Norma Legal Oficial del día 03 de Junio del año 2011 (03/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

443808

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de junio de 2011

Articulo Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y el Organo Desconcentrado Sistema de Salud Municipal de Ventanilla la presente Ordenanza a fin de que actuen segun fuere su competencia. Articulo Quinto.- Incorporar al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobado mediante Ordenanza N° 04-2011/MDV, el Regimen de infracciones y sanciones administrativas establecido en el articulo 24° de la presente Ordenanza. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 648669-1

APROBO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE EXTRACCION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION - ACARREO, UBICADOS EN LOS ALVEOS, CAUCES DE LOS MORDAZA Y CANTERAS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE VENTANILLA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo Primero.- La presente Ordenanza tiene por objeto, regular el otorgamiento y vigencia de la autorizacion para la extraccion de materiales de construccion, ubicados en los alveos, cauces de los MORDAZA y canteras en la jurisdiccion del Distrito; la aplicacion del derecho por extraccion y la aplicacion de las sanciones por el incumplimiento de la presente MORDAZA de caracter general. Articulo Segundo.- A partir de la vigencia de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y la Ley Nº 28221 los derechos que deben abonarse por la extraccion de materiales de construccion ubicados en los alveos y cauces de los MORDAZA, asi como de las canteras localizadas dentro de la jurisdiccion del Distrito de Ventanilla, sin excepcion, constituyen rentas del referido Gobierno Local. Articulo Tercero.- Los recursos recaudados por este concepto constituyen ingresos propios de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- Para los efectos de la presente Ordenanza, se tendra en cuenta las siguientes definiciones: a) Materiales objetos de regulacion: minerales no metalicos que acarrean y depositan las aguas en sus alveos o causes, asi como los que se ubican en las canteras y que se utilizan para fines de construccion, tales como los Limos, Arcillas, MORDAZA, Grava, Guijarros, Cantos Rodados, Bloque o Bolones, entre otros. b) Autoridad Municipal Competente: Municipalidad Distrital de Ventanilla dentro de su respectiva jurisdiccion. c) Ley 28221, que regula el derecho por extraccion de materiales de los alveos y causes de los MORDAZA por las Municipalidades. CAPITULO II DEL OTORGAMIENTO DE LAS AUTORIZACIONES Y LOS REQUISITOS Articulo Quinto.- Para el otorgamiento de las autorizaciones, los solicitantes deben acreditar a la Municipalidad, presentando un expediente que contenga la documentacion, derechos de pago y planos adjuntos debidamente firmados por Ingeniero y/o Arquitecto, debidamente colegiado y habilitado, siendo los requisitos los siguientes: 1. Solicitud dirigida al MORDAZA 2. Proyecto Tecnico adjuntando informacion: la siguiente

Establecen el regimen de extraccion de materiales de construccion - acarreo, ubicados en los alveos, cauces de los MORDAZA y canteras
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2011/MDV Ventanilla, 15 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de fecha 15 de MORDAZA de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, preceptuan que las Municipalidades son organos de Gobierno Local, emanados de la voluntad popular, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal y tienen rango de Ley, segun lo establecido en el Articulo 200º numeral 4) de la indicada Carta Politica, correspondiendole al Concejo Municipal de conformidad con su funcion normativa, la aprobacion de la misma; Que, el inc. 9 del Articulo 69º de la Ley Organica de Municipalidades indicada, establece como Rentas Municipales; los derechos por la extraccion de materiales de construccion, localizados en los alveos, cauces de los MORDAZA y canteras de su jurisdiccion, conforme a Ley; Que, dicho articulado le otorga a las Municipalidades la calidad de Renta, a la explotacion de los materiales que se extraen en los alveos, cauces de los MORDAZA y canteras; es decir, corresponde a las Municipalidades conceder no solo el permiso, sino, establecer el valor del derecho de extraccion, recursos que son asumidos como directamente recaudados, distinguiendolos de los ingresos tributarios previstos en los numerales 1 y 2 del Articulo 69º de la Ley 27972; Que, la Ley 28221 ­ Ley que Regula el Derecho por Extraccion de Materiales de los alveos, cauces de los MORDAZA, prescribe que las Municipalidades Distritales y Provinciales en su jurisdiccion, son competentes para autorizar la extraccion de materiales y percibir el derecho correspondiente, que no podra ser superior al derecho de vigencia que MORDAZA los concesionarios mineros no metalicos; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con el Dictamen favorable de la Comision de Promocion Social y Salud, el Concejo Municipal Distrital con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta;

o Memoria Descriptiva. o Evaluacion Geologica. o Planeamiento Minero. o Plan de Seguridad Minera. o Estudio de Impacto Ambiental. o Plan de Apertura, Cierre y Abandono. o MORDAZA de material a extraerse y el volumen del mismo expresado en metros cubicos. o Cauce y MORDAZA de extraccion, asi como puntos de acceso y salida del cauce, todo ello expresado en base a coordenadas UTM. o Planos a escala 1/5,000 en coordenadas UTM de los aspectos mencionados en el inciso anterior. o Ubicacion de las instalaciones de clasificacion y acopio, si las hubiere. o Sistema de extraccion y caracteristicas de la maquinaria a ser utilizada. o Plazo de extraccion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.