Norma Legal Oficial del día 23 de Julio del año 2011 (23/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447091

Que, por Resolucion Directoral Nº 127-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 02 de marzo del 2010, se otorgo a la empresa BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C. autorizacion para instalar un establecimiento industrial pesquero para desarrollar actividades de procesamiento a traves de las plantas de enlatado y congelado de productos hidrobiologicos, y harina de pescado residual accesoria y complementaria al funcionamiento de la actividad principal y ser de uso exclusivo para el procesamiento de los residuos y pescado descartado provenientes de sus plantas de enlatado y congelado; a ubicarse en la Mz. E, Lotes 01 y 02, Urbanizacion Lotizacion Industrial MORDAZA MORDAZA de Paracas, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, con capacidades proyectadas de 6 705 cajas/turno, 160 t/dia y 10 t/h, respectivamente; Que, mediante los escritos del visto, la administrada solicita licencia para la operacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos y de su planta de harina de pescado residual, instaladas en su establecimiento industrial pesquero citado en el considerando que antecede; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria mediante MORDAZA de Verificacion Nº 005-2011-PRODUCE/DIGAAP, de fecha 31 de marzo de 2011, otorga MORDAZA de Verificacion a la empresa BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C. indicando que ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion aprobadas en el Estudio de Impacto Ambiental para sus plantas de congelado de productos hidrobiologicos y harina de pescado residual, asimismo indica que la citada empresa durante el desarrollo de sus actividades esta obligada a cumplir con los compromisos ambientales, la normatividad ambiental vigente y las que se emitan en aplicacion del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que, el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP mediante Protocolo Tecnico para Licencia de Operacion Nº PTL-006-11-CG-SANIPES, del 17 de MORDAZA de 2011 de la planta de congelado, declara que la planta al momento de la auditoria/inspeccion, se encontro en adecuacion a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; Que, el Ministerio de la Produccion a la fecha, no ha realizado la adecuacion de las autorizaciones y licencias otorgadas MORDAZA de la entrada en vigencia del Reglamento del Procesamiento de Descartes y/o Residuos de Recursos Hidrobiologicos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2011-PRODUCE, en tal virtud, y atendiendo a la opinion tecnica y legal favorable de esta Direccion General, se debera otorgar la licencia de operacion condicionada al resultado de dicha verificacion; Que, de la evaluacion efectuada al expediente administrativo, se ha determinado que la administrada ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias, por lo que resulta procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Tecnicos Nº 474 y 478-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch e Informes Legales Nº 707 y 721-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido en los articulos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los articulos 49º, 53º numeral 53.1 y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y del Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas mediante el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C., licencia para la operacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, y de una planta de harina de pescado residual accesoria y complementaria al funcionamiento de su actividad principal y ser de uso exclusivo para el procesamiento de los residuos y/o pescado descartado provenientes de su planta de congelado, en su establecimiento industrial pesquero, ubicado en la Mz. E, Lotes 01 y 02, Urbanizacion

Lotizacion Industrial MORDAZA MORDAZA de Paracas, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, con las siguientes capacidades instaladas: Congelado : Harina de pescado residual : 160 t/dia. 10 t/h

Articulo 2º.- BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C., debera operar su planta de congelado de productos hidrobiologicos, asi como su planta de harina de pescado residual, con sujecion a las normas legales reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que aseguren el desarrollo sostenido de las actividades pesqueras. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final; asi como debera poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion verificados por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun se senala en la MORDAZA de Verificacion Nº 005-2011-PRODUCE/ DIGAAP del 31 de marzo de 2011; y ademas cumplir los requerimientos y condiciones operativos establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001PE, sustentado en el Protocolo Tecnico para Licencia de Operacion Nº PTL-006-11-CG-SANIPES del 17 de MORDAZA de 2011 y la adecuacion que efectuara el Ministerio de la Produccion en virtud a lo dispuesto en el articulo 1º del Reglamento de Procesamiento de Descartes y/o Residuos de Recursos Hidrobiologicos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2011-PRODUCE. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente sera causal de caducidad de los derechos otorgados o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 4º.- La Licencia de Operacion otorgada en el articulo 1º de la presente Resolucion Directoral, estara condicionada a la verificacion que efectuara el Ministerio de la Produccion en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 1º del Reglamento del Procesamiento de Descartes y/o Residuos de Recursos Hidrobiologicos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2011-PRODUCE Articulo 5º.- Incorporar a la empresa BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C. en la Resolucion Ministerial Nº 041-2002PRODUCE, como titular de la licencia de operacion de las plantas de congelado y harina de pescado residual descritas en el articulo 1º de la presente resolucion directoral. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de Ica y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

668709-4

Otorgan a Corporacion Pesquera MORDAZA S.A.C. autorizacion de incremento de flota de seis embarcaciones pesqueras
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 386-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 17 de junio del 2011 Vistos el escrito de Registro Nº 00022620-2011 de fecha 15 de marzo de 2011 y los adjuntos Nº 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 09, 10, 11, 12, 13 y 14 de fechas 29 y 31 de marzo, 08 y 29 de MORDAZA, 06, 10, 16, 17, 19, 20 y 24 de MORDAZA y 15 y 16 de junio de 2011, y el escrito de Registro Nº 000430222011 de fecha 17 de MORDAZA de 2011, respectivamente, presentados por la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, se establece que la construccion y/o

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