Norma Legal Oficial del día 27 de Julio del año 2011 (27/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011

un plazo no mayor a diez (10) dias habiles, a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, el MORDAZA de seleccion correspondiente para la ejecucion de los proyectos a su cargo. Articulo 6º.- Informacion Los Gobiernos Locales habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion, para efectos de las acciones de monitoreo a que se refiere el Articulo 3º del presente Dispositivo. Articulo 7º.- Modificacion del Anexo del Decreto Supremo Nº 119-2011-EF Modifiquese el Anexo del Decreto Supremo Nº 1192011-EF, en cuanto al codigo de ubigeo consignado en el orden 101, conforme a lo siguiente: DICE: 230403 Municipalidad Distrital de Estique MORDAZA

DEBE DECIR: 230404 Municipalidad Distrital de Estique MORDAZA

Articulo 8º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 670964-3

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 a favor de los Pliegos Presidencia del Consejo de Ministros y Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 149-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 17º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinacion de las politicas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, asi como coordina las relaciones con los demas Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, propone objetivos del gobierno en el MORDAZA de la Politica General de Gobierno, coordina las politicas nacionales de caracter multisectorial; en especial, las referidas al desarrollo economico y social; asimismo, formula las politicas nacionales en su respectivo ambito de competencia y dirige el MORDAZA de descentralizacion y modernizacion de la Administracion Publica; Que, la Unidad Ejecutora 014: Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de Agosto de 2007 ­ FORSUR de la Presidencia del Consejo de Ministros, tiene como funcion realizar la gestion de la ejecucion de los proyectos, programas y actividades, en materia de construccion, reconstruccion y rehabilitacion de la infraestructura de las zonas afectadas por los sismos, conforme a lo dispuesto por el articulo 2º de la Ley Nº 29078 ­ Ley que crea el FORSUR;

Que, la Unidad Ejecutora 014 MORDAZA mencionada requiere la suma de S/. 1 764 625,00 para el monitoreo y seguimiento de la ejecucion de 295 proyectos, la supervision de 09 proyectos de agua y saneamiento de la Provincia de MORDAZA, asi como para el seguimiento de liquidacion de obra y MORDAZA de ficha de cierre de 686 proyectos por parte de FORSUR; Que, el requerimiento efectuado por la Presidencia del Consejo de Ministros se atendera con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 764 625,00); Que, mediante Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 se aprueba, entre otros, el Presupuesto del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-2006MIMDES, el Poder Ejecutivo declaro al periodo 2007-2016, como el "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru", con la finalidad de incentivar el conocimiento y reflexion a nivel nacional sobre el tema de la discapacidad, debiendo todos los sectores y niveles de gobierno impulsar programas, proyectos y acciones encaminados a alcanzar la inclusion y la participacion plena de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la sociedad; Que, segun datos estadisticos del Ministerio de Defensa, existen registradas 4,734 personas en situacion de discapacidad como resultado de acciones realizadas en defensa de la integridad territorial del pais; Que, los servicios medicos y hospitalarios del sector Defensa no cuentan con una infraestructura adecuada ni con equipos de rehabilitacion necesarios, para atender eficiente y oportunamente a los discapacitados que requieran contar con servicios de alta calidad, que haga posible su rehabilitacion y reinsercion social y laboral, por lo que resulta necesario contar con un centro de rehabilitacion que brinde atencion a los discapacitados de las Fuerzas Armadas; Que, con el Decreto Supremo Nº 004-2011-DE, se exceptuo del cumplimiento de la Fase de Preinversion del Ciclo del Proyecto de Inversion Publica a que se refiere la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, incluida la declaracion de viabilidad, al "Proyecto de Construccion e implementacion de un Centro de Atencion y Rehabilitacion para el personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas"; Que, en el MORDAZA de lo senalado en los considerandos precedentes, mediante Oficio Nº 1036-2011-MINDEF/ VRD, el Viceministro de Recursos para la Defensa del Ministerio de Defensa ha solicitado transferencia de recursos por la suma de SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600 000,00) a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa, para financiar la elaboracion del expediente tecnico y estudio definitivo del proyecto "Construccion e implementacion de un Centro de Atencion y Rehabilitacion para el personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas", recursos que no fueron previstos en el Presupuesto Institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, el requerimiento efectuado por el Ministerio de Defensa se atendera con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600 000,00); Que, como consecuencia de lo descrito en los considerandos precedentes, resulta necesario disponer la autorizacion de una Transferencia de Partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 014, a fin que realice el monitoreo, seguimiento, ejecucion y supervision de proyectos en la provincia de MORDAZA, asi como la MORDAZA de ficha de cierre de proyectos, segun corresponda; asimismo, es necesario autorizar una transferencia de partidas a favor del Ministerio de Defensa para la elaboracion del expediente tecnico y estudio definitivo del proyecto de inversion "Construccion e implementacion de un Centro de Atencion y Rehabilitacion para el personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas"; De conformidad con lo establecido por el articulo 45º

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