Norma Legal Oficial del día 02 de Junio del año 2011 (02/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de junio de 2011

Articulo Segundo.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en un lugar visible del Palacio Municipal y Sedes Administrativas respectivamente. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. AURA MORDAZA RUESTA DE MORDAZA Alcaldesa

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 003-2011-MDCH, sobre amnistia tributaria
ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2011-MDCH
Chancay, 28 de MORDAZA del 2011. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY. VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que aprueba por sesenta (60) dias la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 0032011-MDCH. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado las municipalidades son organos de gobierno local y que por tanto poseen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con los limites que la propia Carta Magna y su Ley Organica les impone; Que, el articulo 9° numeral 9 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972 corresponde al Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, a su vez el articulo 40° del cuerpo legal citado en el numeral precedente establece que mediante Ordenanzas se crean, modifican suprimen o exoneran los

arbitrios, tasas, licencias, derechos, contribuciones, dentro de los limites establecidos por la Ley; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 003-2011MDCH/A de fecha 28 de enero del 2011 se aprobo la Ordenanza de Amnistia Tributaria que aprueba un regimen de beneficios tributarios a favor de las personas naturales y juridicas que registran deuda vencida al 31 de diciembre del 2010 por tributos que se encuentren en cobranza ordinaria, beneficios como la condonacion del 100% de los intereses moratorios y reajustes correspondientes del Impuesto Predial. Arbitrios y Multas Tributarias comprendidas en los articulos Primero. MORDAZA Tercero de la referida ordenanza; Que. teniendo en cuenta que la Ordenanza Municipal N° 003-2011-MDCH/A viene logrando su objetivo de incentivar el pago de tributos pendientes para asi alcanzar la meta fijada por el Ministerio de Economia y Finanzas a traves del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal y existiendo aun contribuyentes con voluntad de acogerse a sus alcances corresponde prorrogar su vigencia de manera excepcional por el plazo de sesenta (60) dias; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9° numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades. Ley N° 27972. el Concejo Municipal por unanimidad y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRORROGA DE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2011-MDCH
Articulo Primero.- APROBAR la PRORROGA de la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 003-2011-MDCH. de fecha 28 de enero del 2011, en sus tres primeros articulos, por un plazo de sesenta (60) dias calendario computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Oficina de Secretaria General para que con arreglo a sus atribuciones y responsabilidades funcionales, proceda a la publicacion y difusion de la presente Ordenanza de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCION

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