Norma Legal Oficial del día 09 de Julio del año 2011 (09/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, al respecto, mediante informe Nº 191-2011DGAJ, la Direccion General de Asesoria Juridica precisa que en la Sesion de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria del 11 de febrero de 2011, se acordo pagar a los miembros del CODACUN bajo la modalidad de dietas o remuneraciones; Que, asimismo, la Direccion General de Asesoria Juridica recomienda el pago a los Consejeros del CODACUN bajo la modalidad del Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios CAS, en razon a la prevision presupuestal para el ano fiscal 2011 realizada por la Direccion de Presupuesto mediante Informe 006-2011-D.PPSTO/ DGPU/ANR; y adicionalmente recomienda suspender los efectos de los incisos 1 y 4 del numeral 4.3 del Reglamento para la Eleccion de los Consejeros del CODACUN, a fin de evitar incompatibilidad horaria; recomendacion ratificada mediante informe Nº 253-2011-DGAJ; Que, al respecto, mediante Resolucion Nº 0311-2011ANR, de fecha 23 de marzo de 2011, y por acuerdo de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria de fecha 11 de febrero de 2011, se aprobo la percepcion economica bajo la modalidad del Regimen Especial de Contratacion Administrativa ­ RECAS, a partir del ejercicio presupuestal 2011, para los consejeros del CODACUN, correspondiendole al Presidente S/. 5 500, 00 (cinco mil quinientos y 00/100 nuevos soles) y a los Consejeros S/. 5 000, 00 (cinco mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo (e) de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion por la que se suspenda los efectos del Reglamento de Elecciones de los Consejeros del CODACUN, aprobado mediante Resolucion Nº 0623-2010ANR; de acuerdo al informe Nº 253-2011-DGAJ; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion y con cargo de dar cuenta a la Comision de Coordinacion Interuniversitaria y al Pleno de Rectores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender los efectos del numeral 4.3, incisos 1 y 4, del Reglamento para la Eleccion de los Consejeros del Consejo deAsuntos Contenciosos Universitarios ­ CODACUN, aprobado mediante Resolucion Nº 0623-2010-ANR. Articulo 2º.- Disponer el pago de las remuneraciones a los Consejeros del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios ­ CODACUN, conforme a los montos establecidos en la Resolucion Nº 0311-2011-ANR; asi como las remuneraciones adeudadas que hubieran a la fecha de la presente resolucion. Articulo 3º.- Comunicar la presente Resolucion a las Direcciones Generales de la Asamblea Nacional de Rectores y a la Presidencia del CODACUN para su cumplimiento, bajo responsabilidad. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 662639-4

EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El oficio Nº 064-2011-UPTELESUP-R, de fecha 24 de febrero de 2011; el Informe Nº 065-2011-DGDAC, de fecha 5 de MORDAZA de 2011; el Memorando Nº 507-2011-SE, de fecha 9 de MORDAZA de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones previstas en el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, la creacion de carreras, programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, en cumplimiento a lo indicado en el considerando precedente, mediante oficio de vistos el Rector de la Universidad Privada TELESUP, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, remite la Resolucion Nº 105-2009-UPTELESUP-R, de fecha 29 de diciembre de 2009, mediante el cual el Directorio de la mencionada universidad acuerda la nueva estructura academica curricular; disponiendose asimismo el funcionamiento de determinadas Facultades y Escuelas Academico Profesionales a partir del semestre academico 2010 y el funcionamiento de otro grupo de ellos a partir del semestre academico 2011; Que, mediante informe de vistos, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, comunica su conformidad respecto a los curriculos de estudios de las Escuela Academico Profesionales propuestos para su funcionamiento el semestre academico 2011; por lo que propone la emision de la correspondiente Resolucion; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo (e) de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion, conforme al anteproyecto del Informe Nº 065-2011-DGDAC, por la que se declare que la Universidad Privada TELESUP, con sede en MORDAZA, cumple con lo previsto en el articulo 92º, inciso e) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a la creacion de nuevas carreras profesionales; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion: De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Universidad Privada TELESUP, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, cumple con lo previsto en el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a la creacion de las nuevas carreras profesionales que integran las siguientes facultades: Facultad de Ingenieria y Arquitectura: - Escuela Academico Profesional de Ingenieria de Sistemas y Telecomunicaciones. - Escuela Academico Profesional de Ingenieria Electronica y Telecomunicaciones. Facultad de Ciencias Administrativas y Contables: - Escuela Academico Profesional de Economia y Negocios Globales. Facultad de Salud y Nutricion: - Escuela Academico Profesional de Odontologia. - Escuela Academico Profesional de Obstetricia. - Escuela Academico Profesional de Enfermeria. - Escuela Academico Profesional de Nutricion, Salud y Tecnologia de los Alimentos. Facultad de Turismo, Hoteleria y Gastronomia: - Escuela Academico Profesional de Administracion de Negocios Turisticos y Hoteleros.

Declaran que la Universidad Privada TELESUP cumple con lo previsto en la Ley Universitaria respecto a la creacion de nuevas carreras profesionales
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0513-2011-ANR MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011

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