Norma Legal Oficial del día 09 de Julio del año 2011 (09/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES
1. Ley

446129

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Peru con Fuerzas Armadas Extranjeras 2011, aprobado por Resolucion Legislativa Nº 29621, en la parte pertinente a la fecha de inicio, de acuerdo al siguiente detalle:
"Entrenamiento Combinado, Reabastecimiento de Combustible y Descanso de Tripulacion" OBJETIVO LUGAR FECHA DE INICIO TIEMPO DE PERMANENCIA INSTITUCION INVOLUCRADA MORDAZA PARTICIPANTE MORDAZA DE UNIDAD CANTIDAD DE PERSONAL Visita Operacional Puerto Callao 10 de MORDAZA 14 dias MORDAZA de MORDAZA del Peru Estados Unidos de MORDAZA Fragata Misilera USS "THACH" ( FFG-43) 15 Oficiales, 190 Tripulantes

: Al Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1792004-EF y normas modificatorias. 2. Reglamento : Al Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias. Cuando se mencione un articulo, sin indicar la disposicion legal a la cual corresponde, se entendera referido al presente Decreto Supremo. Cuando se haga referencia a un numeral, inciso o acapite, sin mencionar la MORDAZA correspondiente, se entenderan referidos al articulo, numeral o inciso en que se encuentre, respectivamente. Articulo 2º.- REGALIAS Sustituyanse el primer y MORDAZA parrafo del articulo 16º del Reglamento por el siguiente texto: "Articulo 16º.- REGALIAS La cesion en uso de programas de instrucciones para computadoras (software) cuya contraprestacion constituye regalia segun lo previsto en el primer parrafo del articulo 27º de la Ley, es aquella mediante la cual se transfiere temporalmente la titularidad de todos, alguno o algunos de los derechos patrimoniales sobre el software, que conllevan el derecho a su explotacion economica. No constituye regalia, sino el resultado de una enajenacion: 1. La contraprestacion por la transferencia definitiva, ilimitada y exclusiva de la titularidad de todos, alguno o algunos de los derechos patrimoniales sobre el software, que conllevan el derecho a su explotacion economica, aun cuando estos se restrinjan a un ambito territorial especifico. 2. La contraprestacion que el titular originario o derivado de los derechos patrimoniales sobre el software, que conllevan el derecho a su explotacion economica, cobre a terceros por utilizar el software, de conformidad con las condiciones convenidas en un contrato de licencia. (...)." Articulo 3º.- VALOR DE MORDAZA EN ENAJENACION DE VALORES Sustituyase el ultimo parrafo del inciso a) del articulo 19º del Reglamento, por el siguiente texto: "Articulo 19º.- VALOR DE MORDAZA EN ENAJENACION DE VALORES (...) a) (...) Las cotizaciones expresadas en moneda extranjera deberan ser convertidas con el MORDAZA de cambio promedio ponderado compra publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones vigente a la fecha de la enajenacion o en su defecto, el ultimo publicado. En caso la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones no publique un MORDAZA de cambio para dicha moneda extranjera, esta debera convertirse a dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, y luego sera expresada en moneda nacional. Para la conversion de la moneda extranjera a dolares se utilizara el MORDAZA de cambio compra del MORDAZA en donde se ubica la bolsa o mecanismo centralizado de donde se MORDAZA obtenido el valor de cotizacion, mientras que para la conversion de dolares a moneda nacional se debera utilizar el MORDAZA de cambio compra publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Ambos tipos de cambio seran los vigentes a la fecha de la enajenacion o, en su defecto, el ultimo publicado. (...)." Articulo 4º.- GASTOS POR CAPACITACION DEL PERSONAL Incluyase como MORDAZA y tercer parrafos al inciso k) del articulo 21º del Reglamento, el siguiente texto: "Articulo CATEGORIA (...) k) (...) 21º.RENTA MORDAZA DE TERCERA

04 lanzadores de misiles Harppon 03 lanzadores de misiles antiaereos MK75 mod.4 MORDAZA Y CANTIDAD DE 01 Canon MORDAZA Melara 76/62 mm 01 Canon General Electric 20 mm MORDAZA 02 Canones MK-38 25 mm 02 Tubos lanzatorpedos triples MK-32 02 Helicopteros SH-60 B Lamps III

Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo senalado en la Resolucion Legislativa Nº 29315. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 663019-4

ECONOMIA Y FINANZAS
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
DECRETO SUPREMO Nº 136-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta; Que, mediante la Ley Nº 29498 y la Ley Nº 29645 introdujeron modificaciones al Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta; Que, en consecuencia, resulta necesario adecuar a las referidas modificaciones, el texto del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta vigente aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- DEFINICIONES Para efecto del presente Decreto Supremo se entendera por:

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