Norma Legal Oficial del día 15 de Junio del año 2011 (15/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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responsabilidad de los Jueces Especializados a cargo de los juzgados. Que, el Area de Desarrollo a la Presidencia debera efectuar las coordinaciones con la Gerencia de Informatica de la Gerencia General, a fin de adecuar el sistema SIJ para la redistribucion de expedientes, debiendo tener en cuenta los considerandos precedentes. Debiendo dar cuenta de la carga procesal de los Juzgados Penales de MORDAZA con Reos Libres y Juzgados Penales Transitorios de MORDAZA, al mes de culminado el plazo perentorio de redistribucion a fin que la Presidencia adopte la medidas convenientes respecto de la carga procesal de los organos jurisdiccionales penales. Que, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, conforme a sus atribuciones debera velar por el fiel cumplimiento de los alcances de la presente resolucion. Que, estando a lo expuesto y en uso de la facultad conferida por Articulo 90º inciso 3) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que los Juzgados Penales de MORDAZA con Reos Libres, cumplan con remitir, a partir de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, los expedientes penales: Sumarios, ordinarios y querellas de los anos 2008 y 2009 en giro, a la Mesa de Partes de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, quien a su vez los redistribuira de forma equitativa y aleatoria al Primer y MORDAZA Juzgados Penales Transitorios de MORDAZA, venciendo el plazo para tal remision el 01 de Agosto del presente ano. Articulo Segundo.- DISPONER que el Jefe de la Mesa de Partes de los Juzgados Penales de MORDAZA, cumpla con recepcionar y redistribuir a traves del sistema, los expedientes que les seran remitidos por los Juzgados Penales de MORDAZA con Reos Libres. Articulo Tercero.- PRECISAR que para los efectos de la redistribucion se tendra en consideracion lo siguiente: - No se considera en la redistribucion a los expedientes por sentenciar (especificamente aquellos expedientes que cuentan con resolucion de dejese en despacho para sentenciar). - No se considera en la redistribucion, los expedientes que se hayan llevado a cabo informe final y los que se encuentren en etapa de ejecucion. - No se considera en la redistribucion a los expedientes en reserva, ni aquellos expedientes que se encuentren con mandato de archivo, sea provisional o definitivo. Articulo Cuarto.- DISPONER que todos los expedientes a ser redistribuidos deberan encontrarse con todos sus cuadernos y anexos completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras, y todos sus escritos proveidos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no seran redistribuidos, bajo responsabilidad del Juez Especializado a cargo del juzgado, por la demora incurrida. Articulo Quinto.- DISPONER que el Area de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, realice las gestiones pertinentes para la adecuacion del sistema, a fin que se cumpla con la redistribucion de expedientes a los Organos Jurisdiccionales Transitorios; sin perjuicio, de las demas coordinaciones que debera efectuar para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Sexto.- ENCARGAR al Area de Desarrollo de la Presidencia, dar cuenta de la carga procesal de los Juzgados Penales de MORDAZA con Reos Libres y Juzgados Penales Transitorios de MORDAZA, al mes de culminado el plazo perentorio de redistribucion a fin que esta Presidencia adopte la medidas convenientes respecto de la carga procesal de los organos jurisdiccionales penales. Articulo Setimo.- PONER en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el contenido de la

presente resolucion para que vele por su cumplimiento, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Octavo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura ­ OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Area de Desarrollo de la Presidencia y Oficina de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
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Disponen la reconformacion de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur para el ano judicial 2011
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA SUR Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 348-2011-P-CSJLIMASUR/PJ

MORDAZA, 10 de junio de 2011 VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 334-2010-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; las Resoluciones Administrativas Nºs. 001-2011-PCSJLIMASUR/PJ, 012-2011-P-CSJLIMASUR/PJ y 2592011-P-CSJLIMASUR/PJ, expedidas por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur; y, los Oficios Nºs. 90-2011-J-ODECMA-CSJLIMASUR/PJ y 95-2011-JODECMA-CSJLIMASUR/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: Por Resolucion Administrativa Nº 334-2010-CE-PJ de fecha 6 de octubre de 2010, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de octubre de 2010, se dispuso el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur a partir del 13 de octubre de ese mismo ano. Mediante Resolucion Administrativa Nº 001-2011P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 3 de enero de 2011, se dispuso la conformacion de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia-ODECMA; y, estando a las consideraciones esbozadas en la Resolucion Administrativa Nº 0342010-P-CSJLIMASUR/PJ en la que se senala que a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur no le han sido asignadas plazas de jueces que integren la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura en forma permanente, se deberia seguir designandose como sus integrantes a los jueces de esta Corte con adicion a sus funciones y en forma rotativa asi como de manera transitoria. Teniendose presente a su vez que, esta Corte no contaba con numero suficiente de Jueces Superiores Titulares para presidir las respectivas Unidades de la ODECMA, por lo que, existia la necesidad de designar a Jueces Superiores Provisionales hasta que se supere esta situacion, con cargo a dar cuenta a la Sala Plena. En este contexto, ante la expedicion por parte del Consejo Nacional de la Magistratura del Titulo de Juez Superior de Justicia de MORDAZA Sur, de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Vasquez; mediante Resoluciones Administrativas Nros. 0122011-P-CSJLIMASUR/PJ y 259-2011-P-CSJLIMASUR/

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