Norma Legal Oficial del día 02 de Junio del año 2011 (02/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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sesiones continuas de rehabilitacion. De otro lado, el Director Regional de Salud de MORDAZA mediante Oficio N° 1527-2010 -REGION MORDAZA DIRES/OPE de fecha 11 de agosto de 2010, senala que en la Provincia de Ocros no existe Hospital del Ministerio de Salud, ni de EsSalud, unicamente hay Postas Medicas y Centros de Salud, por tanto no es posible atencion medica especializada. Quinto: Que, siendo asi, fluye del analisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a la razon de salud expuesto por la juez MORDAZA MORDAZA Bajonero MORDAZA, motivo por el cual al concurrir los requisitos exigidos por el articulo 3° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial; es del caso declarar fundada la peticion formulada y disponer su traslado al MORDAZA Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Los MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, que en la actualidad se encuentra vacante. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de fojas 206 a 209, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado por motivo de salud presentada por la doctora MORDAZA MORDAZA Bajonero MORDAZA, Juez titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Ocros, Corte Superior de Justicia de Ancash; en consecuencia, se dispone su traslado al MORDAZA Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Los MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y MORDAZA Norte, Gerencia General del Poder Judicial, y a la interesada, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAR CHAPARRO MORDAZA

"UNIVERSIDAD INTERAMERICANA PARA EL DESARROLLO"
VISTOS: El Oficio Nº 001-2011-PROMOTORA/UNID recibido con fecha 06 de enero de 2011, la Resolucion Nº 065-2011-CONAFU de fecha 03 de febrero de 2011, el Oficio Nº 252-A -2011-CONAFU-P de fecha 14 de febrero de 2011, el Oficio Nº 003-2011-PROMOTORA/UNID recibido con fecha 18 de marzo de 2011, el Oficio Nº 3372011-CONAFU-CDAA de fecha 05 de MORDAZA de 2011, y el Acuerdo Nº 275-2011-CONAFU de la sesion ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 20 de MORDAZA de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, en el articulo 3º del Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Publicas y Privadas..."; en concordancia con el articulo 10° del mismo cuerpo normativo, que establece: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: p) Pronunciarse sobre la vacancia de los miembros de las Comisiones Organizadoras por las causales especificadas en el Reglamento de la materia";...t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatutos o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, se establece que: "Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comision Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal"; Que, en el articulo 20º del Reglamento, establece que: "Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria..."; Que, en el articulo 21º del Reglamento, se establece que: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, por Oficio Nº 001-2011-PROMOTORA/UNID recibido con fecha 06 de enero de 2011, el Representante de la Promotora de la Universidad Interamericana para el Desarrollo, manifesto que la Comision Organizadora de dicha universidad no ha sido reconocida en razon de haberse observado al Dr. MORDAZA MORDAZA Paucarima, requiriendole el pago de la tasa para dicho reconocimiento; asimismo manifiesta que respecto al Vicepresidente Academico y la Gerente General, aprobados en el PDI, no existe ninguna observacion, razon por la cual procede su reconocimiento conforme a ley. Sin embargo, en tanto se resuelva si procede o no el reconocimiento del Presidente de la Comision Organizadora con o sin el pago de la tasa en virtud del recurso de reconsideracion presentado, solicito que provisionalmente se reconozca al Vicepresidente Academico como Presidente de la Comision Organizadora, a fin de iniciar sus actividades academicas programadas para el ano 2011; Que, mediante Resolucion Nº 065-2011-CONAFU de fecha 03 de febrero de 2011, se resolvio: Reconocer a los miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Interamericana para el Desarrollo, la misma que estara conformada por los siguientes profesionales: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en calidad de Vicepresidente Academico y Gerente General, respectivamente; Que, mediante Oficio Nº 252-A -2011-CONAFUP de fecha 14 de febrero de 2011, el Presidente del CONAFU comunico a la Universidad Interamericana para

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ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Encargan al Vicepresidente Academico de la Comision Organizadora de la Universidad Interamericana para el Desarrollo, el cargo de Presidente de la misma
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 222-2011-CONAFU
MORDAZA, 03 de MORDAZA de 2011

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