Norma Legal Oficial del día 15 de Julio del año 2011 (15/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2011

la Alfabetizacion" por "Centro Cultural de la Alfabetizacion" y, en consecuencia, ampliar las funciones que tendria dicho centro en comparacion con el museo; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica del Ministerio de Educacion ­ Ley Nº 25762, la Ley Organica del Poder Ejecutivo ­ Ley Nº 29158 y la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado ­ Ley Nº 27658; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion Modifiquense los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 007-2011-ED, los cuales quedaran redactados en los siguientes terminos: "Articulo 1º.- Creacion del "Centro Cultural de la Alfabetizacion" Disponer la creacion y funcionamiento del "Centro Cultural de la Alfabetizacion", dependiente del Consejo Ejecutivo del Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion - PRONAMA, el cual tendra las siguientes funciones: a) Difundir el desarrollo de la cultura escrita de la humanidad y en el Peru, con enfasis en las acciones de alfabetizacion y postalfabetizacion. b) Exponer documentacion relativa a las siguientes materias: · Evolucion de la cultura escrita y desarrollo de la lectura, escritura, los numeros y el calculo matematico. · Evolucion de los programas de difusion de la cultura escrita, con enfasis en los programas de alfabetizacion a nivel nacional e internacional. · Programas de alfabetizacion en el Peru. c) Brindar a la poblacion un ambiente de desarrollo cultural y recreativo ­ educativo para ninos, jovenes y adultos; para lo cual contara con una biblioteca especializada, aula de capacitacion y MORDAZA de exposiciones sobre diferentes aspectos del desarrollo cultural, con enfasis en la alfabetizacion. d) Constituirse en un espacio cultural y centro de formacion y desarrollo de especialistas nacionales e internacionales en alfabetizacion y educacion de adultos. e) Realizar investigaciones para el perfeccionamiento de la alfabetizacion y postalfabetizacion. f) Preservar el acervo documentario y archivistico de los circulos de alfabetizacion y postalfabetizacion conducidos por el Ministerio de Educacion. g) Constituirse en un atractivo turistico ­ cultural integrado al circuito turistico del Cercado de Lima. Articulo 2º.- Sede del "Centro Cultural de la Alfabetizacion" El Ministerio de Educacion y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales adoptaran las acciones que MORDAZA necesarias para que el inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA Pineiro Nº 390 en el distrito del MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 44086859 del Registro de Predios de MORDAZA, sea destinado a la sede del "Centro Cultural de la Alfabetizacion". Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno en MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 665910-2

ENERGIA Y MINAS
Conforman Comision de Transferencia Sectorial del Ministerio de Energia y Minas ante la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de realizar coordinaciones para la transferencia de competencias sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 324-2011-MEM/DM MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que el MORDAZA de descentralizacion se ejecuta en forma progresiva, siendo una de sus etapas, la transferencia y recepcion de competencias sectoriales; Que, para asegurar que el MORDAZA de transferencia se realice en forma progresiva y ordenada, el articulo 83° de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que el Poder Ejecutivo constituya Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del Sector correspondiente; Que, en ese sentido el articulo 1° del Decreto Supremo N° 010-2007-PCM, establece que los Ministros son responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuestos por el Decreto Supremo N° 0682006-PCM, a traves de un Viceministro encargado de presidir la Comision Sectorial de transferencia respectiva; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2011-PCM, se establecen medidas para culminar las transferencias de competencias y funciones a los Gobiernos Regionales y Locales; que en el caso del Ministerio de Energia y Minas, se refieren a ocho (8) funciones correspondientes a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 401-2011-PCM/SD, mediante la cual se dispone la publicacion del Esquema del Plan de Accion Sectorial para la transferencia de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, a traves del Decreto Supremo N° 031-2007-EM, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, el cual define las Unidades y Dependencias que conforman cada uno de los organos de Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, el articulo 83° de la Ley N° 27867, y el Decreto Supremo N° 007-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Conformar la Comision de Transferencia Sectorial del Ministerio de Energia y Minas ante la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, la misma que se encargara de realizar las coordinaciones para la transferencia de competencias sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA conforme a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralizacion, la cual estara integrada por: El Viceministro de Energia y el Viceministro de Minas, quienes la presidiran en su respectivo sub sector. El Secretario General El Director General de Mineria El Director General de Electricidad El Director General de Hidrocarburos El Director General de Electrificacion Rural El Director General de Asuntos Ambientales Energeticos El Director General de Asuntos Ambientales Mineros El Director General de la Oficina General de Administracion

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