Norma Legal Oficial del día 27 de Julio del año 2011 (27/07/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 181

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447481

Aprueban Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 179
DECRETO SUPREMO Nº 045-2011-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, que regula las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, conforme lo dispone el literal b) del Articulo 6° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, PERUPETRO S.A. se encuentra facultado a negociar, celebrar y supervisar, en su calidad de Contratante, los Contratos para la Exploracion y/o Explotacion de Hidrocarburos, a que se refiere el articulo 10° de la citada Ley; Que, el articulo 11° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los Contratos podran celebrarse, a criterio del Contratante, previa negociacion directa o por convocatoria; Que, mediante Acuerdo de Directorio N° 065-2010, de fecha 13 de MORDAZA de 2010, se aprobaron las Bases del MORDAZA de Seleccion N° PERUPETRO-001-2010, destinado a seleccionar empresas que suscriban futuros Contratos de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos; Que, como resultado del MORDAZA de Seleccion N° PERUPETRO-001-2010, la Comision encargada de PERUPETRO S.A. en fecha 14 de octubre de 2010, otorgo la Buena Pro de la Convocatoria, para el Lote 179 a favor de ECOPETROL DEL PERU S.A.; Que, el articulo 15° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, senala que las empresas extranjeras, para celebrar Contratos al MORDAZA de dicha Ley, deberan establecer sucursal o constituir una sociedad conforme a la Ley General de Sociedades, fijar domicilio en la capital de la Republica del Peru y nombrar Mandatario de nacionalidad peruana; Que, el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, dispone que la extension y delimitacion del area inicial de Contrato se determinara en cada Contrato en funcion al potencial hidrocarburifero, MORDAZA geografica, programa de trabajo minimo garantizado y area en que efectivamente se realizaran las actividades de exploracion o explotacion de Hidrocarburos o MORDAZA actividades; Que, al MORDAZA de las facultades senaladas, PERUPETRO S.A. y ECOPETROL DEL PERU S.A., rubricaron el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 179, de conformidad con lo establecido en las Bases del MORDAZA de Seleccion N° PERUPETRO-0012010, ubicado entre las provincias de MORDAZA y Mariscal MORDAZA MORDAZA de la region Loreto; Que, mediante Acuerdo de Directorio N° 180-2010, de fecha 21 de diciembre de 2010, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 179, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, de acuerdo con lo establecido en los articulos 63° y 66° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo N° 668 y demas normas aplicables, es procedente otorgar las garantias senaladas por estos dispositivos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1°.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformacion, extension, delimitacion y nomenclatura del area inicial del Lote 179, ubicado entre las provincias de MORDAZA y Mariscal MORDAZA MORDAZA

de la region MORDAZA, adjudicandolo a PERUPETRO S.A. y declarandolo materia de suscripcion del contrato. El mapa y memoria descriptiva de dicho Lote forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- De la aprobacion del contrato Aprobar el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 179, que consta de una (01) Clausula Preliminar, veintidos (22) Clausulas y diez (10) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y ECOPETROL DEL PERU S.A., con intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, para garantizar a la empresa Contratista lo establecido en los articulos 63° y 66° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM. Articulo 3°.- De la autorizacion para suscribir el contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con ECOPETROL DEL PERU S.A., el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 179, aprobado por el presente Decreto Supremo. Articulo 4°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas ANEXO "A" DESCRIPCION DEL LOTE 179 UBICACION El Lote 179 se encuentra ubicado entre las Provincias de MORDAZA y Mariscal MORDAZA MORDAZA de la Region MORDAZA y esta delimitado tal como se muestra en el Anexo "B" (Mapa) conforme a la siguiente descripcion: PUNTO DE REFERENCIA El Punto de Referencia (PR) es la Estacion Angamos ubicado en la Guarnicion Militar Angamos, Distrito de Yaquerana, Provincia de MORDAZA de la Region Loreto. PUNTO DE PARTIDA Desde el Punto de Referencia (PR) se mide 31,465.633 m hacia el Oeste y luego 7,017.854 m hacia el Norte hasta encontrar el Punto (24) que es el Punto de Partida (PP) del perimetro del Lote. CONFORMACION DEL LOTE Desde el Punto (24) o (PP) se mide 43,336.501 m Oeste en linea recta con azimut de 270°00'00" hasta llegar al Punto (21). Desde el Punto (21) se mide 27,194.841 m Sur Oeste en linea recta con azimut de 228º19'00"37 hasta llegar al Punto (29). Desde el Punto (29) se mide 23,500,072 m Sur Oeste en linea recta con azimut de 208º30'46"46 hasta llegar al Punto (36). Desde el Punto (36) se mide 31,178.408 m Sur Oeste en linea recta con azimut de 187º09'27"80 hasta llegar al Punto (42). Desde el Punto (42) se mide 7,780.008 m Sur Oeste en linea recta con azimut de 248º43'57"82 hasta llegar al Punto (43). Desde el Punto (43) se mide 10,706.354 m Nor Oeste en linea recta con azimut de 323º11'53"05 hasta llegar al Punto (41). Desde el Punto (41) se mide 64,675.634 m Norte en linea recta con azimut de 360º00'00'' hasta llegar al Punto (16). Desde el Punto (16) se mide 9,631.068 m Este en linea recta con azimut de 90°00'00" hasta llegar al Punto (17).

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.