Norma Legal Oficial del día 09 de Julio del año 2011 (09/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

nitrato de amonio grado industrial en un area de 107,006 Ha. Posteriormente, con Solicitud de Ingreso Nº 164442009 la empresa ORICA solicita se adjudique en venta directa unicamente un area de 92 Ha. 740,00 m²; Que, mediante Resolucion Nº 233-2009/SBN-GOJAR, de fecha 21 de octubre de 2009, se dispuso declarar la reserva de terrenos ubicados frente a la MORDAZA de San MORDAZA, en el litoral peruano, distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; Que, mediante Resolucion Nº 1 de fecha 27 de noviembre de 2009, el Juez Especializado en Primera Instancia de Tercer Juzgado Contencioso Administrativo de MORDAZA admite a tramite la demanda interpuesta por SHOUGANG contra la SBN la misma que se refiere a la solicitud de nulidad del Oficio Nº 7672-2009/SBN-GO-JAD, a traves del cual se desestima la oposicion presentada ante la venta directa de un predio de 151.39 Ha. a favor de CFI, asi como la nulidad de la Resolucion Nº 043-2009/ SBN-GO por la cual se desestima el recurso de apelacion de la demandante contra la venta directa a favor de CFI, seguida en el expediente judicial Nº 10775-2009; Que, con la finalidad de viabilizar las inversiones de la industria petroquimica, en la MORDAZA de San MORDAZA de Marcona, el Estado representado por el Ministerio de Energia y Minas y la empresa SHOUGANG, firmaron la denominada "Acta de Entendimiento" de fecha 19 de febrero de 2010, autorizada por Resolucion Ministerial Nº 086-2010-MEM/DM de fecha 18 de febrero de 2010, en la cual se acordo los siguientes puntos relacionados a las funciones de esta Superintendencia: - Permitir actividad petroquimica (de las empresas CFI y ORICA) dentro del area definida por las coordenadas UTM descritas en el Anexo 1 de la referida acta. Con lo que se modifica la superficie del denominado "Complejo Petroquimico de desarrollo descentralizado" de 1 970 Ha. 1 609,88 m² a 243 Ha. 8596.10m². - Que los costos y gastos que puedan ocasionar el funcionamiento de CFI y ORICA a las instalaciones de SHOUGANG (entiendase carretera Marcona - San MORDAZA, linea de fibra optica, ductos, linea transmision electrica y planta de tratamiento de aguas servidas) en el area senalada en el anexo 1, seran cubiertas por dichas empresas. - El Ministerio de Energia y Minas coordinara con esta Superintendencia la emision de los dispositivos legales que correspondan para modificar los linderos del denominado "Complejo Petroquimico de desarrollo descentralizado" a fin de coincidir con lo indicado en el Anexo 1 del acta de entendimiento. - SHOUGANG se desistira de las demandas contenciosas administrativas planteadas contra las resoluciones y actos del Ministerio de Energia y Minas y de esta Superintendencia. Que, mediante Oficio Nº 1465-2011/SBN de fecha 07 de febrero de 2011, se informa al Ministerio de Energia y Minas que respecto del expediente judicial Nº 10775-2009, la Procuraduria de esta Superintendencia fue notificada por el Tercer Juzgado Contencioso Administrativo de MORDAZA respecto de la orden que el expediente judicial sea derivado al Ministerio Publico para el dictamen correspondiente, no habiendo presentado SHOUGANG desistimiento alguno en el referido proceso; Que, mediante Oficio Nº 027-2011-EM/VMM de fecha 25 de febrero de 2011, el Viceministro de Minas solicita se le informe de la emision de los dispositivos legales que correspondan para modificar los linderos del denominado "Complejo Petroquimico de desarrollo descentralizado", a fin de que estos coincidan con las coordenadas UTM senaladas en el Anexo 1 del acta de entendimiento; Que, mediante Proveido Nº 304-2011/SBN-DGPE, de fecha 01 de junio de 2011, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales dispone que se emita el dispositivo que modifique la Resolucion Nº 233-2009/SBN-GO-JAR; Que, el Articulo 14º literal f) de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece como una de las funciones y atribuciones exclusivas de la SBN, identificar los bienes de caracter y alcance nacional y disponer su reserva para desarrollar proyectos de interes nacional; Que, el Decreto Supremo Nº 023-2004-PCM, en su Articulo 2º establece, entre otros, como bienes de alcance nacional a los terrenos urbanos y eriazos de propiedad

del Estado inscritos en los Registros Publicos a favor del Estado o de una entidad publica conformante del Gobierno Nacional; Que, estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 264-2011/SBN-DGPE­SDDI de fecha 10 de junio de 2011, elaborado por profesionales de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, es factible la modificacion de la Resolucion Nº 233-2009/SBN-GO-JAR; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) y o) del Articulo 48º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, corresponde al Subdirector de Desarrollo Inmobiliario de la SBN, disponer la reserva de bienes estatales identificados para proyectos de interes nacional y a emitir las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el Articulo Primero de la Resolucion Nº 233-2009/SBN-GO-JAR quedando redactado de la siguiente manera: "Declarar la reserva de la extension de 243 Ha. 8596.10 m² delimitada por las coordenadas UTM descrita en el Anexo 1 del Acta de Entendimiento de fecha 19 de febrero de 2010 suscrita entre el Ministerio de Energia y Minas y la empresa SHOUGANG, autorizada por Resolucion Ministerial Nº 086-2010-MEM/DM de fecha 18 de febrero de 2010". Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XI, Sede Ica, de la Superintendencia Nacional de los Registros PublicosSUNARP, por el merito de la presente Resolucion, anotara en el rubro de Cargas y Gravamenes de las Partidas Nros. 11023498, 11023499, 11023500, 11023556, 11023557, 11023558, 11023560, 11023812, 11024142 y sobre un area de 45 412,75 m² denominada "Sector Oeste" inscrita dentro de una mayor extension en la Partida Nº 11022413 del Registro de Predios de Nazca, la reserva dispuesta en el articulo precedente. Articulo 3º.- La MORDAZA Registral Nº XI, Sede Ica, de la Superintendencia Nacional de los Registros PublicosSUNARP, por el merito de la presente Resolucion, levantara la reserva sobre un area de 17 218 948,25 dentro de una mayor extension en la Partida Nº 11022413 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Nasca. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirector de Desarrollo Inmobiliario 662351-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Cesan por limite de edad a Juez Superior Titular del Distrito Judicial de Canete
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 033-2011-P-CE-PJ MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2011 VISTO: El Memorandum N° 618-2011-GPEJ-GG-PJ, cursado por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial con relacion al cese

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