Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

de tabaco en los fumadores habituales en entre dos y cuatro cigarrillos diarios (...) y ayudan a quienes quieren dejar de fumar, asi como a los que ya lo han logrado, a abandonar el tabaco a largo plazo. En los Estados Unidos, el consumo por habitante es entre un 5% y un 20% inferior en los estados en los que hay en MORDAZA leyes integrales sobre ambientes libres de humo de tabaco que en los que carecen de ellas (...). Se estima que la prohibicion total de fumar en lugares [de] trabajo implantada en varias naciones industrializadas ha reducido la prevalencia del tabaquismo entre los trabajadores en un promedio del 3,8%, el consumo medio de tabaco entre los trabajadores que siguen fumando en 3,1 cigarrillos diarios, y el consumo total de tabaco entre los trabajadores en un promedio del 29% (...). Las personas que trabajan en lugares completamente libres de humo de tabaco tienen practicamente el doble de posibilidades de dejar de fumar que las que trabajan en lugares donde no se aplican este MORDAZA de politicas, y el consumo diario de quienes siguen fumando se reduce en cerca de cuatro cigarrillos al dia (...). Tras la promulgacion de una legislacion integral sobre ambientes libres de humo de tabaco en Irlanda, alrededor del 46% de los fumadores declararon que la nueva ley les habia hecho mas propensos a dejar de fumar; el 80% de quienes consiguieron abandonar el tabaco afirmaron que la ley les habia ayudado a lograrlo y el 88% que la ley les estaba ayudando a no retomar el habito (...). En Escocia, el 44% de las personas que habian dejado de fumar indicaron que la legislacion sobre ambientes libres de humo de tabaco les habia ayudado a abandonar el tabaco (...)" (p. 29). 87. Similar ha sido lo referido por el Procurador del Congreso, citando el Informe OMS respectivo del ano 2008 (cfr. escrito de contestacion de la demanda, p. 48). 88. Asimismo, la Clinica Juridica de Acciones de Interes Publico de la Facultad de Derecho de la PUCP, en su Informe, citando a Valdes MORDAZA, Raydel, MORDAZA Tang, MORDAZA, Stillman, MORDAZA A., Wipfli, MORDAZA y Samet, MORDAZA, "Leyes que prohiben fumar", en: Revista de Salud Publica de Mexico, vol. 50, suplemento 3 de 2008, p. 337, ha dado cuenta de lo siguiente: "...la creacion de espacios 100% libres de humo de tabaco es una medida efectiva porque reduce la prevalencia de consumo de tabaco, el numero promedio de cigarrillos por dia y promueven la cesacion. Lo anterior se logra cuando se MORDAZA estrictamente por el cumplimiento de la ley; si solo existe una legislacion fuerte que se cumple relajadamente, su impacto sera practicamente nulo. (...) Un metaanalisis que incluyo 26 estudios sobre el impacto de la prohibicion de fumar en lugares de trabajo en EUA, Canada, Australia y Alemania concluye inequivocamente que la medida no solo protege a los no fumadores de la exposicion al humo de tabaco, sino que tambien estimula a los fumadores a reducir su consumo. Existe una gran diferencia en el impacto que se logra con restricciones totales a cuando solo existe una restriccion parcial. Se ha estimado que donde existe una legislacion integral y sobre todo, que se MORDAZA por su cumplimiento, puede reducir el consumo de cigarrillos... [Este estudio tiene la siguiente referencia: Fichtenberg CM, Glantz SA: Effect of smokefree workplace on smoking behaviour: systematic review. BMJ 2002; 325:188]" (p. 31). 89. Complementando este criterio, el O'Neill Institute for National and Global Health Law, de la Escuela de Derecho de la Universidad de Georgetown, la Campaign for Tobacco Free Kids y la Alianza para el Convenio MORDAZA, han sostenido en su Informe que "[d]e acuerdo a investigaciones cientificas, las leyes de ambientes libre de humo llevaron a una reduccion del 3 por ciento de las tasas de fumadores y a una disminucion de tres cigarrillos fumados por dia entre quienes continuaban fumando, con lo que se demuestra [la] idoneidad [de la medida]" (p. 6). 90. Ninguno de estos argumentos ha sido contradicho por los demandantes. Las prohibiciones cuestionadas pues, claramente, resultan idoneas para la reduccion sustancial del consumo de tabaco. Por ende, son idoneas para proteger la salud de los fumadores y para reducir los costos de atencion sanitaria que estos puedan requerir. Esto ultimo, por lo demas, ha sido ya confirmado por diversos estudios. En efecto, la Organizacion Mundial de la Salud tiene establecido que:

