Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 114

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

Diciembre de cada ano a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza Regional hasta el ano 2013, a fin que todos los sectores publicos y privados, asi como ciudadania en general participen en las actividades de prevencion y control del Dengue, Malaria y otras epidemias que pudieran presentarse, lideradas por la Direccion Regional de Salud. Articulo Tercero.- INCORPORAR en los Planes Estrategicos Regional de Educacion Provincial y Local de Educacion, asi como en las universidades publicas y privadas, Institutos Tecnologicos y CEOS, los contenidos de prevencion y control del Dengue y Malaria, con la finalidad de garantizar una formacion integral del educando, construyendo una cultura de prevencion de las enfermedades y promocion de la salud. Articulo Cuarto.- La contravencion a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional, MORDAZA lugar a una denuncia penal por delito contra la salud publica, tipificada en el articulo 292° del Codigo Penal. Articulo Quinto.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 42° de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su Promulgacion. En Tumbes a los diecisiete dias del mes de junio del dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO Registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el MORDAZA MORDAZA VINAS MORDAZA Presidente Regional

de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, se establecio el MORDAZA juridico para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el articulo 124º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 2º de la Ley de la Mancomunidad Municipal define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de municipalidades, para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras, con los fines de promover desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; en el articulo 5º, se establece que la voluntad de constituir una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por ordenanza municipal de las municipalidades intervinientes, sustentadas en los informes tecnicos que den viabilidad a su creacion; Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046 - 2010 - PCM, establece el procedimiento para la constitucion de las mancomunidades municipales; se senala que la ordenanza municipal aprueba la constitucion de la mancomunidad municipal, con la ratificacion del contenido del Acta de Constitucion, su Estatuto, y la designacion del primer presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General; Que, a traves del Acta Vinculante firmada el 16 de diciembre del 2010, los alcaldes de las nueve (9) municipalidades distritales de MORDAZA Norte acordaron iniciar el MORDAZA de constitucion de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Norte. De conformidad con lo establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, la Ley de la Mancomunidad Municipal - Ley Nº 29029, modificada por la Ley Nº 29341, la Resolucion Suprema Nº 046 ­ 2010 ­ PCM y Resolucion de la Secretaria de Descentralizacion, Nº 228 ­ 2010 ­ PCM/SD. Se Aprueba la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCION Y EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DE MORDAZA NORTE Articulo Primero.- APROBAR la constitucion de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Norte", segun Acta de fecha 15 de MORDAZA de 2011, suscrita por los Senores Alcaldes de las Municipalidades de los siguientes distritos que en orden alfabetico se indican: Ancon, Los MORDAZA, Carabayllo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Independencia, San MORDAZA de Porres y MORDAZA Rosa. La Mancomunidad Municipal MORDAZA Norte tiene por objeto: a. Proteccion y conservacion del ambiente, con enfoque del ecosistema de las cuencas de los MORDAZA MORDAZA y Chillon, y la industrializacion de residuos solidos. b. Panificacion del desarrollo MORDAZA y fomento de la inversion privada, el empleo y la competitividad productiva. c. Seguridad ciudadana y promocion de una cultura de paz que revierta la violencia familiar, contra la mujer, los ninos y adolescentes. d. Desarrollo Territorial y Economico Productivo e. Participacion para mejorar la calidad en la prestacion de los servicios de salud y educacion, y la defensa y promocion de derechos ciudadanos. f. Extender la conectividad a traves de medios electronicos. g. Diseno y promocion de un circuito turistico en la MORDAZA de costa de de MORDAZA Norte, en MORDAZA MORDAZA y la MORDAZA de Ancon Articulo Segundo.- APROBAR el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Norte" ratificando el contenido del Acta de Constitucion, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Articulo Tercero.- DELEGAR las competencias y funciones a la Mancomunidad Municipal MORDAZA Norte, las que se detallan a continuacion: Funciones especificas exclusivas:

670485-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban la constitucion y el estatuto de la Mancomunidad Municipal de MORDAZA Norte
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 233-2011-A/MDA
Ancon, 15 de MORDAZA del 2011. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON POR CUANTO El Concejo de la Municipalidad Distrital de Ancon, en Sesion Ordinaria de fecha 15 de MORDAZA del 2011; Visto el Informe Nº 525-2011-GSCPS/MDA. de fecha 06 de MORDAZA del 2011, de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Proyeccion Social, el Informe Legal Nº 154-2011-GAL/ MDA, del 12 de MORDAZA del 2011, de la Gerencia de Asesoria Legal, en relacion a los documentos que sustentan la creacion de la Mancomunidad MORDAZA Norte y el Informe Nº 067-2011-GM/MDA, de fecha 13 de MORDAZA del 2011, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, en su articulo 194º, y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en el articulo 2 de su Titulo Preliminar, prescriben que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan

a. Promover e impulsar el MORDAZA de planeamiento para el desarrollo MORDAZA, con enfoque de gestion territorial y de las cuencas de los MORDAZA Chillon y Rimac.

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