Norma Legal Oficial del día 15 de Julio del año 2011 (15/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2011

Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 664407-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 625-2011-MTC/03 MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2011 VISTO, el Escrito de registro Nº 164237, presentado por el senor MORDAZA VILLENA MORDAZA sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad fronteriza de Inapari, departamento de MORDAZA de Dios; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2778-2010MTC/28, se aprobo las Bases del Concurso Publico Nº 01-2010-MTC/28, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Frecuencia Modulada (FM) en la localidad fronteriza de Inapari, departamento de MORDAZA de Dios; Que, con fechas del 20 al 22 de setiembre del 2010, se llevo a cabo la MORDAZA de los Sobres Nºs. 1 y 2 en la sede central del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y con fecha 29 de octubre del mismo ano, se llevo a cabo el Acto Publico Unico: Recepcion y Apertura de Sobres Nºs. 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 01-2010-MTC/28, para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad fronteriza de Inapari, departamento de MORDAZA de MORDAZA, al senor MORDAZA VILLENA MORDAZA, conforme se verifica del Acta de los referidos Actos Publicos; Que, el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 095-2004-MTC/03, modificado por Resolucion Viceministerial Nº 490-2007-MTC/03 y ratificado mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008MTC/03, establece para la localidad fronteriza de Inapari, 0.25 Kw. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, mediante Resolucion Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, se modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, estableciendo que aquellas estaciones, como es el presente caso, que operen en el rango mayor a 100 w. hasta 250 w. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D2, consideradas de baja potencia; Que, en virtud a lo indicado, el senor MORDAZA VILLENA MORDAZA no se encuentra obligado a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;

Que, mediante Informe Nº 2473-2011-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que el senor MORDAZA VILLENA MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 012010-MTC/28, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico Nº 01-2010-MTC/28, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 095-2004-MTC/03, modificado por Resolucion Viceministerial Nº 490-2007-MTC/03 y ratificado mediante Resolucion Viceministerial Nº 7462008-MTC/03, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor MORDAZA VILLENA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad fronteriza de Inapari, departamento de MORDAZA de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudios Coordenadas Geograficas Planta Transmisora Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio : Tumbes s/n, distrito de Inapari, provincia de Tahuamanu, departamento de MORDAZA de Dios. : Longitud Oeste : 69° 34' 35.95'' Latitud Sur : 10° 56' 51.49'' : Parcela Las Palmeras, distrito de Inapari, provincia de Tahuamanu, departamento de MORDAZA de Dios. : Longitud Oeste : 69° 35' 00'' Latitud Sur : 10° 57' 00'' : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m : OBK-7N : 256KF8E : 0.25 KW. : PRIMARIA D2 ­ BAJA POTENCIA : RADIODIFUSION SONORA EN FM : 88.5 MHz : EDUCATIVA

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. En virtud a lo indicado en el numeral 25 de las Bases del Concurso Publico Nº 01-2010-MTC/28, el titular de la autorizacion del servicio de radiodifusion con finalidad educativa, no podra modificarla, ni cualquier condicion u obligacion relacionada con la misma, durante la vigencia de la autorizacion, caso contrario esta quedara sin efecto.

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