Norma Legal Oficial del día 03 de Junio del año 2011 (03/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion Jefatural. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente resolucion y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion del contenido de la misma. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 648419-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Establecen la conformacion de la Comision Ambiental Metropolitana constituida mediante la Ordenanza Nº 1016
DECRETO DE ALCALDIA N° 003 MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2011 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 25° de la Ley N° 28245 - Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, concordante con el articulo 49° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-PCM, establecen que la Comision Ambiental Municipal (CAM) es la instancia de gestion ambiental encargada de coordinar y concertar la politica ambiental, asi como promover el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza N° 1016, instituye el Sistema Metropolitano de Gestion Ambiental como instrumento de gestion concordante con el Sistema Nacional de Gestion Ambiental y como parte de la Politica Nacional Ambiental, con la finalidad de efectivizar la aplicacion de las politicas, planes, programas y acciones para asegurar un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la MORDAZA de los habitantes de la provincia de Lima; Que, dado el regimen especial de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el articulo 6° de la Ordenanza N 1016 citada, se constituyo la Comision Ambiental Metropolitana (CAM) como organo consultivo del ente rector del Sistema Metropolitano de Gestion Ambiental, encargado de brindar apoyo en las gestiones de coordinacion y concertacion de la politica ambiental en la provincia de Lima; promover el dialogo y el acuerdo entre los actores locales y ex Consejo Nacional del Ambiente (absorbido por el Ministerio del Ambiente), ademas de actuar como gestor de la Cooperacion Internacional para la obtencion de recursos que seran destinados a mejorar la gestion ambiental en la provincia de Lima; Que, en el ultimo parrafo del articulo 6° de la Ordenanza N° 1016 in comento, se establece que la Comision Ambiental Metropolitana estara integrada por aquellos actores del nivel local del sector publico, sector privado y la sociedad civil, los cuales seran designados por Decreto de Alcaldia; Que, mediante el Decreto de Alcaldia N° 015 de fecha 2 de febrero de 2009, publicado en el diario oficial El Peruano el 6 del mismo mes y ano, se designo a los integrantes de la Comision Ambiental Metropolitana (CAM), entre representantes de las municipalidades distritales de las zonas norte, este, sur y centro de la provincia de MORDAZA, de los Ministerios del Ambiente y de la Produccion, de la Direccion General de Salud - DIGESA, de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Peru - DICAPI y del ex Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA (absorbido por el Ministerio del Ambiente). Asimismo, por representantes de instituciones privadas: Camara de Comercio de MORDAZA, Sociedad Nacional de Industrias y Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL, y por representantes de organizaciones de la Sociedad Civil: Colegio de Ingenieros del Peru, Colegio de Arquitectos del Peru y un representante de las Organizaciones No Gubernamentales; Que, segun el Informe Anual 2010 de la Comision Ambiental Metropolitana (CAM), presentado por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, la inasistencia de los

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 6185-2011 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Herencia Vicuna para que se le autorice la inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesiones de la Comision Evaluadora de fechas 3 y 24 de marzo del 2011, convocadas de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 10º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA Herencia Vicuna con matricula Nº N-4034 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 647604-1

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