Norma Legal Oficial del día 23 de Julio del año 2011 (23/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2011

Decreto supremo Nº 084-2004-PCM; segun Resolucion Nº 966-2011-TC-S1 del 01.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil de notificada la indicada resolucion. 56. SOCIEDAD DE SERVICIOS COMERCIALES MULTIPLES S.R.L., Mediante Resolucion Nº 1111-2011TC-S1 del 27.06.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la 968-2011-TC-S1 del 02.06.2011 que la sanciona con por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o inexacta, infraccion tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 57. SERVICIOS GENERALES CHAVIN E.I.R.L., Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falso y/o inexactos, infraccion tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017,; segun Resolucion Nº 972-2011-TC-S4 del 02.06.2011,sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil de notificada la indicada resolucion. 58. FAMAIMS E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falso y/o inexactos, infraccion tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017,; segun Resolucion Nº 973-2011-TCS4 del 02.06.2011,sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil de notificada la indicada resolucion. 59. INTEKCON S.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; segun Resolucion Nº 980-2011-TC-S4 del 08.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 60. AGENCIA DE VIAJES Y SERVICIOS ANDESMAR E.I.R.L., Inhabilitacion por nueve (9) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 985-2011-TC-S1 del 08.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 61. BIENES Y MULTISERVICIOS INTEGRANTES S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, infraccion tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51° de la Ley de Contrataciones del Estado y el literal a) numeral 1 del articulo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 987-2011-TC-S1 del 08.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 62. NEGOCIACIONES E INVERSIONES CAPIRONA S.A.C., Inhabilitacion por trece (13) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado y literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 988-2011-TC-S1 del 08.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 63. COMPANIA TEXTIL MORDAZA E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, infraccion tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51° de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto

Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 993-2011-TCS3 del 09.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 64. CALMETT BERNAL; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, infraccion tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51° de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 993-2011-TC-S3 del 09.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 65. GLOBALTEK PERU SAC, Mediante Resolucion Nº 1203-2011-TC-S3 del 12.07.2011, se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 997-2011-TCS3 del 09.06.2011, reformando el periodo de sancion de doce (12) a diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 66. INDUSTRIAS FERV S.A.C., Inhabilitacion por cinco (05) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentacion falsa, infraccion tipificada en el numeral 9) del articulo 294 del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; segun Resolucion Nº 1001-2011-TC-S2 del 13.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 67. EMPRESA CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES LA MORDAZA NAUTICA S.A.C., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el literal b) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1003-2011-TC-S2 del 13.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 68. MORDAZA SAAVEDRA; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o inexacta, infraccion tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1004-2011-TC-S1 del 13.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 69. J MAMB E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en su derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, segun Resolucion Nº 1009-2011-TC-S1 del 14.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil de notificada la indicada resolucion. 70. MORDAZA MENDOZA; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12)meses en sus derechos de participar en procesos seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el literal b) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1014-2011-TC-S2 del 14.06.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 71. OWENS PERU S.A., Inhabilitacion por doce (12) meses en su derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte,

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