Norma Legal Oficial del día 17 de Julio del año 2011 (17/07/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

446685

con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera, asi como debera cumplir con los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, conforme a lo verificado por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun la MORDAZA de Verificacion Ambiental N° 013-2010PRODUCE/DIGAAP de fecha 30 de octubre del 2010. Articulo 4°.- El incumplimiento de lo senalado en el Articulo 3° de la presente Resolucion sera causal de caducidad de los derechos otorgados o de aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 5° .- Incorporar a INVERSIONES HIMALAYA S.A. en el Anexo IV-C de la Resolucion Ministerial N° 0412002-PRODUCE, como titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado residual de productos hIdrobiologicos descrita en el Articulo 2° de la presente Resolucion Directoral. Articulo 6°.- Declarar la caducidad de la Resolucion Directoral N° 971-2009-PRODUCE/DGEPP, solo en el extremo referido a la autorizacion otorgada para realizar el incremento de capacidad de la planta de enlatado, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 7°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

666053-1

Otorgan licencia para la operacion de planta de reaprovechamiento de residuos y/o descartes de productos hidrobiologicos en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 341-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2011 Visto: Los escritos con Registro Nº 00030870-2011 y adjunto 1 de fechas 09 y 15 de MORDAZA de 2011, presentado por la empresa PROTEINAS DEL PERU S.A.C. CONSIDERANDO: Que, los articulos 43° inciso d), y 46° del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, establecen que para la autorizacion de instalacion de establecimientos industriales y para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de la autorizacion y licencia correspondientes, las que constituyen derechos que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que, el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2011PRODUCE de fecha 20 de marzo de 2011, se aprobo el Reglamento del Procesamiento de Descartes y/o Residuos de Recursos Hidrobiologicos, el mismo que establece en su articulo 10º que las plantas de reaprovechamiento de descartes y/o residuos con licencia de operacion vigente, tienen como actividad el procesamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiologicos generados en los establecimientos industriales y/o plantas artesanales de consumo humano directo, que no cuenten con plantas

de harina de pescado residual; asi como, los generados durante las tareas previas al procesamiento realizados en los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 726-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 19 de noviembre del 2008, se otorgo a la empresa PROTEINAS DEL PERU S.A.C. autorizacion para instalar de una planta de harina para el tratamiento de residuos solidos y descartes con una capacidad proyectada de 5 t/h, a ubicarse en la Av. MORDAZA y Parinas Mz. A lote 3-8, MORDAZA Industrial Gran Trapecio, Parcela 3 del distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que, por Resolucion Directoral Nº 974-2009-PRODUCE/ DGEPP de fecha 14 de diciembre del 2009, se renovo por el plazo de un ano, contado a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion, la autorizacion de instalacion otorgada a la empresa PROTEINAS DEL PERU S.A.C. para instalar una planta de harina residual para el tratamiento de residuos solidos y descartes de especies hidrobiologicas, al haber acreditado la realizacion de una inversion sustantiva del proyecto de instalacion otorgado con Resolucion Directoral Nº 726-2008-PRODUCE/DGEPP; Que, mediante los escritos del visto, la citada empresa solicita licencia para la operacion de su planta de harina residual para el tratamiento de residuos solidos y descartes de especies hidrobiologicas, instalada en su establecimiento industrial senalado en el considerando que antecede; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria mediante MORDAZA de Verificacion Nº 008-2011-PRODUCE/DIGAAP, del 07 de MORDAZA de 2011, senala que la empresa PROTEINAS DEL PERU S.A.C. ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion aprobadas en el Estudio de Impacto Ambiental para obtener la licencia de operacion de su planta de harina residual con una capacidad proyectada de 5 t/h; Que, mediante memorando Nº 710-2011-PRODUCE/ DIGAAP de fecha 11 de MORDAZA de 2011, la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria informa que la referida empresa ha concluido con el tramite administrativo al haber obtenido el Certificado Ambiental Nº 036-2008-PRODUCE/ DIGAAP y la MORDAZA de Verificacion Ambiental Nº 0082011-PRODUCE/DIGAAP; y con ello ha concluido con la instalacion e implementacion de las medidas de mitigacion aprobadas: En tal sentido, el Decreto Supremo Nº 0052011-PRODUCE no aplicaria a dicha adecuacion al cual se refiere la indicada MORDAZA, puesto que ya se encuentra realizando ante la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero el tramite para obtener la licencia de operacion correspondiente; Que, de este modo, y atendiendo a lo establecido en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 005-2011-PRODUCE, se encausa lo peticionado como una solicitud para licencia de operacion de una planta de reaprovechamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiologicos; Que, de la evaluacion efectuada al expediente administrativo, se ha determinado que la solicitante ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias, por lo que resulta procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Tecnico Nº 366-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch e Informe Legal Nº 5492011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido en los articulos 43° inciso d), 45° y 46° del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los articulos 49°, 53º numeral 53.1 y 54° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 005-2011-PRODUCE; y En uso de las facultades conferidas mediante el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa PROTEINAS DEL PERU S.A.C., licencia para la operacion de una planta de reaprovechamiento de residuos y/o descartes de productos hidrobiologicos que generan las actividades pesqueras de consumo humano directo de la MORDAZA, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. MORDAZA y Parinas Mz. A Lote 3-8, MORDAZA Industrial Gran Trapecio, Parcela 3 del distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; con una capacidad instalada de 05 t/h.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.