenta y 00/100 nuevos soles S/. 3,380.00 mensuales. Articulo Segundo.- Establecer que la Dieta de los Regidores equivale a quinientos siete y 00/100 nuevos soles S/. 507.00 por Sesion de Concejo con un MORDAZA de dos sesiones al mes. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion el cumplimiento del presente acuerdo debiendo implementar las acciones Administrativas conforme a Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA UGARTE MORDAZA 605136-1

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Delegan determinadas facultades al Gerente Municipal
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 078 La Punta, 14 de febrero de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 003, publicada el 2 de febrero del 2011, en el Diario Oficial "El Peruano", se aprobo la Nueva Estructura Organica de la Municipalidad, asi como el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF y el Acuerdo de Asignacion de Personal ­ CAP en el que se le asigna funciones a la Gerencia Municipal que, de acuerdo a las normas vigentes pueden ser atribuidas a ese nivel organizacional; Que, ademas, es conveniente delegar la realizacion de ciertos actos que las normas atribuyen al titular de la entidad, con el fin de impulsar los procedimientos con la MORDAZA dinamica posible, acercando el nivel de decisiones que deberan ser adoptadas, en tiempo razonable y con respecto al debido proceso; Que, de acuerdo al numeral 6) del articulo Nº 20 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, es atribucion del MORDAZA dictar decretos y resoluciones de alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas; Que, teniendo en cuenta lo MORDAZA expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972; RESUELVE: Articulo 1.- Delegar al Gerente Municipal la aprobacion de asuntos relativos a: Plan Anual de Contrataciones, asignacion de recursos cuando las propuestas excedan el valor referencial hasta el limite permitido por ley, procesos de estandarizacion, designacion de miembros de Comites Especiales que conduzcan los procesos de seleccion, en aplicacion del art. 27º y siguientes del Reglamento de la Ley de Contrataciones, Bases de Procesos de Seleccion, Presupuesto Analitico de Personal, Presupuesto Nominativo de Personal, licencias de funcionarios y servidores y la absolucion de recursos de apelacion, mediante la expedicion de resoluciones de Gerencia Municipal. Asimismo se le delega la celebracion y suscripcion de actos, contratos y convenios, segun lo previsto en el Numeral 23 del art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, y la resolucion de los mismos, asi como la aprobacion de las Modificaciones Presupuestarias a Nivel Funcional Programatico, mediante

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