Norma Legal Oficial del día 27 de Julio del año 2011 (27/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447325

- Oficina de Normalizacion Previsional (ONP). - Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS). - Ministerio de Educacion. - Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. - Ministerio de la Produccion. - Ministerio de Justicia. - Instituto Nacional Penitenciario (INPE). - Ministerio Publico. - Ministerio de Salud. - Seguro Social de Salud (ESSALUD). - Seguro Integral de Salud (SIS). - Fondo MIVIVIENDA S.A. - Instituto Nacional de Estadisticas e Informatica (INEI). Asimismo, permanentes: tienen la calidad de observadores

- La Defensoria del Pueblo; y - La Comision de Relaciones Exteriores del Congreso de la Republica. En funcion de los objetivos y avances de la presente Mesa Intersectorial, se podran incorporar representantes de otras entidades publicas mas adelante. Articulo 3º.- Coordinaciones de la Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestion Migratoria La Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestion Migratoria, independientemente de los miembros que la conforman, podra realizar las coordinaciones con otros Sectores del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo, del Poder Judicial, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y entidades privadas, y organismos internacionales vinculados a la gestion integral migratoria, segun lo requiera el cumplimiento de sus funciones. La Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestion Migratoria podra implementar una relacion fluida con instancias de coordinacion de agencias de cooperacion internacional y con instancias de coordinacion de instituciones de la sociedad civil. Articulo 4º.- Presidencia de la Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestion Migratoria La Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestion Migratoria sera presidida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que a su vez designara a un representante de nivel Directoral para ejercer las funciones de Secretario Tecnico del referido mecanismo intersectorial. Previa delegacion expresa del Titular del Sector competente, el Secretario Tecnico podra: a) Suscribir acuerdos y comunicaciones diversas referidas al objeto de la Mesa Intersectorial. b) Generar todo MORDAZA de alianzas estrategicas con entidades publicas y privadas, nacionales o internacionales, que resulten necesarios para el cumplimiento de las funciones senaladas en el articulo 6º de la presente norma. c.- Proponer y organizar las reuniones con las Comisiones Especiales y Grupos de Trabajo Ad Hoc que resulten convenientes. Articulo 5º.- Designacion de representantes Las entidades senaladas en el articulo 2º designaran, mediante Resolucion del Titular del Pliego correspondiente, un representante titular y uno alterno. La designacion debera realizarse en el plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir del dia siguiente a la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 6º.- Funciones de la Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestion Migratoria La Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestion Migratoria tiene como funciones: a) Proponer lineamientos de la politica de la gestion integral migratoria en el Peru, asi como de planes, programas y proyectos en dicha materia. b) Fomentar el fortalecimiento y la actualizacion de la normativa en materia de la gestion integral migratoria. c) Fomentar la generacion o fortalecimiento de alianzas publicas o privadas para una accion mas efectiva e idonea de la tematica migratoria integral en el Peru.

d) Coordinar y supervisar el cumplimiento de las politicas publicas en materia de gestion migratoria integral. e) Disenar y promover mecanismos para la implementacion de los programas y proyectos que favorezcan a las comunidades peruanas en el exterior. f) Promover la formulacion de acciones y estrategias a favor de la migracion regular, asi como del fortalecimiento de la tutela de los derechos y deberes del migrante e inmigrante. g) Formular propuestas para optimizar los procedimientos administrativos vinculados a la gestion integral de la migracion. h) Difundir y fomentar la informacion sobre la situacion migratoria de los peruanos en el extranjero y en el pais. i) Promover la proteccion de los derechos a los migrantes, tales como educacion, empleo, proteccion social, entre otras, desde una perspectiva inclusiva y prioritaria. j) Sistematizar las propuestas y recomendaciones, tendientes a mejorar el desarrollo social de las comunidades peruanas en el exterior. k) Otras funciones que requiera para el desarrollo de sus competencias. Articulo 7º.- No irrogacion de gastos La creacion de la Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestion Migratoria no irrogara gastos adicionales al Estado. Articulo 8º.- Del Reglamento En el plazo de cuarenta y cinco (45) dias habiles posteriores a la publicacion del presente Decreto Supremo, se expedira el Reglamento correspondiente el cual sera aprobado por Resolucion Ministerial del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 9º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia, el Ministro de Relaciones Exteriores, la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo y el Ministro del Interior. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS El Ministerio de Relaciones Exteriores podra dictar mediante Resoluciones Ministeriales, las disposiciones complementarias para la adecuada implementacion y operatividad de la Comision Multisectorial Permanente denominada "Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestion Migratoria". Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 670963-3

Decreto Supremo que fija la Compensacion Pecuniaria Extraordinaria que se otorga por unica vez a los deudos del doctor MORDAZA MORDAZA Giusti Acuna
DECRETO SUPREMO Nº 068-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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