Norma Legal Oficial del día 23 de Julio del año 2011 (23/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2011

Cuarto: Que, con la finalidad de dar publicidad a las actividades de control que desarrolla la mencionada oficina, MORDAZA preventivas, concurrentes o posteriores, resulta necesario implementar un area de prensa con ese objeto; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los articulos 67º y 70º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Resolucion Administrativa Nº 129-2009-CE-PJ de fecha 23 de MORDAZA de 2009, en los siguientes terminos: "Articulo 67º.- Estructura de la Unidad de Desarrollo.Para el mejor desenvolvimiento de las labores a su cargo, la Unidad de Desarrollo contara con el apoyo de las siguientes areas. 1. Area de Administracion y Personal. 2. Area de Tesoreria. 3. Area de Imagen Institucional y Prensa. Cada una de estas areas contara con un responsable, quien MORDAZA cuenta de su actuacion a la Unidad de Desarrollo de la Oficina de Control de la Magistratura, y a la Gerencia General (en el caso de los responsables de Administracion y Personal y Tesoreria), asi como a la Oficina de Imagen Institucional y Prensa del Poder Judicial (en lo referido al responsable de Imagen Institucional y Prensa). Articulo 70º.- Funciones y Atribuciones del Area de Imagen Institucional y Prensa.- El Area de Imagen Institucional y Prensa esta a cargo de un responsable. Esta integrada por personal especializado necesario para desempenar las funciones que le son propias. El responsable de esta area y su personal son parte de la Unidad de Desarrollo. Debera coordinar y dar cuenta de sus actividades a la Oficina de Imagen Institucional y Prensa del Poder Judicial, dentro de una logica de supervision del cumplimiento de la politica de comunicacion establecida por los organos de gobierno del Poder Judicial correspondientes. Las funciones del Area de Imagen Institucional y Prensa son las siguientes: 1. Publicitar los resultados de la labor contralora en la pagina web y demas medios de comunicacion, dentro del MORDAZA de los principios previstos en el articulo 6º, numerales 5 y 16, de este Reglamento. 2. Elaborar campanas de prevencion y orientacion, destinadas a informar tanto al personal judicial como a los justiciables y abogados, asi como a la ciudadania en general, sobre los mecanismos de control. 3. Realizar su labor en estricto respeto a lo senalado por los organos de gobierno del Poder Judicial, dando cuenta a la Oficina de Imagen Institucional y Prensa del Poder Judicial. 4. Cumplir las tareas y encargos ordenados por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, en el MORDAZA de las politicas de comunicacion institucional, sin perjuicio de coordinar su ejecucion con la Unidad de Desarrollo, y comunicar las acciones emprendidas a la Oficina de Imagen Institucional y Prensa del Poder Judicial". Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la Republica y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAR CHAPARRO MORDAZA

Modifican el articulo primero de la Res. Adm. Nº 152-2011-CE-PJ, respecto de los Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA y redistribucion de carga procesal y competencia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 183-2011-CE-PJ
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2011 VISTO: El Oficio Nº 182-2011-ETIINLPT-P/PJ cursado por el senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Ley Procesal del Trabajo; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, este Organo de Gobierno mediante Resolucion Administrativa Nº 152-2011-CE-PJ de fecha 1 de junio del ano en curso, dispuso la conformacion de organos jurisdiccionales para la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en los Distritos Judiciales de MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y El MORDAZA, estableciendo en su articulo primero, entre otras disposiciones, respecto del Distrito Judicial de MORDAZA, b) Redistribucion de la carga procesal y competencia de los organos jurisdiccionales, en la Provincia de Tarma, lo siguiente: "(...) El Primer y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados de Tarma conoceran en adicion a sus funciones los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con sus mismas competencias territoriales (...)". Segundo: Que, asimismo, en la mencionada resolucion administrativa, se establecio en su articulo primero, respecto del Distrito Judicial de MORDAZA, b) Redistribucion de la carga procesal y competencia de los organos jurisdiccionales, en la Provincia de MORDAZA, lo siguiente: "(...) El MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo de la Provincia de MORDAZA seguira tramitando los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales que viene conociendo, asi como los que se inicien a partir de la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en este Distrito Judicial; para estos efectos dicho organo jurisdiccional derivara los procesos que tramita con la Ley Nº 26636 hacia el Juzgado de Trabajo Transitorio creado (...)". Tercero: Que, a fin de brindar adecuado servicio de administracion de justicia, es menester establecer correctamente las competencias de los mencionados organos jurisdiccionales, asignandole competencia provincial al Primer y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados de Tarma del Distrito Judicial de MORDAZA y precisar la competencia territorial del MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo de la Provincia de MORDAZA del Distrito Judicial del mismo nombre; con la finalidad de coadyuvar al cumplimiento de los objetivos del MORDAZA de implementacion de la Ley Nº 29497. Cuarto: Que, los incisos 24, 25 y 26 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo primero de la Resolucion Administrativa Nº 152-2011-CE-PJ de fecha 1 de junio de 2011, respecto del Distrito Judicial de MORDAZA, b) Redistribucion de la carga procesal y competencia de los organos jurisdiccionales, en la Provincia de Tarma, el cual tendra el siguiente texto: "El Primer y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados de Tarma conoceran en adicion a sus funciones los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con competencia territorial provincial".

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