Norma Legal Oficial del día 02 de Junio del año 2011 (02/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de junio de 2011

los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa. Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, precisa que los Gobiernos Regionales tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo, asi como garantizar el ejercicio pleno de los derechos y a la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas regionales, nacionales y locales de desarrollo; Que, mediante la Ley Nº 29381 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, establece que, el Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo es un organo consultivo encargado de promover la discusion y concertacion de politicas en materia de trabajo, promocion y prevision social en funcion del desarrollo nacional y regional, cuyo objeto es la discusion y concertacion de politicas en materia de trabajo, de promocion del empleo y proteccion social en funcion del desarrollo nacional y regional. Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2005-TR, se aprueba el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo, que en su Articulo 20º establece que es funcion del mismo, vincularse con otros espacios de dialogo nacional e internacional y con los Consejos Regionales creados o que puedan crearse. Que, el Articulo 48º Literal d) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece funciones en materia de trabajo y promocion del empleo y la pequena y microempresa, el promover el dialogo y la concertacion con las organizaciones representativas de los trabajadores, empleadores y sectores de la sociedad vinculados en materia de trabajo, promocion del empleo, formacion profesional y fomento de la micro y pequena empresa, en total MORDAZA con las competencias atribuidas al Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo, que es un organo consultivo del Ministerio del Trabajo y Promocion del Empleo. Que, estando a los fundamentos expuestos ut supra, se hace de imperiosa necesidad de conformar el Consejo Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de Huancavelica, el cual tendra como funcion, la discusion y concertacion de politicas en materia de trabajo, de promocion y prevision del empleo en funcion del desarrollo regional, concordante con las politicas de desarrollo nacional, promoviendo la participacion de todos los sectores involucrados a traves de la ejecucion de los procesos de planificacion, gestion, vigilancia y evaluacion del desarrollo laboral en la region Huancavelica. Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el MORDAZA unanime de sus miembros; ORDENA: Articulo Primero.- CREAR el Consejo Regional del Trabajo y Promocion del Empleo de Huancavelica, la misma que estara integrada de la siguiente manera: - El Presidente del Gobierno Regional o a quien delegue ------------- Preside - La Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, quien asume la Secretaria Tecnica. - Un representante de la Direccion Regional de la Produccion. - Un representante de la Camara de Comercio de Huancavelica - Un representante de la Asociacion de Hoteles y Restaurantes. - Un representante de las Organizaciones de Micro y Pequena Empresa. - Un representante de las Organizaciones Sindicales de la Region Huancavelica. - Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales vinculados a los sectores productivos.

- Un representante de las Municipalidades Provinciales de la Region Huancavelica. - Un representante del Consejo Regional de Decanos de los Colegios Profesionales de la Region Huancavelica. - Un representante de la Universidad Nacional de Huancavelica. - Un representante de las Universidades Privadas de la Region Huancavelica. - Un representante del Sindicato Unico de Trabajadores de Educacion Peruana - Base Huancavelica. - Un representante de la Defensoria del Pueblo. - Un representante de la Federacion de Comunidades Campesinas de Huancavelica. - Un representante del Consejo Regional de Huancavelica. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, gestionar los recursos economicos y logisticos necesarios que permitan el adecuado funcionamiento del Consejo Regional de Trabajo y Promocion del Empleo Articulo Tercero.- FACULTAR a la Secretaria Tecnica del Consejo Regional del Trabajo y Promocion del Empleo de Huancavelica, la elaboracion de su Reglamento de Organizacion y Funciones, en un plazo de 30 dias calendario posteriores a la publicacion de la presente Ordenanza Regional, la misma que sera aprobada mediante Decreto Regional y que se MORDAZA cuenta al Consejo Regional de Huancavelica. Articulo Cuarto.- Comuniquese la presente Ordenanza Regional a los organos competentes para su conocimiento y fines pertinentes. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica a los dieciseis dias del mes de Febrero del dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BENITES. Consejero Delegado. POR TANTO: Mando se Publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los diecisiete dias del mes de febrero del ano dos mil once. MACISTE A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

647666-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican Cuadro para Asignacion de Personal del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas - MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA N° 137-2011-PATPAL-FBB/MML
San MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2011. VISTOS: El Informe N° 529-2011/OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando Nº 396-2011/OA de la Oficina de Administracion, el Informe Tecnico remitido por la Oficina de Planificacion y Presupuesto mediante Informe Nº 060-2011/OPP, el Informe N° 068-2011-OAJ; y,

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