Norma Legal Oficial del día 03 de Junio del año 2011 (03/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de junio de 2011

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 27.1 del articulo 27° de la Ley Nº 28740 y en el articulo 43° del Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designacion del Directorio del CONEACES Designar a partir de la fecha a los miembros del Directorio del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria - CONEACES, el cual quedara integrado por las siguientes personas: - Sr. MORDAZA MORDAZA Aramayo MORDAZA, por el Ministerio de Educacion; - Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion TecnologicaCONCYTEC; - Ing. MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, por los Institutos Superiores Privados; - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Donohue, por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo IndustrialSENATI; - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los Gremios Empresariales; - Dr. MORDAZA MORDAZA Ludena Saldana, por el Centro Nacional de Planeamiento Estrategico-CEPLAN. Articulo 2º.- De la renovacion por tercios Los miembros son designados por un periodo de tres anos, renovables por tercios cada ano, conforme lo establece el numeral 1 del articulo 27° de la Ley N° 28740. Articulo 3º.- De la convalidacion de los actos Convalidese los actos emitidos por el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria-CONEACES, desde el 08 de febrero del 2011 hasta la fecha de publicacion de la presente Resolucion Suprema. Articulo 4º.- Del Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 648679-13

la Organizacion de los Estados Americanos relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores de la Mision de Observacion Electoral para las Elecciones Generales del 10 de MORDAZA de 2011", fue formalizada mediante intercambio de Notas Diplomaticas entre el Secretario General de la Organizacion de los Estados Americanos (OEA), de 26 de MORDAZA de 2011, y el Representante Permanente del Peru ante la Organizacion de los Estados Americanos, Nota Nro. 7-5-M/269 de 04 de MORDAZA de 2011. Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la Enmienda al "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Secretaria General de la Organizacion de los Estados Americanos relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores de la Mision de Observacion Electoral para las Elecciones Generales del 10 de MORDAZA de 2011", formalizada mediante intercambio de Notas Diplomaticas entre el Secretario General de la Organizacion de los Estados Americanos (OEA), de 26 de MORDAZA de 2011, y el Representante Permanente del Peru ante la Organizacion de los Estados Americanos, Nota Nro. 7-5-M/269 de 04 de MORDAZA de 2011. Articulo 2°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de junio del ano dos mil once MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 648679-7

Ratifican Enmienda al "Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana"
DECRETO SUPREMO N° 070-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican la Enmienda al "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Secretaria General de la Organizacion de los Estados Americanos relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores de la Mision de Observacion Electoral para las Elecciones Generales del 10 de MORDAZA de 2011"
DECRETO SUPREMO N° 069-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda al "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Secretaria General de

CONSIDERANDO: Que, la Enmienda al "Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana", fue formalizada mediante intercambio de Notas, Nota 5-13M/235 de la Embajada del Peru en el Reino de Espana de 04 de agosto de 2008 y Nota Verbal Num. 44/15 del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion del Reino de Espana de 9 de marzo de 2009. Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional. Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 57° y 118° inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2° de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherirse a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso. DECRETA: Articulo 1°.- Ratificase la Enmienda al "Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana", formalizada mediante intercambio de Notas, Nota 5-13-M/235 de la Embajada del Peru en el Reino de Espana de 04 de agosto de 2008 y Nota Verbal Num. 44/15

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