Norma Legal Oficial del día 15 de Junio del año 2011 (15/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de junio de 2011

Laboral, y mediante Resolucion Ministerial Nº 157-2011TR, se le delega a la Viceministra de Trabajo la facultad para suscribir en nombre de la Entidad, las Actas de Transferencia de Recursos Humanos y el Acta de Entrega y Recepcion de Funciones Sectoriales y Recursos del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo al Gobierno Regional de Lima; Que, con la firma de las Actas Sustentatorias y la Acta de Entrega y Recepcion de Funciones y Recursos, correspondiente a la etapa de efectivizacion de la transferencia del Gobierno Regional de MORDAZA, se ha formalizado la transferencia de la funcion especifica literal a), b), c), d), e), f), h), i), j); k),l), m), p), q) del articulo 48º de la Ley Nº 27867 a favor del Gobierno Regional mencionado, excluyendo la parte de la funciones de Micro y Pequena Empresas por corresponder estas al Ministerio de la Produccion; Que, se ha culminado el MORDAZA de efectivizacion de la transferencia de funciones, al haberse suscritos las Actas Sustentatorias y el Acta de Entrega y Recepcion de funciones sectoriales y recursos del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo al Gobierno Regional de MORDAZA, por lo que resulta procedente emitir la presente resolucion, a efectos de declarar la competencia para el ejercicio de funciones al Gobierno Regional de Lima; Con las visaciones del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral y Presidente de la Comision Sectorial de Transferencias, de la Viceministra de Trabajo, del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Jefe (e) de la Oficina de Descentralizacion y del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con las Leyes Nºs. 27783, 28273; el literal g) del numeral 5.1.9 de la Directiva Nº 0012007-PCM/SD aprobada por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 003-2007-PCM/SD; el literal 5.2.8 del numeral 5) de la Directiva Nº 006-2007PCM/SD, aprobada por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 025-2007-PCM/SD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de transferencia de funciones sectoriales. Declarar que el Gobierno Regional de MORDAZA ha concluido el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de trabajo y promocion del empleo, descritas en el articulo 48º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, excluyendose de la misma, la parte de la Micro y Pequena Empresas por corresponder esta al Ministerio de la Produccion, conforme al siguiente detalle:
Funciones Sectoriales Especificas del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en materia de trabajo y promocion del empleo, transferidos al Gobierno Regional de MORDAZA, establecidas en el articulo 48º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales GOBIERNO REGIONAL MORDAZA FUNCIONES TRANSFERIDAS a), b), c), d), e), f), h), i) j) k), l), m), p) y q) TOTAL 14

lineamientos para la elaboracion y aprobacion del MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; los Gobiernos Regionales, con funciones transferidas de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27783, deberan dictar las disposiciones necesarias a fin de adecuar sus instrumentos institucionales y de gestion, en virtud de la transferencia de funciones sectoriales referidas en el Articulo precedente. Asimismo, estableceran en el correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, los procedimientos directamente relacionados con las funciones sectoriales que les competen ejercer. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo
653353-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena ubicada en el distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, a la empresa Terranova E.I.R.L.
RESOLUCION SUPREMA Nº 021-2011-MTC

MORDAZA, 14 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante escrito recibido con fecha 12 de MORDAZA de 2010, la empresa TERRANOVA E.I.R.L., solicito ante la Autoridad Portuaria Nacional - en adelante APN - una autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena, ubicada en el distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, en un area total de 1,282.62 m2 (Un mil doscientos ochenta y dos y 62/1000 metros cuadrados); Que, con fecha 23 de septiembre de 2010, se publico la solicitud presentada por TERRANOVA E.I.R.L. en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.3 del articulo 31º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, y modificado por los Decretos Supremos Nº 041-2007-MTC y Nº 0272008-MTC; Que, con Oficio Nº V.200-4788 ingresado a la APN con fecha 13 de octubre de 2010, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa senalo que el area acuatica solicitada por TERRANOVA E.I.R.L. no se superpone con areas concesionadas por parte de la Autoridad Maritima Nacional, ni con areas reservadas para la defensa nacional; Que, a traves de la Carta Nº 009-2011-APN/GG de fecha 10 de enero de 2011, la APN requirio a la empresa TERRANOVA E.I.R.L., para que en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles de notificada, subsane las observaciones advertidas en su solicitud de autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena, referidas al Plan Maestro; Que, mediante escrito recibido con fecha 25 de enero de 2011, la empresa TERRANOVA E.I.R.L., levanto las observaciones formuladas por la APN conforme a lo senalado en la Carta Nº 009-2011-APN/GG, acompanando una nueva edicion del Plan Maestro;

El Gobierno Regional de MORDAZA a partir de la fecha es competente para el ejercicio de las funciones transferidas. Articulo 2º.- Adecuacion de los instrumentos de gestion. De conformidad con lo dispuesto en el Titulo II del Decreto Legislativo Nº 1026, Decreto Legislativo que establece un regimen especial facultativo para los gobiernos regionales y locales que deseen implementar procesos de modernizacion institucional integral, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2010-PCM, el Titulo II la Primera Disposicion Final del Reglamento de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM y la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba

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