Norma Legal Oficial del día 15 de Junio del año 2011 (15/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

444669

VISTOS: Los Informes Nºs. 240 y 277-2011-MTC/12 y el Memorandum Nº 598-2011-MTC/12.LEG emitidos por la Direccion General de Aeronautica Civil, en relacion al Memorandum de Entendimiento suscrito entre las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y de la Republica de Chile; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 147-2007MTC/02 de fecha 23 de marzo de 2007, se ratifico el Acta de Reunion de Consulta de Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y la Republica de Chile; Que, con fechas 6 y 7 de MORDAZA de 2011, se reunieron en la MORDAZA de MORDAZA, Peru, las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y de la Republica de MORDAZA, con el objeto de negociar un Acuerdo de Servicios de Transporte Aereo y la concesion de derechos aerocomerciales entre ambos paises; Que, con fecha 7 de MORDAZA de 2011, las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y de la Republica de MORDAZA, suscribieron un Memorandum de Entendimiento, referente a capacidad y derechos de trafico, acuerdos de cooperacion comercial, vuelos no regulares, vuelos exclusivos de carga, entre otros; Que, a traves del Informe Nº 240-2011-MTC/12, la Direccion General de Aeronautica Civil, ha recomendado la ratificacion del Memorandum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y de la Republica de MORDAZA, citado en el considerando precedente, por cuanto resulta ventajoso para el Estado Peruano el contar con MORDAZA juridicos que contribuyan con el desarrollo de la actividad turistica y comercial; Que, de acuerdo con el literal n) del articulo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para ejecutar la politica aerea nacional, asi como para negociar y suscribir acuerdos en materia aeronautica de indole tecnico o aerocomercial; Que, de conformidad con el articulo 82º de la Ley de Aeronautica Civil del Peru y en concordancia con el articulo 12º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, la actividad aerocomercial se establece en el orden internacional mediante servicios de transporte aereo de empresas nacionales y extranjeras, a cuyo efecto la Direccion General de Aeronautica Civil otorgara las respectivas autorizaciones, estando facultada a negociar y celebrar actas o memoranda de entendimiento sobre transporte aereo, las que para entrar en vigencia deberan ser ratificadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27261, la Ley Nº 29370, y el Decreto Supremo Nº 050-2001MTC, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el Memorandum de Entendimiento suscrito entre las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y de la Republica de MORDAZA, con fecha 7 de MORDAZA de 2011, por el Director General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Derogar la Resolucion Ministerial Nº 147-2007-MTC/02 de fecha 23 de marzo de 2007 que ratifica el Acta de Reunion de Consulta de Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica de Peru y la Republica de Chile. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones
652749-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban Cronograma de los Sorteos de Comprobantes de Pago para Personas Naturales e Instituciones Educativas a Nivel Nacional para el Ano 2011
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 158-2011/SUNAT

MORDAZA, 13 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2º del Decreto Supremo N.º 135-2010EF, autoriza la realizacion de Sorteos de Comprobantes de Pago a nivel nacional, cuya ejecucion estara a cargo de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, y senala ademas que los indicados sorteos se realizaran de acuerdo a las Bases que, como Anexo, forman parte del Decreto Supremo N.º 178-2002EF, y normas modificatorias; Que asimismo, el Articulo MORDAZA de las Bases del Sorteo de Comprobantes de Pago sustituido por el Articulo 3º del Decreto Supremo N.º 135-2010-EF, dispone que los sorteos se realizaran segun el cronograma que apruebe la SUNAT mediante Resolucion de Superintendencia; Que conforme a lo previsto en el parrafo anterior, la SUNAT ha dispuesto aprobar el cronograma de los Sorteos de Comprobantes de Pago para personas naturales e instituciones educativas correspondiente al ano 2011; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el cronograma de los Sorteos de Comprobantes de Pago para personas naturales e instituciones educativas a nivel nacional correspondiente al ano 2011 conforme al siguiente cuadro:
PERSONAS NATURALES
PERIODO DE RECEPCION DE LOS SOBRES FECHAS DE LOS SORTEO QUE CONTIENEN SORTEOS COMPROBANTES DE PAGO I 01/01/2011 al 15/08/2011 01/07/2011 al 15/08/2011 26 de agosto de 2011 II 01/01/2011 al 15/11/2011 01/10/2011 al 15/11/2011 02 de diciembre de 2011 III 01/01/2011 al 31/12/2011 17/11/2011 al 31/12/2011 13 de enero de 2012 PERIODO DE EMISION DE LOS COMPROBANTES DE PAGO

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
PERIODO DE EMISION SORTEO DE LOS COMPROBANTES DE PAGO I PERIODO DE RECEPCION DE LOS SOBRES QUE CONTIENEN FECHA DEL SORTEO COMPROBANTES DE PAGO 01/01/2011 al 30/09/2011 16/08/2011 al 30/09/2011 14 de octubre de 2011

Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional
652950-1

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