Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 141

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

PROYECTO

447661

Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL y sus modificatorias(en adelante, TUO de las Normas de Interconexion) se definen los conceptos basicos de la interconexion, y se establecen las normas tecnicas, economicas y legales a las cuales deberan sujetarse: a) los contratos de interconexion que se celebren entre operadores de servicios publicos de telecomunicaciones; y, b) los pronunciamientos sobre interconexion que emita el OSIPTEL; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL se aprobo el Procedimiento para la Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope, (en adelante, el Procedimiento), en el que se detallan las etapas y reglas a las que se sujeta el OSIPTEL para el ejercicio de su funcion normativa en la fijacion o revision de cargos de interconexion tope, de oficio o a solicitud de una empresa operadora; Que, dentro del MORDAZA normativo vigente, el OSIPTEL ha aprobado Contratos de Interconexion y ha emitido Mandatos de Interconexion, en cuya virtud se vienen aplicando Cargos por el Acceso a Plataformas de Pago, para escenarios de comunicacion en los que, involucrando el uso de dichas plataformas de un operador, es otro operador quien establece la tarifa al usuario llamante o se trata de comunicaciones cursadas en el MORDAZA de los servicios especiales con interoperabilidad; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 076-2009-CD/OSIPTEL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08 de enero de 2010, se dispuso dar inicio al procedimiento de oficio para el establecimiento del "cargo de interconexion tope por acceso a la plataforma de pago", en virtud de lo establecido por el Articulo 7º del Procedimiento; Que, las empresas Americatel Peru S.A., MORDAZA Movil Peru S.A.C., Nextel del Peru S.A., Telefonica del Peru S.A.A. y Telefonica Moviles S.A., presentaron al OSIPTEL sus propuestas de cargos de interconexion tope por acceso a sus plataformas de pago, conjuntamente con los estudios de costos correspondientes; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 011-2011-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de enero de 2011, se dispuso publicar para comentarios, el Proyecto de Resolucion mediante el cual se estableceran los cargos de interconexion tope por acceso a la plataforma de pago, otorgandose un plazo para la remision de comentarios por parte de los interesados y convocandose a Audiencia Publica; Que, el 28 de marzo de 2011 se llevaron a cabo Audiencias Publicas en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Trujillo; Que, las empresas Americatel Peru S.A., MORDAZA Movil Peru S.A.C., Gilat To Home Peru S.A., Telefonica del Peru S.A.A., Telefonica Moviles S.A., Telmex Peru S.A., y Rural Telecom S.A.C. remitieron sus comentarios al Proyecto de Resolucion publicado; Que, luego de evaluar los comentarios recibidos y en atencion a que se han realizado modificaciones en los insumos utilizados para los calculos y en algunas consideraciones adoptadas en el analisis, se considera pertinente disponer una nueva publicacion para comentarios, del Proyecto de Resolucion mediante el cual se estableceran los cargos de interconexion tope por acceso a la plataforma de pago, convocandose a la Audiencia Publica correspondiente; Que, forma parte de la motivacion de la presente resolucion el Informe Sustentatorio Nº 361-GPRC/2011 elaborado por la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL; En aplicacion de las funciones senaladas en el Articulo 23º, en el inciso i) del Articulo 25º y en el inciso b) del Articulo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 428; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano, del Proyecto de Resolucion mediante el cual se estableceran los cargos de interconexion tope por acceso a la plataforma de pago, conjuntamente con su Exposicion de Motivos. Asimismo, seran publicados en la pagina web del OSIPTEL (http://www.osiptel.gob.pe) el referido Proyecto Normativo, su Exposicion de Motivos, los modelos de costos y el Informe Sustentatorio Nº 361-GPRC/2011. Articulo 2º.- Otorgar un plazo de treinta (30) dias

calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios, respecto del proyecto normativo referido en el articulo precedente, a la Gerencia de Comunicacion Corporativa del OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San MORDAZA, Lima), pudiendo remitirlos via fax al numero: (511) 475-1816 o mediante correo electronico a la direccion: sid@osiptel.gob.pe. Los comentarios deberan enviarse de acuerdo al formato establecido en el anexo adjunto a la presente Resolucion. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten, asi como la MORDAZA a la Alta Direccion de sus correspondientes recomendaciones. Articulo 4º.- Convocar a Audiencia Publica en la MORDAZA de MORDAZA, para el dia 02 de setiembre de 2011, haciendo publica dicha convocatoria a traves de un diario de circulacion nacional. Articulo 5º.- Notificar a las empresas concesionarias de servicios publicos de telecomunicaciones que cuentan con plataforma de pago, el Proyecto de Resolucion mediante el cual se estableceran los cargos de interconexion tope por acceso a la plataforma de pago, conjuntamente con su Exposicion de Motivos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo

ANEXO Formato para la MORDAZA de comentarios al Proyecto de Resolucion mediante el cual se estableceran los Cargos de Interconexion Tope por Acceso a la Plataforma de Pago
Articulo del Proyecto 1º 2º ... ... 7º Comentarios Generales Otros Comentarios Comentarios

PROYECTO DE RESOLUCION
MORDAZA, de de 2011

: Nº 00002-2009-CD-GPR/IX. Fijacion del Cargo de Interconexion Tope MATERIA : por Acceso a la Plataforma de Pago / Aprobacion. Concesionarios de Servicios Publicos de ADMINISTRADOS : Telecomunicaciones que cuentan con Plataforma de Pago.
VISTOS: (i) El Proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General, mediante el cual se estableceran los cargos de interconexion tope por acceso a la plataforma de pago y cargos de interconexion diferenciados correspondientes, conjuntamente con su Exposicion de Motivos; y, (ii) El Informe Sustentatorio de la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL, que sustenta el Proyecto de Resolucion al que se refiere el numeral precedente; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoria Legal;

EXPEDIENTE

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