Norma Legal Oficial del día 03 de Junio del año 2011 (03/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

443811

VISTO: En la Sesion Ordinaria del Concejo Municipal, de fecha 25 de MORDAZA de 2011; y, CONSIDERANDO Que, la Municipalidad Distrital de Ventanilla, es un organo de Gobierno Local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que le confiere el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que, los Articulos Nº 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, el articulo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, determina que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos en la Gestion Publica; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion. Asimismo el Articulo IX del titulo Preliminar, establece que el MORDAZA de Planeacion Local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos; Que, el articulo 53º de la mencionada ley, senala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdiccion. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificacion. Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo reglamentada por Decreto Supremo Nº 142­ 2009 ­EF, senala en su Articulo 3º que dicho MORDAZA tiene como finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecucion a traves de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estrategicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo optimizar el uso de los recursos a traves de un adecuado control social de las acciones publicas; Que, el Instructivo Nº 01-2010-EF/76.01 aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 10 de MORDAZA del 2010, contiene orientaciones para el desarrollo del MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados; Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participacion de los representantes de la sociedad civil, asi como sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del MORDAZA de desarrollo del Presupuesto Participativo para el ano 2012, el cual permitira asegurar un uso eficiente de los recursos publicos en el desarrollo local; Estando en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CONVOCA Y REGLAMENTA EL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE VENTANILLA PARA EL ANO FISCAL 2012 Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2012, el mismo que consta de siete (VII) capitulos, veintiseis

(26) articulos, cinco (05) disposiciones complementarias y finales y cuatro (04) anexos, cuyo texto integro sera publicado en la Pagina Web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe). Articulo Segundo.- Se CONVOCA a la Sociedad Civil organizada y a las Instituciones Publicas y Privadas del distrito de Ventanilla, a participar del MORDAZA Presupuesto Participativo 2012. Articulo Tercero.- ENCARGAR a las unidades organicas relacionadas a los ejes de desarrollo plasmados en el Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Ventanilla, la facilitacion en las reuniones de capacitacion y talleres de trabajo que se realizaran en las diferentes zonas del distrito. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion Local y Presupuesto, y a la Gerencia de Promocion Social de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 648668-1

Precisan alcances del articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 008-2011-MDV
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2011/MDV-ALC Ventanilla, 18 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El informe Nº 125-2011/MDV-GDU-SGAM de la Sub Gerencia de Autorizaciones Municipales, Informe Nº 672011/MDV-GDU de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y el Informe N° 113-2011/MDV-GLySM de la Gerencia Legal y Secretaria Municipal. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece en su articulo 83° numeral 3.2 que las Municipalidades Distritales ejercen la funcion de regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Provincial; Que, con la Ordenanza Municipal Nº 008-2011/MDV, de fecha 10 de marzo de 2011, se aprobo "Suspender temporalmente el otorgamiento y recepcion de nuevas solicitudes de autorizaciones para el ejercicio del comercio en la via publica en el Distrito de Ventanilla", la cual se dio en merito a los Informes Nº 003-2011/ MDV/GDEL, de la Gerencia de Desarrollo Economico Local y Nº 22-2011/MDV/GDU, de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, ambos de fecha 02 de marzo de 2011, quienes conjuntamente senalaron que el crecimiento del comercio ambulatorio en este distrito se ha realizado sin contar con un Plan de Ordenamiento, lo que ha conllevado a que los referidos comerciantes, MORDAZA estos asociados o no, posean puestos de trabajo ubicados en la via publica, incluso en las zonas declaradas por este municipio, como Zonas Rigidas lo cual atenta contra el ornato del Distrito y la salud de los vecinos de Ventanilla;

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