Norma Legal Oficial del día 03 de Junio del año 2011 (03/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES
e) Sociedad Civil

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de junio de 2011

integrantes a las reuniones convocadas tanto de la CAM como de los Grupos Tecnicos Metropolitanos (GTM) durante los anos 2009 y 2010, afecto las actividades de MORDAZA instancias, exigiendose una participacion mas activa a fin de obtener resultados sostenibles en la Gestion Ambiental Metropolitana; Que, aunado a lo anterior, la MORDAZA de nuevas autoridades municipales para el periodo 2011- 2014 Y la alternancia de los representantes de las municipalidades distritales y de los organismos no gubernamentales, evidencia la necesidad de reconformar la Comision Ambiental Metropolitana (CAM), con la finalidad de que sus integrantes -entre instituciones y personas naturalesno solo esten comprometidos con la gestion ambiental en la provincia de MORDAZA, sino que cuya especialidad y experticia contribuyan mejor a la funcion consultiva que le corresponde a la CAM; Que, dado lo anterior, si bien la presencia de actores como instituciones y entidades publicas y privadas relacionadas a la gestion ambiental resulta importante en la composicion de la CAM, tambien lo es la participacion de determinadas personas cuya experiencia y reconocida trayectoria en la materia, enriquecera y aportara mas y mejor a las funciones que le competen a la CAM, como organo consultivo del ente rector del Sistema Metropolitano de Gestion Ambiental, lo que redundara en la mejora del ambiente en beneficio de la poblacion de la provincia de Lima; Estando a lo expuesto y, con las opiniones favorables de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, Subgerencia de Medio Ambiente, Gerencia de Asuntos Juridicos y la Subgerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana; DECRETA: Articulo 1°.- COMPOSICION DE LA COMISION AMBIENTAL METROPOLITANA (CAM) La Comision Ambiental Metropolitana (CAM), constituida por la Ordenanza N° 1016 - Sistema Metropolitano de Gestion Ambiental, estara conformada de la siguiente manera: a) Municipalidad Metropolitana de MORDAZA - La Alcaldesa Metropolitana de MORDAZA o su representante, quien la presidira. - El Gerente de Servicios a la MORDAZA o su representante. b) Municipalidades Distritales - Un MORDAZA Distrital o su representante, representacion de las distritales de la MORDAZA norte. - Un MORDAZA Distrital o su representante, representacion de las distritales de la MORDAZA este. - Un MORDAZA Distrital o su representante, representacion de las distritales de la MORDAZA sur. - Un MORDAZA Distrital o su representante, representacion de las distritales de la MORDAZA centro. c) Instituciones Publicas - El Director General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Agricultura o su representante. - El Director General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud o su representante. - El Director de la Oficina del Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento o su representante. - El Director de Asuntos Ambientales de Industria del Ministerio de la Produccion o su representante. d) Instituciones Privadas - El Presidente de la Camara de Comercio de MORDAZA o su representante. - El Presidente de la Sociedad Nacional de Industrias o su representante. en en en en

- El Presidente del Capitulo de Ingenieria Sanitaria y Ambiental de MORDAZA del Consejo Departamental de MORDAZA del Colegio de Ingenieros del Peru o su representante. - El Presidente del Comite de Salud Publica del Colegio Medico del Peru o su representante. - Un representante del Colegio de Arquitectos del Peru, con especialidad ambiental. - Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales de la provincia de Lima. - Un representante de las organizaciones vecinales del Cercado de MORDAZA, designado por Resolucion del Gerente de Participacion Vecinal. f) Especialistas ambientales - Cinco (5) especialistas ambientales de reconocida trayectoria y experiencia en gestion ambiental, que seran convocados por el Gerente de Servicios a la Ciudad". Articulo 2°.- ACREDITACION DE REPRESENTANTES Las instituciones publicas y privadas deberan acreditar a sus representantes ante la Gerencia de Servicios a la MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en un plazo MORDAZA de 15 dias habiles, contados a partir de la publicacion del presente Decreto de Alcaldia. El Gerente de Servicios a la MORDAZA, una vez acreditados los representantes, expedira una resolucion reconociendolos como integrantes de la Comision Ambiental Metropolitana (CAM). Articulo 3°.- MODIFICACION DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA CAM El Gerente Municipal Metropolitano debera aprobar la adecuacion del Reglamento Interno de la Comision Ambiental Metropolitana (CAM), aprobado por Resolucion de Gerencia Municipal Metropolitana N° 008 de 19 de enero de 2010, a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia. Articulo 4°.- DEROGATORIA Derogar el Decreto de Alcaldia N° 015 de fecha 2 de febrero de 2009. Articulo 5°.- VIGENCIA El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario Oficial El Peruano, debiendo a la vez ser publicado en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 647932-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban Ordenanza para la Regularizacion de Edificaciones (Licencia de Edificacion y Declaratoria de Edificacion)
ORDENANZA Nº 237-2011-MDI Independencia, 23 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO, En Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 047-2011-SGOPP/GGU/MDI, Informe Nº 263-2011-

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