Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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b. Promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversion y de servicios publicos municipales, orientados a la proteccion y conservacion del Ambiente, que presenten, objetivamente, externalidades o economias de escala de ambito territorial de la mancomunidad municipal. c. Proponer la emision de normas tecnicas generales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo asi como sobre proteccion y conservacion del ambiente. d. Proponer, ejecutar y monitorear los planes y politicas locales en materia ambiental, en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales. e. Concertar acciones, programas y proyectos para promocionar la actividad turistica, la recreacion y la pesca artesanal en la MORDAZA de Ancon y la MORDAZA de costa que incluye al distrito de MORDAZA Rosa. f. Planificar y concertar el desarrollo social en MORDAZA con las politicas y planes distritales de MORDAZA Norte, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. g. Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial de MORDAZA Norte sobre informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA a fin de mejorar la competitividad. h. Concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico de MORDAZA Norte. i. Organizar un servicio de serenazgo sin fronteras o vigilancia inter municipal, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial. j. Concertar con instituciones del sector publico y el privado, la elaboracion y ejecucion de programas de apoyo al desarrollo economico local sostenible. k. Facilitacion de la articulacion economica y social, en base a potencialidades. Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad. Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846. l. Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. Funciones especificas compartidas: a. Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinacion con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y de acuerdo a los planes de desarrollo concertado de cada municipalidad distrital. b. Fortalecer el MORDAZA solidario y el trabajo colectivo, orientado hacia el desarrollo de la convivencia social, armoniosa y productiva, a la prevencion de desastres naturales y a la seguridad ciudadana. c. Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacion con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y los organismos regionales y nacionales pertinentes. d. Promover la cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del ambiente y mitigacion de desastres. e. Promover el desarrollo economico local, en coordinacion con las entidades locales y regionales competentes, aprovechando las ventajas comparativas productivas y turisticas. f. Determinar las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios g. Gestion de la atencion primaria de salud, en los componentes de planeamiento y control. h. Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes. i. Participar en la evaluacion del Proyecto educativo en el ambito territorial de la Mancomunidad Municipal. Articulo Cuarto.- RATIFICAR la designacion del Senor Dr. MORDAZA MORDAZA Kusunoki Fuero en el cargo de Presidente del Consejo Directivo, del Senor CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Carabayllo como Vicepresidente del Consejo Directivo. Articulo Quinto.- ESTABLECER que la presente

Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNUI MORDAZA

670484-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Modifican MORDAZA de la Municipalidad en lo referente al Procedimiento Nº 121 "Autorizacion para Conexiones domiciliarias"
DECRETO DE ALCALDIA N° 011
Ate, 22 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE. VISTO; el Informe N° 001-2011-MDA/GP de la Gerencia de Planificacion, el Informe Nº 182-2011-MDA/GIP de la Gerencia de Infraestructura Publica, los Informes Nº 4532011 y 504-2011-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, reconoce a las Municipalidades como Organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; que asimismo el articulo 44° de la Ley MORDAZA glosada, establece que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven y regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 245-MDA, de fecha 24 de junio de 2010, el Concejo Municipal aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate, ratificado mediante el Acuerdo de Concejo Nº 311-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de fecha 13 de agosto de 2010; ambos dispositivos publicados en el Diario Oficial El Peruano el 29 de agosto de 2010; Que, la Ley de Facilitacion de Conexiones Domiciliarias del Servicio Publico de Distribucion de Gas Natural -Ley Nº 29706-, establece en su articulo 1º la eliminacion del cobro del permiso municipal a favor de los usuarios domesticos, a fin de efectuar conexiones domiciliarias y asi lograr la facilitacion del uso del gas natural; a excepcion del tendido de redes de distribucion de gas natural, para lo cual no resulta aplicable; asimismo los articulos 2º y 3º de la referida MORDAZA, senalan que los gobiernos locales no pueden exigir el pago ni la tramitacion de permisos a los usuarios domesticos para efectuar las referidas conexiones domiciliarias de gas natural, ni para la interferencia de vias para implementar las conexiones domiciliarias desde la red principal hasta los domicilios de los futuros usuarios; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 38.5 del Articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos se debe realizar en el caso de Municipalidades por Decreto de Alcaldia; Que, mediante los Informes de visto senalan que se debe modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Ate, y eliminar del Procedimiento Nº 121 el requisto 3) "Copia de autorizacion de la Municipalidd Metropolitana de MORDAZA para interferir la

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