Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

SEGUNDA. Modificaciones a la Ley 26887, Ley General de Sociedades Modificanse el ultimo parrafo del articulo 262-B y el articulo 262-F de la Ley 26887, Ley General de Sociedades, cuyos textos quedan redactados de la siguiente manera:

En MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA de dos mil once. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

"Articulo 262-B. Solicitud de entrega de los titulos representativos de acciones o dividendos (...) Con la MORDAZA de los documentos a que hubiere lugar, senalados en el presente articulo, la Sociedad entregara las acciones o los dividendos en un plazo MORDAZA de treinta dias. Vencido dicho plazo sin que exista un pronunciamiento de la Sociedad, se entendera denegada la solicitud, quedando MORDAZA el procedimiento de reclamacion regulado en el articulo 262-F. Articulo 262-F. Procedimiento de reclamacion El solicitante al que se le hubiere denegado la entrega de sus acciones o dividendos, de modo expreso o ficto, podra reclamar este hecho ante la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV). El reclamo se presentara ante la Sociedad, en un plazo de quince dias habiles contados a partir de la notificacion de la denegacion de la Sociedad o de la denegatoria ficta. El expediente sera elevado a la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), con los documentos necesarios para resolver que obren en poder de la Sociedad, en el termino de tres dias habiles. La SMV debera resolver el reclamo dentro de los noventa dias habiles contados desde que fueron recibidos los documentos remitidos por la Sociedad, sin mas tramite que el analisis de los mismos. Dentro de este plazo, la SMV podra solicitar cualquier documento adicional al interesado y a la Sociedad. Los criterios utilizados por la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) al resolver la solicitud deberan ser observados por las sociedades anonimas abiertas en sucesivas peticiones de casos similares."
TERCERA. Modificacion del Texto Unico Ordenado de la Ley 27584, Ley que Regula el MORDAZA Contencioso Administrativo, aprobado por el Decreto Supremo 0132008-JUS Modificase el MORDAZA parrafo e incorporase un tercer parrafo al articulo 11 del Texto Unico Ordenado de la Ley 27584, Ley que Regula el MORDAZA Contencioso Administrativo, aprobado por el Decreto Supremo 0132008-JUS, conforme al texto siguiente:

671577-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Reconocen al Grupo de Trabajo especializado, en materia de descentralizacion, constituido en el Gobierno Regional de MORDAZA mediante Res. Nº 0667-2011-GRA/ PRES
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 477-2011-PCM/SD
Miraflores, 25 de MORDAZA de 2011 VISTOS: La Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0667-2011-GRA/ PRES, el Memorandum Nº 151-2011-GRA/PRES, el Oficio Nº 547-2011-PCM/SD y el Informe Nº 033-2011-PCM/SDFNH. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru, la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA y, que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el MORDAZA de transferencia de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos a los gobiernos regionales y locales, se ha venido organizando y ejecutando, desde el ano 2003, a traves de planes anuales de transferencia, formulados por la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros ­antes, el Consejo Nacional de Descentralizacion- y presentados para su aprobacion por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, en el MORDAZA de lo establecido en los articulos 83 y 84 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, los cuales registran diferentes grado de

"Articulo 11. Competencia funcional (...) Cuando el objeto de la demanda verse sobre actuaciones del Banco Central de Reserva del Peru (BCR), Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), y de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es competente, en primera instancia, la Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior respectiva. En este caso, la Sala Civil de la Corte Suprema resuelve en apelacion y la Sala Constitucional y Social en casacion, si fuera el caso. Es competente para conocer la solicitud de medida cautelar la Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior. En los lugares donde no exista juez o Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, es competente el Juez en lo Civil o el Juez Mixto en su caso, o la Sala Civil correspondiente."
CUARTA. Derogatoria de normas Deroganse los articulos 7, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 22 del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado por Decreto Ley 26126; los articulos 293 y 294 del Decreto Legislativo 755, Aprueban Ley del MORDAZA de Valores; los articulos 193, 352 y 353 del Decreto Legislativo 861, Ley del MORDAZA de Valores; los numerales 3 y 4 del articulo 253, los articulos 255, 261, 262-C, 262-D y 262-G de la Ley 26887, Ley General de Sociedades, asi como todas las normas que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion.

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