Norma Legal Oficial del día 23 de Julio del año 2011 (23/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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sanciona con catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado , por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, infraccion tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con el literal i) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 11. JACOBI CONSULTORES & CONTRATISTAS GENERALES E.I.R.L., Inhabilitacion por trece (13) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; segun Resolucion Nº 837-2011-TC-S1 del 18.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 12. J & O MEDICAL SOLUTIONS E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; segun Resolucion Nº 841-2011-TC-S4 del 19.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 13. IVOTEC INGENIEROS S.R.LTDA., Mediante Resolucion Nº 1090-2011-TC-S1 del 23.06.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 845-2011-TC-S1 del 19.05.2011 que la sanciona por dieciseis (16) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber contratado con el Estado pese a estar impedido para ello, infraccion tipificada en literal d) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado en concordancia con el literal d) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 14. REAL EQUIPOS S.R.L., Mediante Resolucion Nº 1012-2011-TC-S4 del 14.06.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 860-2011-TC-S4 del 20.05.2011 que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por suscribir contrato sin contar con inscripcion vigente en el RNP y por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, infracciones tipificadas en los numerales 5) y 9) del articulo 294 del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. 15. EMPRESA CONSTRUCTORA MORDAZA S.R.L, Inhabilitacion por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 862-2011-TC-S1 del 20.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 16. MORDAZA PUNO; MORDAZA BERNALDO, Mediante la Resolucion Nº 1098-2011-TC-S1 del 24.06.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada persona contra la Resolucion Nº 863-2011-TC-S1 del 20.05.2011 que la sanciona con trece (13) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado en concordancia con el literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 17. MORDAZA QUILIANO; MORDAZA MORDAZA, Mediante la Resolucion Nº 1080-2011-TC-S1 del 22.06.2011, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada persona contra la Resolucion Nº 864-2011-TC-S1 del 20.05.2011 que lo sanciona

con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 18. MORDAZA JARA; MORDAZA MORDAZA, Mediante la Resolucion Nº 1073-2011-TC-S4 del 22.06.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada persona contra la Resolucion Nº 865-2011-TC-S4 del 23.05.2011 que lo sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 19. MATEXIMP E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el literal b) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 873-2011-TC-S4 del 25.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 20. REPRESENTACIONES UNIMPORT S.R.L., Mediante la Resolucion Nº 1101-2011-TC-S1 del 24.06.2011, se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la referida empresa contra la Resolucion Nº 878-2011-TC-S1 del 25.05.2011, reformando el periodo de sancion de diez (10) a ocho (8) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 21. MORDAZA RAYMUNDO; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, causal tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 879-2011-TC-S1 del 25.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 22. MORDAZA ONOFRIO; MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12)meses en sus derechos para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 883-2011-TC-S4 del 26.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion 23. MORDAZA TREJO; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado en concordancia con el literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 893-2011-TC-S4 del 27.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 24. NOLT INGENIEROS S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, infraccion tipificada en el literal i) del numeral 51.1 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 894-2011-TC-S4 del 27.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 25. DROGUERIA IMPORTADORA LA MORDAZA S.A.C., Mediante la Resolucion Nº 1139-2011-TC-S4 del 30.06.2011, se declaro infundado el recurso de

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