Norma Legal Oficial del día 10 de Junio del año 2011 (10/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de junio de 2011

el nombramiento no demandara recursos adicionales al tesoro publico y se efectua previo concurso publico de meritos, cuya organizacion sera realizada por la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR. Que, el Consejo Regional en pleno, en sesion extraordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, ha estimado necesario aprobar, el Informe Nº 08-2010-GOREMAD/CR-CPFTPEPYME. Que, de conformidad con el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de sus facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DEROGAR, la Ordenanza Regional Nº 022-2010-GRMDD/CR, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los tres dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los seis dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA KAWAY KOMORI Presidente Regional 650925-1

Declaran en Estado de Emergencia Ambiental el Sector denominado La MORDAZA, ubicado en la provincia de Tambopata
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA mediante Oficio Nº 777-2011-GOREMAD/PR, recibido el 8 de junio de 2011) ORDENANZA REGIONAL Nº 035-2010-GRMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo, el 21 de diciembre del 2010. CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a), del articulo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los

asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, de acuerdo a lo senalado en articulo 10, acapite 2, inciso d), de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, son Competencias Compartidas del Gobierno Regional la "Gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental". Que, de acuerdo a lo senalado en el articulo 49, inciso k), de este mismo cuerpo legal, son funciones de los Gobiernos Regionales "Promover y preservar la salud ambiental de la region"; asi como, senala en el inciso i) "Conducir y ejecutar coordinadamente con los organos competentes, la prevencion y control de riesgos y danos de emergencias y desastres". Que, en concordancia con lo senalado en el articulo 53, inciso a), de la misma ley, senala que son funciones del Gobierno Regional: "Formular, evaluar, aprobar, ejecutar, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental...". Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2008PCM, Reglamento de la Ley Nº 28804, "Ley que Regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental", define la Emergencia Ambiental como: "Ocurrencia de un dano ambiental subito y significativo generado por causas naturales, humanas o tecnologicas que deteriore el ambiente, ocasionando un problema de salud publica, como consecuencia de la contaminacion del aire, el agua o el suelo". Que, la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, establece el MORDAZA Precautorio, de modo que cuando MORDAZA indicios razonables de peligro de dano grave o irreversible al ambiente o, a traves de este, a la salud, la ausencia de certeza cientifica no debe utilizarse como razon para no adoptar o postergar la ejecucion de medidas eficaces y eficientes destinadas a evitar o reducir dicho peligro. Que, mediante Oficio Nº 971-2010-GOREMAD/ GRRNYGMA, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, comunica al Consejo Regional que a traves del Grupo Tecnico de la Comision Ambiental Regional ha recopilado la informacion remitida por la Direccion Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos; la Autoridad Local del Agua; el Hospital MORDAZA Rosa; la Reserva Nacional de Tambopata; el Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre; la Defensoria del Pueblo; asi como, las Actas de Reunion de los pobladores de MORDAZA MORDAZA Baja, con el Grupo Tecnico para la Proteccion de la Reserva Nacional de Tambopata, su MORDAZA de amortiguamiento y otras areas prioritarias para la conservacion, frente a impactos ambientales, amenazas y/o actividades ilegales, en los que se detallan la problematica de degradacion de areas y bosques, asi como los problemas ambientales y sociales. Motivos por los cuales, solicita la emision de la correspondiente ordenanza regional, que Declare de Interes Prioritario e Interes Regional la Declaratoria de Emergencia Ambiental en el Sector denominado La MORDAZA, por deterioro ambiental. Que, mediante Informe Legal Nº 620-2010GOREMAD-ORAJ, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional, opina favorablemente para la declaratoria referida precedentemente. Que, mediante Dictamen Nº 07-2010-GOREMAD/ CEMHTCVYC, la Comision de Energia, Minas, Hidrocarburos, Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del Consejo Regional, recomienda que la solicitud de Declaratoria en Estado de Emergencia del Sector denominado La MORDAZA, por deterioro ambiental, sea debatida para su posterior aprobacion. Que, estando a los informes en mencion, el Consejo Regional en sesion ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, por mayoria los Consejeros Regionales, han estimado aprobar el Dictamen referido en el considerando precedente. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR, en Estado de Emergencia Ambiental el Sector denominado La MORDAZA,

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