Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

El Oficio Nº 718-11-AG-DVM-DGAA-70057-11, de fecha 14 de MORDAZA de 2011, mediante el cual la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura, solicita la aprobacion del Reglamento para el Registro de Consultoras Ambientales para Elaborar Estudios Ambientales del Sector Agrario en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental; y, CONSIDERANDO Que, el articulo 3° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece que el Estado disena y aplica las politicas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que MORDAZA necesarias para garantizar el efectivo ejercicio y cumplimiento de los derechos, obligaciones y responsabilidades de caracter ambiental, realizando esta funcion a traves de sus organos y entidades competentes; Que, el articulo 17° de la Ley N° 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, establece que las autoridades sectoriales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, de conformidad con la Politica Ambiental Nacional y las politicas sectoriales, en el MORDAZA de los principios de la gestion ambiental contenidos en el articulo 5º de dicha Ley; Que, en la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento del Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental, dispone que las autoridades competentes deben elaborar o actualizar sus normas relativas a la evaluacion de impacto ambiental, en coordinacion con el Ministerio del Ambiente; Que, la Unica Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento del Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental, establece que hasta la efectiva implementacion del Registro de entidades autorizadas para elaborar Estudios Ambientales que este a cargo del Ministerio del Ambiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 10º, numeral 10.3 de la Ley Nº 27446, las autoridades sectoriales que administran registros que cumplen similar finalidad, en ejercicio de sus facultades legales, siguen a cargo de los mismos de acuerdo con las normas emitidas para tal efecto; Que, el articulo 63° del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto supremo N° 031-2008-AG, establece que la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios, es el organo de linea encargado de ejecutar los objetivos y disposiciones del Sistema Nacional de Gestion Ambiental en el ambito de competencia del Sector Agrario; Que, mediante Informe Nº 311-11-AG-DVM-DGAA70057-2011, la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios, en aplicacion de la normativa vigente MORDAZA citada, ha propuesto la adecuacion del Reglamento del Registro de Consultoras Ambientales del Sector Agrario aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0498-2005-AG, y por consiguiente la aprobacion de un MORDAZA reglamento sobre la materia, el cual recoge los aportes del Ministerio del Ambiente, asi como de personas naturales e instituciones publicas y privadas, como producto del MORDAZA de consulta a que fuera sometido; Que, siendo asi, resulta necesario aprobar el Reglamento para el Registro de Consultoras Ambientales para Elaborar Instrumentos de Gestion Ambiental del Sector Agrario en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental, con la finalidad de estar acorde a la legislacion ambiental vigente en el ambito de competencia del Sector Agrario; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, la Ley N° 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, el Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento del Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental, el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0312008-AG; SE RESUELVE:

Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental; que consta de cinco (5) Titulos, tres (3) Capitulos, treinta y cinco (35) articulos, cinco (5) Disposiciones Complementarias y Finales, y cuatro (4) anexos los cuales forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Dejar sin efecto el Reglamento del Registro de Consultoras Ambientales del Sector Agrario aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0498-2005-AG, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3°.- El reglamento aprobado en el articulo 1° precedente, sera publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe). Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLASANTE A. Ministro de Agricultura

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Encargan funciones de Viceministro de Agricultura
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0326-2011-AG
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 011-2011-AG de fecha 27 de MORDAZA de 2011, se acepto con efectividad al 28 de MORDAZA de 2011, la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Viceministro de Agricultura; Que, se ha visto por conveniente encargar las funciones de Viceministro de Agricultura al Secretario General del Ministerio de Agricultura en tanto se designe a su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008AG; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Encargar, a partir del 28 de MORDAZA de 2011, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General del Ministerio de Agricultura, las funciones de Viceministro de Agricultura en tanto se designe al titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLASANTE A. Ministro de Agricultura

671559-3

Establecen requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de "Porcinos para reproduccion o engorde" siendo su origen y procedencia Canada
RESOLUCION DIRECTORAL N° 007-2011-AG-SENASA-DSA
La MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2011 VISTOS:

Articulo 1°.- Aprobar el Reglamento para el Registro de Consultoras Ambientales para Elaborar Instrumentos de Gestion Ambiental del Sector Agrario en el MORDAZA del

El Informe Nº 410-2011-AG-SENASA-SCA-DSA el cual recomienda se publiquen los requisitos sanitarios para la

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