Norma Legal Oficial del día 27 de Julio del año 2011 (27/07/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES
VISTOS:

447401

un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Hanac Ayllo, Distrito de Ayapata, Provincia de Carabaya, Departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, a solicitud del MORDAZA de la referida circunscripcion. Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1640 habitantes, conjuntamente con los Centros Poblados Livita, Ina, Escalera y Churquinuyo; asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado en la localidad de Kana a 5 kilometros de distancia, el traslado lo realizan por vehiculo por trocha, empleando en su desplazamiento treinta minutos; asimismo, el Distrito de Macusani, sede del Juzgado de Paz Letrado y del Juzgado Mixto se encuentran a 53 kilometros de distancia, el desplazamiento es por trocha carrozable empleando en el desplazamiento dos horas; con el consiguiente perjuicio economico y de tiempo, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia. Tercero: Que, el Informe Nº 178-2011-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Hanac Ayllo, Distrito de Ayapata, Provincia de Carabaya, Distrito Judicial de Puno. Cuarto: Que, por el numero de habitantes de los centros poblados a los que beneficiaria el organo jurisdiccional, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal y familiar; asi como asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82º, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Hanac Ayllo, el cual tendra competencia ademas en los Centros Poblados Livita, Ina, Escalera y Churquinuyo; Distrito de Ayapata, Provincia de Carabaya, Departamento y Distrito Judicial de Puno. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del referido organo jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAR CHAPARRO MORDAZA 669986-2 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 167-2011-CE-PJ MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2011

El Oficio Nº 1288-2011-P-CSJHU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, y el Informe Nº 169-2011-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica remite propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Motoy, Distrito de Acoria, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica, a solicitud de las autoridades y pobladores de la referida circunscripcion. Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1041 habitantes, conjuntamente con los Anexos Marccaylla y Puquio Ccasa; asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado en el Centro Poblado MORDAZA a 6 kilometros de distancia, el traslado lo realizan a pie empleando para su desplazamiento una hora con treinta minutos; asimismo, el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Acoria se encuentra ubicado a 15 kilometros de distancia, el desplazamiento es por automovil; con el consiguiente perjuicio economico y de tiempo, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia. Tercero: Que, el Informe Nº 169-2011-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Motoy, Distrito de Acoria, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica. Cuarto: Que, por el numero de habitantes del centro poblado y anexos a los que beneficiaria el organo jurisdiccional, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; asi como asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82º, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Motoy, el cual tendra competencia ademas en los Anexos Marccaylla y Puquio Ccasa; Distrito de Acoria, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del referido organo jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAR CHAPARRO MORDAZA 669986-3

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.