Norma Legal Oficial del día 10 de Junio del año 2011 (10/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de junio de 2011

el procedimiento no contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; Que, mediante el Informe N° 115-2011-GAJ/ MDVMT, de fecha 30 de MORDAZA del 2011, la Gerencia de Asesoria Juridica ha opinado en el sentido de que se proceda a la acreditacion ante el Ministerio de Justicia previo cumplimiento de los presupuestos senalados en el punto IV de la Directiva 001-2011-JUS/DNJ, aprobada por Resolucion Directoral N° 120-2011-JUS/ DNJ; Que, estando a los considerandos precedentes, en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º, inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades ­ 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR, al Abogado MORDAZA MORDAZA CORTELEZZI MORDAZA, con Colegiatura N° 38533, del Colegio de abogados de MORDAZA, en su condicion de Sub Gerente de Registros Civiles y Cementerio de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo como responsable de los Procedimientos No Contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior de acuerdo a la Ley 29227. Articulo Segundo.- DELEGAR a partir de la fecha en el funcionario MORDAZA mencionado, la realizacion de los actos descritos en la Ley N° 29227 y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2008JUS, tales como la verificacion del cumplimento de requisitos, fijar fecha, convocar y realizar la audiencia unica de ratificacion, asi como toda acto administrativo necesario para el desarrollo del procedimiento senalado en el articulo precedente. Articulo Tercero.- HACER de conocimiento de la Direccion Nacional de Justicia, Gerencia Municipal y demas Unidades Organicas que por la naturaleza de sus funciones tengan injerencias en el contenido de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 650894-2

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA
Aprueban Reglamento para la Conservacion y Restricciones de Uso del MORDAZA de Trapiche y Conservacion del Medio Ambiente de la MORDAZA Baja del distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives
ORDENANZA Nº 092-MPC Canta, 31 de MORDAZA de 2011. El Concejo Provincial de Canta, en Sesion Ordinaria de la fecha; ha tratado sobre el MORDAZA de la conservacion del MORDAZA de Trapiche y del medio ambiente en la MORDAZA baja del Distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en el Articulo 194°, establece la autonomia politica, economica administrativa de las Municipalidades Provinciales y Distritales en los asuntos de su competencia.

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario promoviendo la adecuada prestacion de los servicios locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion. Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 40º establece, las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, la misma MORDAZA legal, en el Articulo 81º numeral 1.1. establece, las municipalidades, en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, ejercen las funciones especificas exclusivas de normar, reglamentar y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial, Que, la Ley Nº 27181 Ley General de Transporte y MORDAZA en el Articulo 17° establece, de las competencias de las Municipalidades Provinciales. 17.1 Las Municipalidades Provinciales, en su respectiva jurisdiccion y de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales, tienen las siguientes competencias en materia de transporte y MORDAZA terrestre: Competencias normativas: a) Emitir normas y disposiciones, asi como realizar los actos necesarios para la aplicacion de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ambito territorial. b) Jerarquizar la red vial de su jurisdiccion y administrar los procesos que de ellos deriven, en concordancia con los reglamentos nacionales correspondientes. c) Declarar, en el ambito de su jurisdiccion, las areas o vias saturadas por concepto de congestion vehicular o contaminacion, en el MORDAZA de los criterios que determine el reglamento nacional correspondiente. Que, el Decreto Supremo N 017-2009-MTC Aprueba el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, y en su articulo 11º establece, las Municipalidades Provinciales, en materia de transporte terrestre, cuentan con las competencias previstas en este Reglamento, se encuentran facultadas, ademas, para dictar normas complementarias aplicables a su jurisdiccion, sujetandose a los criterios previstos en la Ley, al presente Reglamento y los demas reglamentos nacionales. En ningun caso las normas complementarias pueden desconocer, exceder o desnaturalizar lo previsto en las disposiciones nacionales en materia de transporte, Que, mediante Ordenanza Nº 088-MPC, se declara con caracter de prioridad la conservacion del MORDAZA de Trapiche, como tambien las restricciones de uso y la conservacion del medio ambiente en la MORDAZA baja del Distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives, Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 008-2010 se aprueba el Reglamento de la Ordenanza MORDAZA mencionada, Que, con el criterio de unificar las normas municipales para su correcta aplicacion y lograr los objetivos primordiales expuestos por los pobladores de la jurisdiccion; Que, se ha solicitado la opinion de especialista en el tema, con la recomendacion de que el Gobierno Local, debe adoptar acciones inmediatas para preservar la infraestructura, para lo cual se debe restringir el paso de vehiculos hasta una cierta capacidad de peso total, En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los Senores Regidores, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA "REGLAMENTO PARA LA CONSERVACION Y RESTRICCIONES DE USO DEL MORDAZA DE TRAPICHE Y CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE DE LA MORDAZA BAJA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DE QUIVES" Articulo Primero.- APROBAR, el Reglamento Para La Conservacion y Restricciones De Uso Del MORDAZA De

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