Norma Legal Oficial del día 15 de Julio del año 2011 (15/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES
FLOTA VEHICULAR AUTORIZADA MODELO CLASE L-5 VEH. AUTOM. MENOR Nº CHASIS MD2AA08D2AWG01284 Nº MOTOR AAMBSG65088 ANO FAB. 2009

446573

MORDAZA BAJAJ

PLACA A2-8496

RE AUTORIKSHA TORITO 4T

Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion,

siendo de cargo de la empresa MORDAZA MORDAZA SERVICIOS GENERALES SAC los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 661217-1

Autorizan a El Circuito S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales y disponen su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2374-2011-MTC/15 MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2011 VISTOS: Los Expedientes Nºs. 2011-08340 y 2011-09572, mediante los cuales la empresa denominada EL CIRCUITO S.A.C., solicita autorizacion como Escuela de Conductores Integrales; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales. Que, mediante los documentos indicados en vistos, la empresa denominada EL CIRCUITO S.A.C., en adelante La Empresa, presenta solicitud de autorizacion como Escuela de Conductores Integrales con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categorias II y III y clase B categoria II- c, en la MORDAZA de Lima; Que, mediante el Expediente Nº 2011-08340 de fecha 20 de MORDAZA del 2011, La Empresa solicita autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en el local ubicado en Av. San MORDAZA Nº 830 Tercer Piso, Urbanizacion Las Moras, Distrito de San MORDAZA, Prov. y Dpto. de Lima; y, mediante el Oficio Nº 4926-2011MTC/15.03 de fecha 02 de junio del 2011 y notificado el mismo dia, se comunica a La Escuela las observaciones encontradas en su solicitud concediendole diez (10) dias habiles para subsanarlas, el mismo que es respondido mediante el Expediente Nº 2011-0009572 de fecha 14 de junio del 2011; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento;

Que, mediante el Memorandum Nº 1702-2011MTC/15, la Direccion General de Transporte Terrestre, remite el Informe Nº 009-2011-MTC/15.wce, sobre la Inspeccion Ocular realizada el dia 23 de junio del 2011 en los locales propuestos por la empresa, advirtiendose que la misma cumple con las condiciones de infraestructura y equipamiento exigidos por El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 311-2011MTC/15.03.EC.mql, que concluye que la Empresa cumple con presentar los requisitos establecidos en El Reglamento, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa denominada EL CIRCUITO S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III y Clase B Categoria II-c; procediendose a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela : EL CIRCUITO S.A.C. Clase de Escuela : Escuela Integrales. de Conductores

Ubicacion del Establecimiento : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA Y TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA Av. San MORDAZA Nº 830 tercer piso, Urbanizacion Las Moras, Distrito de San MORDAZA, Prov. y Dpto. de Lima. CIRCUITO DE MANEJO Autopista Panamericana Sur Km. 21 margen Derecha (rumbo LimaPucusana) en el Distrito de MORDAZA El MORDAZA, Prov. y Dpto. de Lima. Plazo de Autorizacion : Cinco (5) anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

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