Norma Legal Oficial del día 09 de Julio del año 2011 (09/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

446195

Que en el Certificado de Zonificacion y Vias Nº 7132009-MML­GDU- SPHU de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ­ Gerencia de Desarrollo MORDAZA ­ Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, precisa que el terreno se encuentra calificado como Vivienda Taller ­VT aprobado por Ordenanza Nº 1076-MML. Cumpliendo con el area de lote normativo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 1076-MDCH del 08.10.07 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que considerando la solicitud de la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA de Vivienda Taller (VT) con fines residencial se propone lo siguiente: CUADRO DE AREAS DESCRIPCION AREA ---------------------------------------------------------------------Area Bruta 2,987.84 m2. Area afecta a vias 154.73 m2. Area util del lote habilitado 2,833.11 m2. Perimetro del Terreno 218.96 m.l. Que considerando lo estipulado en la Ord. Nº 836MML modificatoria Ord. Nº 996-MML y Ord. Nº 1236-MML se tiene el siguiente Cuadro: CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS
DESCRIPCION Recreacion Publica SERPAR FOMUR EDUCACION OTROS FINES PROYECTO 7% 209.15 m2 2% 59.76 m2 1 % 29.88 m2 2 % 59.76 m2 2 % 59.76 m.2 DEFICIT 209.15 m2 Redimira en dinero 59.76 m2 Redimira en dinero 28.88 m2 Redimira en dinero 59.76 m.2 Redimira en dinero 59.76 m.2 Redimira en dinero

que no hayan concluido con las obras de caracter publico y tramiten la Habilitacion MORDAZA Convencional, efectuaran los aportes con valor arancelario, hasta MORDAZA de la expedicion de la Resolucion que apruebe la Recepcion de Obras de la Habilitacion Urbana(...). Los dispositivos legales mencionados son aplicables al presente caso, asi como lo previsto en la Ley Nº 29090 Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, teniendo en cuenta que las Normas Legales son ultractiva y no retroactivas, asimismo se debera verificar el cumplimiento de los requisitos estipulados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Ordenanza Nº 056-MDCH. Que estando la normatividad contenida en la Ley Nº 29090 Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y su Modificatoria Ley Nº 29476 y sus respectivos reglamentos aprobados mediante D.S. Nº 024-2008Vivienda y D.S. Nº 003-2010-Vivienda y la Ord. Nº 836MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General Ley Organica de Municipalidades. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 001-2011-MDCH-GODUSGCHU el Proyecto de Habilitacion MORDAZA de Lote Unico de Vivienda Taller (VT) con fines residenciales del predio ubicado en la Av. Los Gorriones (ex ­ Avenida D) y Jr. MORDAZA (ex ­ MORDAZA Nº 9) de la Mz. J, Lote 9 de la Parcelacion Semi-Rustica La Campina ­ 2da. Etapa del Distrito de Chorrillos Provincia y Departamento de MORDAZA y que tiene un area de 2,987.84 m.2 para uso de Residencial de Densidad Media (RDM); por las razones expuestas en el considerando MORDAZA mencionado. Articulo Segundo.- PRECISAR que el medio normativo bajo el cual se ha aprobado la Habilitacion MORDAZA es la Ley Nº 29090 mediante la Modalidad B. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la CONSTRUCTORA TOSCANA S.A.C a ejecutar en el Plazo de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de recepcion de la presente Resolucion las Obras de Habilitacion MORDAZA cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse a los planos firmados y sellados por este Corporativo y de acuerdo a los siguientes Cuadros:
CUADRO DE AREAS

TOTAL APORTES 14 % 418.31 m2. 418.31 m2.

En aplicacion al Articulo 10º de la Ordenanza Nº 836MML, solicitan la redencion en dinero del deficit de los Aportes Reglamentarios, por ser el area resultante menor al normativo. De lo expuesto anteriormente y estando conforme la Habilitacion MORDAZA proyectada se recomienda remitirse a la Gerencia de Asesoria Juridica para que emita su pronunciamiento legal correspondiente teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley Nº 29090 Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. Que mediante Informe Nº 26/2010-GAJ-MDCH de la Gerencia de Asesoria Juridica, en el cual senala que estando el Informe Nº 439/2010-SGCHU-MDCH de la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas y luego del analisis de los actuados precisa que en virtud del cual es aplicable la Ordenanza Nº 1076-MML que aprueba el reajuste integral de la Zonificacion de Usos del Suelo de los Distritos de Barranco Surquillo y de un Sector de los Distritos de Chorrillos y MORDAZA de MORDAZA, que son parte del area de Tratamiento Normativo II de MORDAZA Metropolitana y de un Sector del Distrito de Chorrillos que es parte del area de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana. Articulo 11º .- MORDAZA de la Urbanizacion Semirrustica La Campina ­ Chorrillos ­ establecer que en la MORDAZA calificada como Vivienda Taller VT del area correspondiente a la Lotizacion Semirrustica La Campina, del Distrito de Chorrillos, las nuevas edificaciones de uso residencial que se localicen colindantes a un uso industrial establecido deberan dejar como proteccion un retiro lateral minimo de 5.00 ml., sin edificaciones, el cual debera ser arborizado. Ordenanza Nº 836-MML Establecen Aportes Reglamentarios para las Habilitaciones Urbanas en la Provincia de Lima. Articulo 10º.- La Redencion de Aportes en Dinero .Los Aportes a que se encuentran obligados los titulares o responsables de las habilitaciones Urbanas con fines residenciales podran efectuar la redencion en dinero hasta MORDAZA de la expedicion de la Resolucion que apruebe la Recepcion de Obras de la Habilitacion MORDAZA, de acuerdo a la valorizacion arancelaria, unicamente cuando el area resultante del aporte sea menor al lote normativo, o en el caso de habilitacion MORDAZA de Lote unico para ejecutar simultaneamente un Conjunto Residencial. Para el caso de Habilitaciones Urbanas Semirrusticas, que se encuentren en zonas urbanas totalmente consolidadas y

DESCRIPCION AREA -------------------------------------------------------------------------------Area Bruta 2,987.84 m2. Area afecta a vias 154.73 m2. Area util del lote habilitado 2,833.11 m2. Perimetro del Terreno 218.96 m.l.

Que considerando lo estipulado en la Ord. Nº 836MML modificatoria Ord. Nº 996-MML y Ord. Nº 1236-MML se tiene el siguiente Cuadro: CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS
DESCRIPCION Recreacion Publica SERPAR FOMUR EDUCACION OTROS FINES TOTAL APORTES PROYECTO 7% 2% 1% 2% 2% DEFICIT

209.15 m2 209.15 m2 Redimira en dinero 59.76 m2 59.76 m2 Redimira en dinero 29.88 m2 28.88 m2 Redimira en dinero 59.76 m2 59.76 m.2 Redimira en dinero 59.76 m.2 59.76 m.2 Redimira en dinero

14 % 418.31 m2. 418.31 m2

En aplicacion al Articulo 10º de la Ordenanza Nº 836MML, solicitan la redencion en dinero del deficit de los Aportes Reglamentarios, por ser el area resultante menor al normativo. Articulo Cuarto.- DISPONER que la CONSTRUCTORA TOSCANA S.A.C efectue la inscripcion de esta Resolucion en la SUNARP, en el plazo de 30 dias contados a partir del dia siguiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Articulo Quinto.- DISPONER que la CONSTRUCTORA TOSCANA S.A.C efectue la publicacion de esta Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de

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