Norma Legal Oficial del día 20 de Junio del año 2011 (20/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

445044
02-073-5 Por comercializar cajetillas de cigarrillos que contengan menos de diez unidades incluyendo el expendio unitario de cigarrillos. Por distribuir o permitir la distribucion gratuita, promocional de productos de tabaco a menores de edad. No exhibir o exhibir inadecuadamente los carteles referidos en la Ley y en el Reglamento. Por colocar suministro de maquinas expendedoras en lugares con acceso de menores de edad y/o infringir las disposiciones referidas al empleo de maquinas expendedoras. Por Exhibir o publicar productos de tabaco en un radio de 500 metros de Instituciones Educativos, Salud publicos y privados.

NORMAS LEGALES
Clausura Temporal, la reincidencia MORDAZA lugar a la Clausura Definitiva Retencion y/o Decomiso Clausura Temporal, la reincidencia MORDAZA lugar a Clausura Definitiva Clausura Temporal y/o Definitiva. Retencion o Decomiso

El Peruano MORDAZA, lunes 20 de junio de 2011

100%

02-073-6

50%

02-073-7

50%

02-073-8

100%

Tercera.- La Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion y la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, quedan encargadas de efectuar las coordinaciones con La Liga Peruana de Lucha contra el Cancer, a fin que la Municipalidad Provincial del Callao sea parte activa de la MORDAZA "SUMATE A SER 100 % LIBRE DE HUMO DE TABACO". Cuarta.- Incorporase al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas RAS, de la Municipalidad, el cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas establecidas en el Articulo 10 de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, asimismo se dispone su publicacion en la pagina Web de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao.gob.pe. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

02-073-9

100%

Clausura Temporal, retencion o decomiso Clausura Temporal, retiro de la publicidad. Clausura Temporal, la reincidencia MORDAZA lugar a Clausura Definitiva. Clausura Temporal, la reincidencia MORDAZA lugar a Clausura Definitiva.

Por instalar publicidad de productos 02-073-10 de tabaco en lugares prohibidos por la Ley N° 28705. Comercializar productos de tabaco en los lugares consignados en el 02-073-11 numeral 1 del articulo 11º de la Ley Nº 28705. Infringir otras disposiciones de la Ley y del Reglamento relacionadas con 02-073-12 la comercializacion de productos del tabaco.

200%

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

655128-1

200%

100%

Restituyen temporalmente la vigencia de beneficios otorgados mediante la Ordenanza Nº 007-2011 referente a multas por infracciones al MORDAZA y al transporte MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2011
Callao, 13 de junio de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesion Ordinaria celebrada el 13 de junio de 2011, con el MORDAZA UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 0000342004 le confieren y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ha aprobado la siguiente:

GERENCIA GENERAL DE PROTECCION DE SERVICIOS SOCIALES Y CULTURALES
CODIGO DESCRIPCION DE LA INFRACCION Multa en SANCION % de la COMPLEMENTARIA UIT Clausura, Retencion o Decomiso.

Por permitir la venta, distribucion, exhibicion de productos de 04.027.1 tabaco en los espectaculos deportivos dirigidos a menores de edad

100%

GERENCIA GENERAL DE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE
CODIGO DESCRIPCION DE LA INFRACCION Multa SANCION en % de COMPLEMENTARIA la UIT

Cuando la medicion de contaminantes de humo de tabaco indique la existencia Clausura Temporal, la de humo de tabaco en 200 % reincidencia MORDAZA lugar 03.046.1 establecimientos publicos o a Clausura Definitiva privados, prohibidos por Ley N° 28705 y Ley Nº 29517 y su Reglamento.

ORDENANZA MUNICIPAL QUE RESTITUYE TEMPORALMENTE LA AMNISTIA PARCIAL Y FRACCIONAMIENTO DE MULTAS POR INFRACCIONES AL MORDAZA Y AL TRANSPORTE MORDAZA
Articulo 1º.- Restituyase la vigencia de los beneficios otorgados mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2011, a partir de la publicacion de la presente Ordenanza hasta el 31 de MORDAZA de 2011. Articulo 2º.- Incluyase en los alcances de los beneficios senalados en el articulo anterior, a las papeletas de infraccion y actas de control por infracciones al MORDAZA y transporte MORDAZA que hayan sido impuestas y se encuentren pendientes de cancelacion hasta el 31 de MORDAZA de 2011, con excepcion de las infracciones al MORDAZA de codigo M-1 y M-2. Articulo 3º.- La aplicacion de la presente ordenanza no genera derecho a devolucion por concepto de multas pagadas con anterioridad a su vigencia. Articulo 4º.- Encargase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Transporte MORDAZA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal, facultandole ademas a implementar las acciones administrativas necesarias para viabilizar su implementacion. Asimismo, encargase a la Gerencia General de Relaciones Publicas la difusion de la presente norma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

En el caso de Transporte Publico la Empresa de Transporte y el titular de la Unidad de Transporte, responderan solidariamente frente a la autoridad municipal, por infraccion a la Ley Nº 28705 y su Reglamento y modificatorias.

CAPITULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera.- Encargar a La Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, a la Gerencia General de Seguridad Ciudadana, a la Gerencia General de Proteccion del Medio Ambiente y la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- La Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, asi como la Gerencia General de Proteccion del Medio Ambiente, quedan encargadas de efectuar las coordinaciones periodicas con el Ministerio de Salud, el INDECOPI y la Comision Nacional Permanente de Lucha Antitabaquica - COLAT, para realizar las inspecciones necesarias que aseguren el cumplimiento de la presente Ordenanza.

655130-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.