Norma Legal Oficial del día 27 de Julio del año 2011 (27/07/2011)
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TEXTO DE LA PÁGINA 54
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NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011
un plazo no mayor a diez (10) dias habiles, a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, el MORDAZA de seleccion correspondiente para la ejecucion de los proyectos a su cargo. Articulo 6º.- Informacion Los Gobiernos Locales habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion, para efectos de las acciones de monitoreo a que se refiere el Articulo 3º del presente Dispositivo. Articulo 7º.- Modificacion del Anexo del Decreto Supremo Nº 119-2011-EF Modifiquese el Anexo del Decreto Supremo Nº 1192011-EF, en cuanto al codigo de ubigeo consignado en el orden 101, conforme a lo siguiente: DICE: 230403 Municipalidad Distrital de Estique MORDAZA
DEBE DECIR: 230404 Municipalidad Distrital de Estique MORDAZA
Articulo 8º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 670964-3
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 a favor de los Pliegos Presidencia del Consejo de Ministros y Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 149-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 17º de la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinacion de las politicas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, asi como coordina las relaciones con los demas Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, propone objetivos del gobierno en el MORDAZA de la Politica General de Gobierno, coordina las politicas nacionales de caracter multisectorial; en especial, las referidas al desarrollo economico y social; asimismo, formula las politicas nacionales en su respectivo ambito de competencia y dirige el MORDAZA de descentralizacion y modernizacion de la Administracion Publica; Que, la Unidad Ejecutora 014: Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de Agosto de 2007 FORSUR de la Presidencia del Consejo de Ministros, tiene como funcion realizar la gestion de la ejecucion de los proyectos, programas y actividades, en materia de construccion, reconstruccion y rehabilitacion de la infraestructura de las zonas afectadas por los sismos, conforme a lo dispuesto por el articulo 2º de la Ley Nº 29078 Ley que crea el FORSUR;
Que, la Unidad Ejecutora 014 MORDAZA mencionada requiere la suma de S/. 1 764 625,00 para el monitoreo y seguimiento de la ejecucion de 295 proyectos, la supervision de 09 proyectos de agua y saneamiento de la Provincia de MORDAZA, asi como para el seguimiento de liquidacion de obra y MORDAZA de ficha de cierre de 686 proyectos por parte de FORSUR; Que, el requerimiento efectuado por la Presidencia del Consejo de Ministros se atendera con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 764 625,00); Que, mediante Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 se aprueba, entre otros, el Presupuesto del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-2006MIMDES, el Poder Ejecutivo declaro al periodo 2007-2016, como el "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru", con la finalidad de incentivar el conocimiento y reflexion a nivel nacional sobre el tema de la discapacidad, debiendo todos los sectores y niveles de gobierno impulsar programas, proyectos y acciones encaminados a alcanzar la inclusion y la participacion plena de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la sociedad; Que, segun datos estadisticos del Ministerio de Defensa, existen registradas 4,734 personas en situacion de discapacidad como resultado de acciones realizadas en defensa de la integridad territorial del pais; Que, los servicios medicos y hospitalarios del sector Defensa no cuentan con una infraestructura adecuada ni con equipos de rehabilitacion necesarios, para atender eficiente y oportunamente a los discapacitados que requieran contar con servicios de alta calidad, que haga posible su rehabilitacion y reinsercion social y laboral, por lo que resulta necesario contar con un centro de rehabilitacion que brinde atencion a los discapacitados de las Fuerzas Armadas; Que, con el Decreto Supremo Nº 004-2011-DE, se exceptuo del cumplimiento de la Fase de Preinversion del Ciclo del Proyecto de Inversion Publica a que se refiere la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, incluida la declaracion de viabilidad, al "Proyecto de Construccion e implementacion de un Centro de Atencion y Rehabilitacion para el personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas"; Que, en el MORDAZA de lo senalado en los considerandos precedentes, mediante Oficio Nº 1036-2011-MINDEF/ VRD, el Viceministro de Recursos para la Defensa del Ministerio de Defensa ha solicitado transferencia de recursos por la suma de SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600 000,00) a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa, para financiar la elaboracion del expediente tecnico y estudio definitivo del proyecto "Construccion e implementacion de un Centro de Atencion y Rehabilitacion para el personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas", recursos que no fueron previstos en el Presupuesto Institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, el requerimiento efectuado por el Ministerio de Defensa se atendera con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600 000,00); Que, como consecuencia de lo descrito en los considerandos precedentes, resulta necesario disponer la autorizacion de una Transferencia de Partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 014, a fin que realice el monitoreo, seguimiento, ejecucion y supervision de proyectos en la provincia de MORDAZA, asi como la MORDAZA de ficha de cierre de proyectos, segun corresponda; asimismo, es necesario autorizar una transferencia de partidas a favor del Ministerio de Defensa para la elaboracion del expediente tecnico y estudio definitivo del proyecto de inversion "Construccion e implementacion de un Centro de Atencion y Rehabilitacion para el personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas"; De conformidad con lo establecido por el articulo 45º