Norma Legal Oficial del día 27 de Julio del año 2011 (27/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 192

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011

Que, contando con la opinion a que se refiere el Informe N° 187-2011-DGE-DCE, procede aprobar la tercera modificacion al Contrato de Concesion N° 189-2001, a fin de incorporar la version actualizada del Cronograma Garantizado de Ejecucion de Obras de la CH Maranon, modificacion que debera ser elevada a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en MORDAZA parrafo del articulo 53° y el articulo 54° del citado Reglamento; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la tercera modificacion al Contrato de Concesion N° 189-2001, a fin de modificar la Clausula Tercera, el numeral 5.6 de la Clausula MORDAZA, el numeral 6.2.12 de la Clausula Sexta y el Anexo N° 4, relativo a la concesion definitiva de generacion de la Central Hidroelectrica Maranon, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de la tercera modificacion al Contrato de Concesion N° 189-2001, aprobada en el articulo precedente y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica que origine la tercera modificacion al Contrato de Concesion N° 189-2001. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 671569-12

la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronoroeste S.A. concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica con caracter de Servicio Publico de Electricidad, suscribiendose el Contrato de Concesion Nº 045-95, elevado a Escritura Publica el 5 de MORDAZA de 1995; Que, en merito de la Resolucion Suprema Nº 08299-EM, publicada el 10 de junio de 1999, se aprobo la regularizacion de la concesion mencionada en el parrafo precedente, suscribiendose el Addendum al Contrato de Concesion Nº 045-95, elevado a Escritura Publica el 9 de agosto de 1999; Que, mediante solicitud, presentada el 3 de febrero de 2009 bajo el Registro Nº 1856633, complementada con documento Nº GCS-144-2011, bajo el Registro Nº 2080834, de fecha 1 de MORDAZA de 2011, el peticionario solicito la regularizacion de la ampliacion de concesion definitiva de distribucion de la MORDAZA Ayabaca, conforme a lo previsto en el articulo 30º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y el articulo 61º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, y la solicitud cuenta con la opinion favorable a que se refiere el Informe Nº 161-2011-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesion Nº 045-95, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el articulo 30º de la Ley de Concesiones Electricas, y en los literales c) y d) del articulo 61º de su Reglamento; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la regularizacion de la ampliacion de la concesion definitiva de distribucion y la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesion Nº 045-95, solicitada por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronoroeste S.A. a fin de modificar las Clausulas Primera, Tercera, modificar los numerales 6.8, 6.9, 6.10, 6.11, e incorporar el numeral 6.12 de la Clausula Sexta, y modificar los Anexos Nº 4 y Nº 7, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La regularizacion de la ampliacion aprobada en el articulo que antecede, comprende la MORDAZA de concesion que a continuacion se senala, la cual esta delimitada por las coordenadas UTM, en el sistema PSAD56, que figura en el plano obrante en el expediente:
ITEM 1 MORDAZA DE Departamento CONCESION AYABACA MORDAZA Provincia MORDAZA y Ayabaca Planos Nº (Escala: 1/100 000) Aya-D 01 de 01

Aprueban regularizacion de la ampliacion de concesion definitiva de distribucion y Adenda Nº 2 a Contrato de Concesion Nº 045-95, solicitada por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronoroeste S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 079-2011-EM MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 VISTO: El Expediente con codigo Nº 15034794, sobre la solicitud de regularizacion de ampliacion de concesion definitiva de distribucion de energia electrica, presentada por Electronoroeste S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 00110544 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº I, Sede MORDAZA, de la Oficina Registral de Piura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 007-95-EM, publicada el 28 de enero de 1995, se otorgo a favor de

Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, en nombre del Estado, la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesion Nº 045-95, y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica a que de origen la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesion Nº 045-95. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas.

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