Norma Legal Oficial del día 15 de Julio del año 2011 (15/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2011

poner en funcionamiento el Modelo SUCTR, siempre que el titular de una autorizacion acredite ante la DGJCMT la existencia de un acuerdo comercial de fecha cierta celebrado con alguno de los proveedores de Modelos SUCTR autorizados y registrados, con una antelacion minima de noventa (90) dias calendario al vencimiento del plazo senalado en el parrafo anterior. Los plazos previstos en el presente articulo incluyen el tiempo que demande las obras de infraestructura, cableado, acondicionamiento de maquinas tragamonedas, periodo de pruebas y ajustes que resulten necesarios para la adecuada transmision de los datos asi como para la disponibilidad asegurada del servicio, reportes y operacion a que se refiere el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 015-2010-MINCETUR. Articulo 2º.- Acciones de fiscalizacion, control y sancion La DGJCMT realizara las acciones de fiscalizacion, control y sancion que correspondan, con la finalidad de verificar la instalacion, implementacion y adecuado funcionamiento de los Modelos SUCTR dentro de los plazos establecidos. Articulo 3º.- Aplicacion WEB La aplicacion WEB a la que se hace referencia en el literal i) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 0152010-MINCETUR, tendra caracter opcional, debido a que los datos economicos y tecnicos objeto de transmision asi como el hardware y software del sistema pueden ser auditados por el MINCETUR en cada una de las MORDAZA de juegos de maquinas tragamonedas. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 665910-3

militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nº 28899 - Ley que modifica la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar del Cuerpo de Infanteria de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, detallado a continuacion, del 18 de MORDAZA al 12 de agosto de 2011, para efectuar coordinaciones sobre la realizacion de la Conferencia de Lideres de Infanteria de MORDAZA de las Americas (MLAC): 1. 2. 3. 4. MORDAZA MORDAZA USA MORDAZA USA MAYOR USMC CAPITAN USMC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HAGER II MORDAZA DORREN

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 665561-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 699-2011-DE/SG

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de EE.UU. y Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 698-2011-DE/SG MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 444 de fecha 12 de MORDAZA de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar del Cuerpo de Infanteria de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, llevara a cabo reuniones de planeamiento y estudio del lugar para la preparacion de la proxima Conferencia de Lideres de Infanteria de MORDAZA de las Americas 2011(MLAC), a realizarse en nuestro pais; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades

MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 437 de fecha 11 de MORDAZA de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru, esta organizando el "Curso Basico en Derecho Internacional Humanitario y Derecho Internacional de los Derechos Humanos 2011", y desea contar con la participacion de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, a quienes ha cursado invitacion; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio

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