Norma Legal Oficial del día 27 de Julio del año 2011 (27/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447395

VISTOS: El Informe Conjunto Nº 445-2011-EF/94.06.3/94.04.1, del 14 de MORDAZA de 2011, emitido por la Direccion de Emisores y la Oficina de Asesoria Juridica, con opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 2, inciso a), de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, es funcion de esta institucion estudiar, promover y reglamentar el MORDAZA de valores y controlar a las personas naturales y juridicas que intervienen en el; Que, CONASEV tiene entre sus principales objetivos promover el MORDAZA de valores peruano, entre otros, mediante la reduccion de plazos de inscripcion de valores y costos de transaccion en beneficio de las entidades participantes del MORDAZA de valores y el publico inversionista en general; Que, el tramite anticipado, previsto como una modalidad de inscripcion de los valores, permite de antemano que en la realizacion de las ofertas, los requisitos y plazos MORDAZA menores, ello en tanto hace posible adelantar el tramite correspondiente a una oferta, quedando este dividido en dos fases, una en la que se presenta la informacion y documentacion comun respecto a las ofertas que vayan a ser efectuadas y en la MORDAZA en la que se presenta la informacion especifica de cada oferta; Que, en el MORDAZA de la promocion del MORDAZA de valores, mediante Resolucion CONASEV N° 083-2010-EF/94.01.1, se modificaron los articulos 13° y 14° del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 141-98EF/94.10, permitiendo la inscripcion automatica, a traves del tramite general y el tramite anticipado, de instrumentos de corto plazo que califiquen como valores tipicos y que MORDAZA emitidos por emisores que mantengan al menos un valor inscrito en el Registro Publico del MORDAZA de Valores por un plazo no menor de doce (12) meses, que se encuentren al dia en sus obligaciones de remision de informacion a CONASEV y siempre que MORDAZA uso para dicha inscripcion de los prospectos informativos y actos de emision electronicos elaborados por CONASEV a los que se accede a traves del MVNet; Que, dentro de la implementacion de medidas que mejoren la eficiencia en el acceso de las empresas al MORDAZA de valores, se esta continuando con la simplificacion de los tramites permitiendo la aprobacion del tramite anticipado de valores que tengan la condicion de valores tipicos, solicitadas por emisores con al menos un valor inscrito en el Registro por un periodo no menor de doce (12) meses, que se encuentren al dia en sus obligaciones de remision de informacion a CONASEV y siempre que MORDAZA uso para dicha inscripcion de los prospectos informativos y contratos de emision electronicos elaborados por CONASEV a los que se accedera a traves del MVNet, en un plazo de siete (7) dias, con silencio administrativo positivo, en caso de que se oferten bonos corporativos; Que, a traves de dicho tramite se busca reducir el tiempo que toma a las empresas la estructuracion de sus ofertas publicas de valores y simplificar el procedimiento para la inscripcion de valores con la consecuente reduccion de los costos asociados a la estructuracion, a la inscripcion asi como a la emision de valores. Asimismo, se espera generar mayor predictibilidad en los tramites de inscripcion de los mencionados instrumentos en el MORDAZA publico de valores, al igual que se promovera una mayor eficiencia en la asignacion de recursos por parte de CONASEV; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente modificar el articulo 14° del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 141-98-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 11, inciso b), de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores asi como a lo acordado por el Directorio de esta Institucion, reunido en su sesion del 18 de MORDAZA de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el articulo 14° del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, el cual queda redactado de la siguiente forma:

"Articulo 14 Tramite Anticipado.- Cuando se pretenda efectuar una o mas ofertas primarias o de venta en un periodo de tiempo dado, la inscripcion de valores y/o el registro de prospectos pueden ser facilitados a traves de un tramite unico anticipado para todas ellas y la posterior MORDAZA de la informacion complementaria, del modo que se senala a continuacion: a) Realizacion del tramite anticipado.- Para este fin se presenta una solicitud, acompanando la documentacion e informacion relativa al emisor, asi como, con el detalle que permitan las circunstancias, las correspondientes a las ofertas y a los valores respectivos, asi como las adicionales que MORDAZA comunes a las ofertas a realizar que resulten pertinentes de acuerdo con el articulo 12. Entre la documentacion senalada se debera presentar un prospecto MORDAZA en virtud del cual se deberan efectuar las ofertas, cuyo contenido se elaborara sobre la base de los terminos descritos anteriormente. Cuando corresponda, se presentaran los instrumentos MORDAZA que se hubieren elaborado, en virtud de los cuales se efectuaran las emisiones u ofertas. El plazo del que dispone CONASEV para la aprobacion del tramite anticipado y el consiguiente registro de la documentacion e informacion presentada es el senalado en el articulo 20 de la Ley. En el caso de tramites anticipados de Entidades Calificadas a traves de los cuales se oferten exclusivamente valores representativos de derechos de credito tipicos cuyo plazo de vencimiento sea no mayor a un ano, el plazo es de quince (15) dias contados desde la fecha de MORDAZA de la solicitud conforme al procedimiento establecido por el articulo 20 de la Ley. La aprobacion es automatica en el caso de tramites anticipados a traves de los cuales se ofertaran exclusivamente Certificados de Deposito Negociables con un plazo no mayor a un ano a ser emitidos mediante oferta publica primaria por las empresas del Sistema Financiero Nacional que se encuentren facultadas a captar depositos del publico y que tengan la condicion de Entidades Calificadas. Asimismo, la aprobacion de tramites anticipados de valores que tengan la condicion de valores tipicos, solicitadas por emisores con al menos un valor inscrito en el Registro por un periodo no menor de doce (12) meses, que se encuentren al dia en sus obligaciones de remision de informacion a CONASEV y siempre que MORDAZA uso para dicha inscripcion de los prospectos informativos y actos o contratos de emision electronicos elaborados por CONASEV a los que se accedera a traves del MVNet, sera automatica en caso se oferten exclusivamente valores representativos de derechos de credito cuyo plazo de vencimiento sea no mayor a un ano, y de siete (7) dias, con silencio administrativo positivo, en caso se oferten bonos corporativos. La documentacion e informacion presentada, incluyendo el prospecto MORDAZA, debera encontrarse actualizada en toda ocasion en que se esten efectuando ofertas primarias o de venta en virtud de tales documentos, a traves de los procedimientos establecidos por el articulo 29. En el caso de Entidades Calificadas, a opcion de parte, se podra considerar que el prospecto MORDAZA se mantiene actualizado cuando incorpore por referencia, de acuerdo con lo establecido en el articulo 18, los estados financieros, memorias anuales, reportes trimestrales y demas documentos e informacion correspondiente que se presente con posterioridad. Las emisiones y/o las ofertas que se realicen en virtud del tramite anticipado pueden ser efectuadas durante los dos (2) anos siguientes a la fecha de aprobacion correspondiente. Dicho plazo podra renovarse por unica vez y de manera automatica, para lo cual se requerira la MORDAZA de un prospecto MORDAZA actualizado que consolide todas las modificaciones efectuadas por el emisor hasta la fecha de la solicitud de renovacion, asi como la actualizacion de la restante documentacion e informacion que resulte pertinente. Es responsabilidad del emisor el cabal cumplimiento de la normativa vigente a la fecha de renovacion. El MORDAZA plazo se cuenta a partir del vencimiento del anterior y la solicitud de renovacion debe presentarse MORDAZA de dicho vencimiento; y, b) Inscripcion de los valores y/o registro de los prospectos.- La inscripcion de valores y/o registro de

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