"...las leyes sobre ambientes libres de humo de tabaco propician mejoras en la salud respiratoria al poco tiempo de su promulgacion. En Escocia, los empleados de bar experimentaron, a los tres meses de la introduccion de una legislacion integral en la materia, una disminucion del 26% de los sintomas respiratorios; los trabajadores asmaticos pasaron a tener las vias respiratorias menos inflamadas (...). En California, los empleados de bar registraron una reduccion del 59% en los sintomas respiratorios y una disminucion del 78% en los sintomas de irritacion de los organos sensoriales transcurridas ocho semanas desde la implantacion de una nueva ley que prohibe fumar en los locales de hosteleria. Incluso los niveles bajos de exposicion al humo ajeno tienen un efecto clinico importante en el riesgo de padecer enfermedades cardiovasculares (...). Los ambientes libres de humo de tabaco reducen la incidencia de infarto de miocardio entre la poblacion general practicamente de inmediato, incluso en los primeros meses siguientes a su implantacion (...). Diversos estudios confirman la disminucion de las hospitalizaciones por infarto de miocardio tras la promulgacion de una legislacion integral sobre ambientes libres de humo de tabaco (...). Por otra parte, muchos de esos estudios, realizados en jurisdicciones subnacionales (estados/ provincias y municipios) pertenecientes a paises en los que no hay en MORDAZA ninguna legislacion nacional en la materia, muestran no solo el impacto de las medidas legislativas en cuestion, sino tambien los beneficios potenciales asociados a la promulgacion de leyes a nivel local cuando no se aplican prohibiciones de alcance nacional. (...) Entre 1988 y 2004, periodo durante el cual California implanto una legislacion integral en la materia, las tasas de morbilidad por cancer de pulmon o de bronquios disminuyeron cuatro veces mas rapido en dicho estado que en el resto de los Estados Unidos de America" (cfr. Informe OMS sobre la epidemia mundial de tabaquismo, 2009. Consecucion de ambientes libres de humo de tabaco, p. 28). 91. En ese mismo sentido, el O'Neill Institute for National and Global Health Law, de la Escuela de Derecho de la Universidad de Georgetown, la Campaign for Tobacco Free Kids y la Alianza para el Convenio MORDAZA, refieren que desde la implementacion de medidas como las aqui cuestionadas, "Escocia ha experimentado una reduccion del 17 por ciento en las internaciones por ataques cardiacos en 9 hospitales importantes [Sally Haw. Scotland's Smokefree Legislation: Results from a comprehensive evaluation. Presentation given at the Towards a Smokefree Society Conference. Edinburgh Scotland, 10 - 11 Septiembre 2007. Disponible en: http://www.smokefreeconference07. com/programme.php]. Asimismo, estudios llevados a cabo en los Estados Unidos e Italia han revelado que la cantidad de hospitalizaciones por ataques cardiacos se ha reducido considerablemente despues de la implementacion de leyes estrictas de ambientes libres de humo en lugares publicos y de trabajo [Sargent RP, Shepard RM, Glantz SA (2004) Reduced incidence of admissions for myocardial infarction associated with public smoking ban: before and after study. British Medical Journal. 328(7446):97780. Disponible en: http://www.bmj.com/cgi/content/short/ bmj.38055.715683.55v1 / Bartecchi C, Alsever RN, NevinWoods C et al (2006) Reduction in the incidence of acute myocardial infarction associated with a citywide smoking ordinance. Circulation 114(14):1490-6. Disponible en: http://circ.ahajournals.org/cgi/content/short/CIRCULATION AHA.106.615245v1]" (cfr. Informe, p. 4). 92. En consecuencia, las prohibiciones incoadas superan el subprincipio de idoneidad. §8. Las prohibiciones cuestionadas ¿superan el subprincipio de necesidad? 93. Para que una medida restrictiva de un derecho fundamental, no supere el subprincipio de necesidad, debe ser evidente la existencia de una medida alternativa que, restringiendo en menor medida el derecho fundamental concernido, permita alcanzar con cuando menos igual idoneidad el fin constitucionalmente valido perseguido. 94. En el presente caso, ello se traduce del modo siguiente: las prohibiciones de crear espacios publicos cerrados solo para fumadores, y de fumar en las areas abiertas de los establecimientos dedicados a la educacion

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