Norma Legal Oficial del día 20 de Junio del año 2011 (20/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, lunes 20 de junio de 2011

autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

Articulo 1º.- Rectificar el error material contenido en las condiciones esenciales del articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 784-2010-MTC/03, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, conforme al siguiente cuadro; quedando inalterable en todo lo demas que contiene.
DICE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor MORDAZA VILLENA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: DEBE DECIR: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor MORDAZA VILLENA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales:

653762-1

Rectifican error material contenido en la R.VM. Nº 784-2010-MTC/03 mediante la cual se otorgo a persona natural autorizacion para prestar servicio de radiodifusion sonora educativa
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 545-2011-MTC/03
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 784-2010MTC/03, de fecha 13 de octubre de 2010, se otorgo al senor MORDAZA VILLENA MORDAZA, en su calidad de adjudicatario del Concurso Publico Nº 01-2009-MTC/28, autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Moquegua; Que, de la revision de los actuados se advierte que, efectivamente, a traves del Acto Publico de fecha 10 de MORDAZA de 2010, el Comite de Recepcion y Evaluacion de Propuestas encargado de la preparacion de las Bases y conduccion del Concurso Publico Nº 01-2009-MTC/28 reasigno a favor del senor MORDAZA VILLENA MORDAZA, adjudicatario de la Buena Pro para la banda de Frecuencia Modulada (FM) de la localidad de MORDAZA, la frecuencia 94.1 MHz, como consecuencia de lo dispuesto por la Resolucion Viceministerial Nº 314-2010-MTC/03, que declaro la nulidad de oficio de la adjudicacion de la buena pro a favor de don MORDAZA Rebatian Tomilla MORDAZA, en la banda de Frecuencia Modulada (FM) de la localidad de MORDAZA, disponiendose en consecuencia a su descalificacion; Que, el numeral 201.1 del articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision precisando asimismo el numeral 201.2 de su articulo 201º que la rectificacion adopta las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original; Que, es conveniente senalar que la presente rectificacion no afectara el sentido del acto administrativo contenido en la Resolucion Viceministerial Nº 784-2010-MTC/03 cuya finalidad fue autorizar al senor MORDAZA VILLENA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de conformidad con la documentacion que obra en los antecedentes de la presente autorizacion; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 4950-2010MTC/28, considera que se debe corregir el error material contenido en el articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 784-2010-MTC/03, en lo que respecta a la frecuencia de operacion asignada; De conformidad con lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444;

Modalidad: RADIODIFUSION SONORA Modalidad: RADIODIFUSION SONORA EN FM EN FM Frecuencia: 102.3 MHz. Frecuencia: 94.1 MHz. Finalidad: EDUCATIVA Finalidad: EDUCATIVA

Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

653533-1

Declaran aprobadas transferencias de autorizaciones otorgadas a Radiomar S.A.C. a favor de la Asociacion Cultural Bethel
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 563-2011-MTC/03
MORDAZA, 2 de junio de 2011 VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa RADIOMAR S.A.C. (actualmente CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C.) sobre renovacion y transferencia de autorizaciones del servicio de radiodifusion sonora a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL; CONSIDERANDO: Que, la empresa RADIOMAR S.A.C. (actualmente CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C.) es titular de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion, en las localidades, bandas de frecuencia, modalidades, finalidades y plazos detallados en los Anexos 1 y 2 de la presente resolucion; Que, la administrada presento las solicitudes para la aprobacion de las transferencias de las autorizaciones consignadas en el Anexo 1 a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL; Que, los procedimientos de las transferencias de autorizaciones se iniciaron el 07 de MORDAZA de 2004, es decir, MORDAZA de la fecha de entrada en vigencia de la Ley de Radio y Television, que fue el 12 de noviembre de 2004, correspondiendo que su tramitacion se rija por lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo No 027-2004-MTC, en virtud a lo dispuesto en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television; Que, el articulo 122º del T.U.O. del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que tratandose de la transferencia de autorizaciones para la prestacion de los servicios de radiodifusion, se requiere que hayan transcurrido por lo menos dos (2) anos contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorizacion

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