Norma Legal Oficial del día 23 de Julio del año 2011 (23/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2011

establecer el regimen juridico aplicable para que la actuacion de la Administracion Publica sirva a la proteccion del interes general, garantizando los derechos e intereses de los administrados; Que, conforme al numeral 1.9 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuacion de tal modo que se dote al tramite de la MORDAZA dinamica posible, a fin de alcanzar una decision en tiempo razonable; Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no procede el cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 045-2000PRE/P de fecha 29 de noviembre del 2000, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador pesquero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar su embarcacion pesquera de bandera nacional "JOSE ROSARIO" de matricula Nº PL-13070-CM, de 33.56 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa para destinarlos al consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA de hielo como medio de preservacion y redes de cerco con tamano minimo de malla de ½" (13 mm) y 1 ½" (38 mm), respectivamente, segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas adyacentes a la costa; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP se caduco los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto, encontrandose la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-13070-CM; Que, mediante los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MOLEROS DE MORDAZA, ponen en conocimiento la transferencia de la propiedad de la embarcacion pesquera denominada "JOSE ROSARIO" con matricula Nº PL-13070CM y solicitan el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA mencionada, formulando su solicitud de acuerdo al procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion; Que, a traves del Oficio Nº 632-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 15 de febrero del 2011, se notifico a los administrados que la Oficina de Ejecucion Coactiva ha informado que la embarcacion MORDAZA MORDAZA registra deudas pendientes de pago cuya ejecucion se esta tramitando en dicha Oficina, por lo que se requiere el cumplimiento en el pago de dicha deuda, otorgandose un plazo de diez (10) dias habiles para subsanar; sin embargo no se ha recibido respuesta de los administrados, pese a encontrarse debidamente notificados; Que, el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta dias, la autoridad de Oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Que, a la fecha los administrados, no han cumplido con subsanar la observacion consignada en el Oficio Nº 632-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 15 de febrero del 2011, a pesar que su notificacion fue recibida el 11 de marzo del 2011, como consta en el cargo de recepcion que obra en el expediente, lo que ha significado la paralizacion del procedimiento administrativo de cambio de titular del permiso de pesca por mas de treinta (30) dias, por causas imputables a los administrados, en consecuencia, procede declarar el abandono del citado procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;

Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 457-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi, MORDAZA con Informe Nº 4702011-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en abandono la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "JOSE ROSARIO" con matricula Nº PL-13070-CM, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MOLEROS DE MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

668709-1

Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras presentada por Pesquera Patillo S.C.R.LTDA.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 375-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 10 de junio del 2011 Visto el escrito de Registro Nº 00027725-2011 de fecha 30 de marzo del 2011, presentado por la empresa PESQUERA PATILLO S.C.R.LTDA.; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Asimismo, establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, con Resolucion Directoral Nº 009-95-PE/DNE de fecha 11 de enero de 1995, se declaro improcedente las solicitudes de los permisos de pesca, entre otros, a

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