Norma Legal Oficial del día 09 de Julio del año 2011 (09/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES
Codigo 30-l 30-m 31-m Nombre Lomitas Palpa San MORDAZA MORDAZA 18 18 18

446117
Datum WGS 84 WGS 84 WGS 84

El Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP aprobara el Plan Maestro de la Reserva Nacional San MORDAZA en un plazo no mayor de nueve (09) meses. En tanto el Plan Maestro de la Reserva Nacional San MORDAZA no sea aprobado, el expediente tecnico que sustenta su establecimiento, el mismo que incluye su zonificacion, constituira, para todos los efectos, su Plan Maestro Preliminar, el mismo que cuenta con las mismas caracteristicas de vigencia, mandato y adaptabilidad de un Plan Maestro. Articulo 4º.- Aprovechamiento de los Recursos Naturales Renovables Precisese que al interior de la Reserva Nacional San MORDAZA el aprovechamiento de recursos naturales renovables, con excepcion del aprovechamiento forestal maderable, se encuentra permitido, prioritariamente por la poblacion local, previa opinion tecnica vinculante del SERNANP, de corresponder, bajo planes de manejo y planes especificos, de acuerdo a la zonificacion asignada, en base a un monitoreo adecuado y bajo las modalidades permitidas por la Ley N° 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0382001-AG, y demas disposiciones complementarias. Prioricese el otorgamiento de derechos de aprovechamiento de recursos hidrobiologicos a las organizaciones sociales de pescadores locales artesanales debidamente empadronados y acreditados ante la Jefatura del Area Natural Protegida. Articulo 5º.- Aprovechamiento de los Recursos Naturales No Renovables Precisese que al interior de la Reserva Nacional San MORDAZA el aprovechamiento de recursos naturales no renovables se permite, previa opinion tecnica vinculante del SERNANP, solo cuando lo contemple su Plan Maestro, estando sujeto a las normas de proteccion ambiental y a las limitaciones y restricciones previstas en sus objetivos de creacion, su zonificacion y categorizacion, asi como aquellas que se establezcan mediante Resolucion Presidencial del SERNANP. Articulo 6°.- Derechos Adquiridos Respetese los derechos adquiridos con anterioridad al establecimiento de la Reserva Nacional San MORDAZA, y regulese su ejercicio en MORDAZA con los objetivos y fines de la misma, y lo normado por Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente, Ley Nº 26834 - Ley de Areas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, Plan Director Actualizado de las Areas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2009-MINAM y todas aquellas normas vinculadas a la materia. Articulo 7°.- Refrendo y Vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros del Ambiente y de la Produccion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial `'El Peruano''. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente MORDAZA NAVA GUIBERT Ministro de la Produccion MEMORIA DESCRIPTIVA Nombre Superficie Limites : Reserva Nacional San MORDAZA : 154 716,37 ha : La demarcacion de los limites se realizo en base a la Carta Nacional de escala 1/100,000, elaborada y publicada por el Instituto Geografico Nacional - IGN, utilizando la informacion siguiente:

Ubicacion politica : Se realizo en base a la informacion elaborada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica-INEI. Distrito MORDAZA Changuillo Nazca Marcona Norte Partiendo del punto Nº 1 ubicado en el MORDAZA MORDAZA, el limite lo constituye una linea recta de direccion noreste que se dirige a la desembocadura del rio Ica, para luego ascender aguas arriba hasta alcanzar el punto Nº 2 ubicado en el mismo rio, para luego proseguir mediante una linea sinuosa de direccion sureste hasta alcanzar al rio Grande en el punto Nº 3 y luego ascendiendo en direccion este hasta alcanzar el punto Nº 4 desde donde se continua en direccion noreste por la misma altitud alcanzada en el punto descrito anteriormente y proseguir por esta altitud mediante una linea sinuosa hasta el punto Nº 5 y luego continuando por divisoria de aguas en direccion sureste pasando por el punto Nº 6 y alcanzar el punto Nº 7. Este Prosiguiendo por este ultimo punto descrito, el limite continua en direccion sur y luego suroeste por una linea sinuosa pasando por el punto Nº 8 y luego mediante direccion suroeste mediante otra linea sinuosa hasta el punto Nº 9 Sur Luego, continuando desde el ultimo punto descrito, mediante otra linea sinuosa de direccion suroeste y luego oeste por divisoria de aguas hasta el punto Nº 10 y luego prosigue mediante una linea recta de direccion suroeste hasta el punto Nº 11 ubicado en el MORDAZA MORDAZA y luego mediante otra linea recta de direccion noroeste hasta el punto Nº 12. Oeste Prosiguiendo desde el ultimo punto descrito el limite lo constituye lineas rectas que pasan por los puntos Nº 13 y 14, para finalmente alcanzar el punto Nº 1, punto inicial de la presente memoria descriptiva. Listado de Puntos Punto 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 ESTE 436 459,4967 443 577,3921 458 764,9111 462 382,3846 468 150,2162 480 540,1481 488 984,9314 487 399,4231 483 992,1495 472 080,6526 459 188,9451 453 681,4367 444 906,9672 438 503,9888 NORTE 8 346 385,4756 8 362 781,1574 8 354 648,1461 8 354 610,8344 8 366 646,3738 8 350 664,2107 8 344 096,0049 8 335 630,2484 8 329 716,1949 8 325 945,6476 8 315 361,3225 8 317 963,8246 8 335 049,5151 8 339 739,5380 Provincia Ica Nazca Nazca Nazca Departamento Ica Ica Ica Ica

La version oficial impresa y digital de los limites se encuentra en el expediente de categorizacion que sustenta el presente Decreto Supremo, la cual se ubica en el acervo documentario del SERNANP; dicho expediente en lo sucesivo constituye el principal documento al que se debera recurrir en materia de ordenamiento territorial a todo nivel.

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