Norma Legal Oficial del día 27 de Julio del año 2011 (27/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447311

Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA de dos mil once. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 670962-7

3.2 La integracion fronteriza contribuye a la sostenibilidad del desarrollo de los espacios de frontera y es un MORDAZA organico convenido por dos o mas Estados en sus espacios fronterizos colindantes. Articulo 4. Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos La Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos es formulada por el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integracion Fronteriza, en coordinacion con los gobiernos regionales y gobiernos locales involucrados en la materia, y propuesta para su aprobacion por el Presidente de la Republica. Cada nivel de gobierno MORDAZA por el cumplimiento oportuno de la Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos, de acuerdo al ambito de competencia. Articulo 5. Lineamientos de la Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos La Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos considera los siguientes lineamientos: a. b. c. Fortalecer el caracter unitario de la Nacion, la afirmacion de la identidad nacional y la ocupacion racional del territorio. Contribuir con el MORDAZA de descentralizacion en los aspectos de desarrollo e integracion fronterizos. Consolidar la soberania, seguridad y defensa nacional en los espacios de frontera. Generar condiciones para el desarrollo sostenible, el bienestar y la proteccion de la poblacion asentada en los espacios de frontera, garantizando el acceso a los servicios basicos en forma integral. Establecer las bases para promover esfuerzos intersectoriales para la ejecucion de politicas publicas en los espacios de frontera, en un MORDAZA planificado de creciente eficiencia y complementacion. Promover el respeto a la diversidad etnica y cultural de las poblaciones asentadas en las zonas de frontera, asi como la proteccion del medio ambiente, la diversidad biologica y los recursos naturales, en concordancia con las politicas sectoriales. Orientar los procesos de integracion fronteriza en el MORDAZA de la politica exterior y la defensa nacional. Promover las condiciones especiales que incentiven la inversion en las zonas de frontera, asi como el ejercicio de la funcion publica de las instituciones que se localizan en dichos espacios. Afianzar la presencia institucional del Estado en las zonas de frontera y fortalecer las capacidades de los funcionarios publicos radicados en dichas zonas. TITULO II ESPACIOS DE FRONTERA Articulo 6. Aplicacion concertada de la Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos Para los efectos de aplicacion de la Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos, los planes, programas, proyectos o estrategias a ejecutarse en las zonas de frontera, vinculados a los intereses nacionales y a los acuerdos internacionales sobre desarrollo e integracion fronterizos, son elaborados en forma concertada entre las entidades publicas responsables de las acciones de desarrollo fronterizo en los niveles nacional, regional y local, contando para ello con la orientacion y coordinacion del Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integracion Fronteriza en el MORDAZA de los lineamientos de las politicas sectoriales. Articulo 7. Area de frontera Constituye area de frontera la franja de territorio nacional adyacente al limite internacional. El area de frontera, por extension, puede comprender el ambito de los distritos fronterizos en casos convenidos por el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integracion

LEY Nº 29778
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

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e.

f.

g.

LEY MORDAZA PARA EL DESARROLLO E INTEGRACION FRONTERIZA
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1. Objeto de la Ley La presente Ley define los espacios de frontera; establece los mecanismos de formulacion, coordinacion, ejecucion y seguimiento de la Politica Nacional de Desarrollo e Integracion Fronterizos, que es parte constitutiva de la Politica Exterior y de la Politica Nacional de Desarrollo; y regula el Sistema Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integracion Fronteriza. Articulo 2. Ambito de aplicacion La presente Ley MORDAZA establece el desarrollo de fronteras e integracion fronteriza como politica de Estado con participacion de los niveles de Gobierno Nacional, gobierno regional y gobierno local, siendo de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del sector publico. Articulo 3. Desarrollo e integracion fronterizos 3.1 El desarrollo fronterizo es el MORDAZA de satisfaccion de necesidades basicas de la poblacion en los espacios de frontera y su incorporacion a la dinamica del desarrollo nacional, mediante el despliegue de iniciativas publicas y privadas orientadas hacia los MORDAZA economico, ambiental, social, cultural e institucional, asi como el fortalecimiento de las capacidades de gestion local y regional, segun criterios de sostenibilidad, desarrollo humano y seguridad nacional.

h.

i.

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