Norma Legal Oficial del día 09 de Julio del año 2011 (09/07/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

446181

Escuela Academico Profesional creada por Asamblea Universitaria mediante Resolucion Nº 003-2006-AU; Que, asimismo, con el oficio de vistos, se informa que la Escuela Academico Profesional de Psicologia funcionara adscrita a la Facultad de Educacion en forma transitoria durante la primera etapa del Plan de Estudios, de cuatro semestres academicos de duracion, por tratarse de la etapa de estudios generales; quedando la Facultad de Educacion organizada de la siguiente forma: Facultad de Educacion: · Escuela Academico Profesional de Educacion Inicial · Escuela Academico Profesional de Educacion Primaria · Escuela Academico Profesional de Educacion Secundaria · Escuela Academico Profesional de Psicologia, adscrita en forma transitoria Que, mediante informe de vistos, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion opina favorablemente al funcionamiento de la Escuela Academico Profesional de Psicologia, asi como sobre la estructura de la Facultad de Educacion a la que se integrara transitoriamente la Escuela Academico Profesional de Psicologia; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion, conforme al anteproyecto presentado en el informe Nº 069-2011-DGDAC, por la que se declare que la Universidad MORDAZA Champagnat cumple con lo previsto en el articulo 92º, inciso e) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a la creacion y funcionamiento de la Escuela Academico Profesional de Psicologia y a la Estructura de la Facultad de Educacion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Universidad MORDAZA Champagnat cumple con lo previsto en el articulo 92º, inciso e) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a la creacion y funcionamiento de la Escuela Academico Profesional Psicologia y respecto a la Estructura de la Facultad de Educacion, en la que se integrara la mencionada Escuela Academico Profesional de Psicologia por cuatro semestres academicos; quedando organizada de la siguiente manera: Facultad de Educacion: · Escuela Academico Profesional de Educacion Inicial · Escuela Academico Profesional de Educacion Primaria · Escuela Academico Profesional de Educacion Secundaria · Escuela Academico Profesional de Psicologia, adscrita en forma transitoria por cuatro semestres academicos. Articulo 2º.- Publicar la presente Resolucion en la pagina web de la institucion y en el diario oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 662639-1

Declaran que la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumple con lo previsto en la Ley Universitaria respecto a la creacion y organizacion en su Escuela de Posgrado del Doctorado en Salud Publica
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0510-2011-ANR MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El oficio Nº 247-2010-R-UANCV, de fecha 29 de diciembre de 2010; el informe Nº 064-2011-DGDAC, de fecha 5 de MORDAZA de 2011; el memorando Nº 472-2011-SE, de fecha 28 de MORDAZA de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones previstas en el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, la creacion de carreras, programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, con Resolucion Nº 655-2000-ANR, de fecha 20 de noviembre de 2000, la Asamblea Nacional de Rectores autorizo el funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Juliaca; Que, en cumplimiento a lo indicado en el primer considerando de la presente resolucion, mediante oficio de vistos el Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Juliaca, hace de conocimiento que el Consejo Universitario aprobo el funcionamiento del Doctorado en Salud Publica mediante Resolucion Nº 027-2009-CU-R-UANCV, ratificado por su Asamblea Universitaria con Resolucion Nº 002-2009-AUR-UANCV para su desarrollo en la Escuela de Posgrado de la indicada Universidad; Que, mediante informe de vistos, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion opina que el Doctorado en Salud Publica de la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sido organizado teniendo en cuenta las exigencias academicas para su funcionamiento, por lo que propone expedir la correspondiente resolucion; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo (e) de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion, conforme al anteproyecto del informe Nº 064-2011-DGDAC, por la que se declare que la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumple con lo previsto en el articulo 92º, inciso e) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a la creacion y organizacion del Doctorado en Salud Publica a desarrollarse en su Escuela de Posgrado; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; y, De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cumple con lo previsto por el articulo 92º inciso e) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.