Norma Legal Oficial del día 09 de Julio del año 2011 (09/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

446119

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Declaran Producto de Bandera a la Plateria Peruana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 194 -2011-MINCETUR/DM MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2011 Visto el Informe Nº 87-2011-MINCETUR-VMCE/DNC de la Direccion Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior del Vice Ministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004MINCETUR, se creo la Comision Nacional de Productos Bandera - COPROBA, encargada de elaborar una Estrategia Nacional Integrada de Identificacion, Promocion y Proteccion de la identidad de los Productos Bandera, tanto en el interior como en el exterior del pais; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2005MINCETUR, se aprobo la Estrategia Nacional de Identificacion de los Productos Bandera elaborada por la COPROBA, y se reconocieron de manera inicial, siete productos bandera: Ceramica de Chulucanas, Gastronomia Peruana, MORDAZA, Maca, Algodon Peruano, Lucuma y Camelidos Peruanos; Que asimismo, el articulo 2º del referido Decreto Supremo Nº 025-2005-MINCETUR, establece que la COPROBA podra solicitar la declaracion de nuevos productos bandera, la cual se realizara mediante Resolucion del Ministro de Comercio Exterior y Turismo; Que, posteriormente mediante Resolucion Ministerial Nº 105-2008 MINCETUR/DM, se reconocieron al cafe y al esparrago como productos bandera; Que, mediante el Decreto Supremo N° 017-2010MINCETUR, se aprobo la Estrategia Nacional de Promocion y Proteccion de los Productos Bandera; Que, la COPROBA en Sesiones Ordinarias de fechas 04 de setiembre de 2009 y 06 de MORDAZA de 2011, aprobo y ratifico respectivamente, la denominacion de producto bandera para la Plateria Peruana, por tratarse de un producto de reconocida calidad, preferido por el MORDAZA externo, y de notable desarrollo en su produccion y gestion en el Peru; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 025-2005-MINCETUR, que aprueba la Estrategia Nacional de Identificacion de los Productos Bandera, elaborados por la Comision Nacional de Productos Bandera, el Decreto Supremo N° 017-2010-MINCETUR, que aprueba la Estrategia Nacional de Promocion y Proteccion de los Productos Bandera, la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del MINCETUR y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002MINCETUR; De acuerdo con el Documento del Visto; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar a la Plateria Peruana como Producto Bandera Declarar como Producto Bandera a la Plateria Peruana. Articulo 2°.- De la divulgacion, promocion, proteccion y conservacion de dicho Producto Bandera La COPROBA se encargara de divulgar, promover, proteger y conservar el Producto Bandera declarado en el articulo precedente, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 025-2005-MINCETUR y el Decreto Supremo N° 017-2010-MINCETUR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 662346-1

Aprueban Reglamento Interno de la Red de Proteccion al Turista
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 195-2011-MINCETUR/DM MORDAZA, 06 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 35º de la Ley Nº 29408 ­ Ley General de Turismo, se creo la Red de Proteccion al Turista ­ RPT, encargada de proponer y coordinar medidas para la proteccion y defensa de los turistas y sus bienes; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 30º del Reglamento de la Ley Nº 29408, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR, establece que el funcionamiento de la RPT se rige por el reglamento interno elaborado por la propia Red, el cual es aprobado por Resolucion Ministerial del Titular del MINCETUR; Que, en el MORDAZA de las normas legales MORDAZA referidas, el Presidente de la RPT ha presentado para su aprobacion el Reglamento Interno correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29408 ­ Ley General de Turismo, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR, la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y sus modificatorias. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento Interno de la Red de Proteccion al Turista, el mismo que consta de seis (06) Capitulos y diecinueve (19) articulos, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y el Anexo en el MORDAZA Institucional del MINCETUR (www. mincetur.gob.pe). Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a las entidades integrantes de la Red de Proteccion al Turista. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 662348-1

DEFENSA
Crean el Sistema de Informacion y Monitoreo del Trafico Acuatico (SIMTRAC) y aprueban su Reglamento
DECRETO SUPREMO Nº 008-2011-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 44 y 163 de la Constitucion Politica del Peru, son deberes primordiales del Estado: defender la soberania nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion; asimismo, garantizar la seguridad de la Nacion mediante el Sistema de Defensa Nacional, que es integral y permanente, y se desarrolla en los ambitos interno y externo; Que, en ese sentido, mediante Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, se dispuso que el Director General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en su calidad de Autoridad Maritima, debe velar por la seguridad de la MORDAZA humana en el mar, MORDAZA

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