Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447565

Aprueban cambio de titularidad de licencia de operacion a favor de Friomar S.A.C. para procesamiento de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 405-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 30 de junio del 2011 Visto: el Escrito con Registro Nº 31704 y su Adjunto 01 y 02 de fechas 12 de MORDAZA, 09 y 16 de junio de 2011, respectivamente, presentados por la empresa FRIOMAR S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, la Resolucion Directoral N° 225-98-PE/DNPP del 04 de diciembre de 1998, otorga a MORDAZA OCEAN FOODS S.A licencia de operacion en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de su planta de enlatado y de su planta de harina de pescado residual como parte integrante y de uso exclusivo en el sistema de tratamiento de residuos de pescado y especies desechadas y/o descartadas provenientes de su actividad principal, instaladas en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA Industrial El Tablazo ­Paita, provincia de Paita, departamento de MORDAZA con capacidades instaladas de 411 cajas/turno y de 5 t/h de residuos y desechos de pescado, respectivamente; Que, el Articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que durante la vigencia de la licencia de operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, a traves del escrito y su adjunto del visto, la empresa FRIOMAR S.A.C solicita el cambio de titular a su favor de la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Directoral N° 225-98-PE/DNPP a la empresa MORDAZA OCEAN FOODS S.A.C.; Que, el Certificado de Numeracion N° 008-2011SGPLU.CAT.y.A.A.H.H emitido por la Municipalidad Provincial de Paita, en fecha 26 de MORDAZA de 2011, certifica que ha verificado la Declaracion Jurada del Autoavaluo correspondiente al ano fiscal 1980 presentada, la direccion del predio estaba registrada como MORDAZA Industrial El Tablazo Paita, pero de acuerdo a los antecedentes que obran en la Sub-Gerencia de Planeamiento MORDAZA, Catastro y Asentamientos Humanos (Base Digital y Archivos Fisicos), se ha podido constatar que el predio figura con la numeracion que a continuacion se indica, de acuerdo a las Normas establecidas para la Nomenclatura de Calles y Numeracion de Cuadras y concordante con la Ordenanza Municipal N° 003-2005-CPP y a solicitud del recurrente, le corresponde la siguiente ubicacion: MORDAZA Industrial II MORDAZA Los Opalos Manzana "G" Lote N° 01, Codigo Catastral N° 010301901010101001, de propiedad de MORDAZA OCEAN FOODS S.A.C.; Que, a fin de acreditar el derecho sobre el predio, la administrada presenta Contrato de Arrendamiento de Local Industrial suscrito con la empresa MORDAZA OCEAN FOODS S.A.C., de fecha 01 de MORDAZA de 2011. En la clausula decimo tercera del referido contrato las partes acuerdan que el plazo de duracion de dicho contrato es MORDAZA e indefinido, sin tener fecha ni plazo de vencimiento o termino. Tambien senala que el arrendatario (FRIOMAR S.A.C) actuando en forma unilateral o individual podra reincidir y dar por finalizado el contrato comunicando a la arrendadora (NEPTUNE OCEAN FOODS S.A.C) con 30 dias de anticipacion; Que, de la evaluacion de los documentos que obran en el expediente, se ha verificado que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, y con terminos y condiciones que establece el Articulo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca, por lo que resulta procedente aprobar lo solicitado;

Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe N° 4732011-PRODUCE/DGEPP-Dch de fecha 14 de junio de 2011, y el Informe Legal N° 738-2011-PRODUCE/DGEPP de fecha 24 de junio de 2011; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa FRIOMAR S.A.C el cambio de titularidad de la licencia de operacion otorgada a la empresa MORDAZA OCEAN FOODS S.A.C mediante Resolucion Directoral N° 225-98-PE/DNPP, para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos a traves de las Plantas de Enlatado y de Harina Residual como actividad complementaria a la actividad principal (Enlatado) y de uso exclusivo para el procesamiento de sus residuos y pescado descartado, con capacidades instaladas de 411 cajas/turno y de 5 t/h, respectivamente, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA Industrial II MORDAZA Los Opalos, Manzana "G" Lote N° 01 del distrito y provincia de Paita, departamento de Piura. Articulo 2°.- En caso el contrato de arrendamiento celebrado entre las empresas FRIOMAR S.A.C y MORDAZA OCEAN FOODS S.A.C quede sin efecto, la titularidad de la licencia de operacion revertira a favor de la empresa MORDAZA OCEAN FOODS S.A.C. Articulo 3º.- La empresa FRIOMAR S.A.C debera operar sus Plantas de Enlatado y de Harina Residual como actividad complementaria a su actividad principal (Enlatado) y de uso exclusivo para el procesamiento de sus residuos y pescado descartado, cumpliendo con las normas tecnico - sanitarias, ambientales y legales contenidas en el ordenamiento juridico pesquero con la finalidad de garantizar el desarrollo sostenido de la actividad de procesamiento pesquero. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia y a la Direccion Regional de Pesqueria de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

671574-2

Declaran improcedente solicitud de autorizacion de instalacion de establecimiento industrial pesquero presentada por Frigorifico MORDAZA S.R.L.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 406-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 30 de junio del 2011 Visto: Los escritos de registro Nº 00039125-2011 y sus adjuntos de fechas 06, 11 y 18 de MORDAZA, 01, 07 y 24 de junio de 2011, presentados por la empresa FRIGORIFICO MORDAZA S.R.L. CONSIDERANDO: Que, el literal b) del articulo 43º del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el Reglamento de la Ley General de Pesca, las personas naturales y juridicas requeriran autorizacion para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros; Que, el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que, las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos

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