Norma Legal Oficial del día 24 de Junio del año 2011 (24/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de junio de 2011

10.1 Contara con un manual de procedimiento de operaciones, seguridad y capacitacion del personal relacionado con la prestacion del servicio. 10.2 Proveera al jefe de cuadrilla y al capataz segun corresponda, de un equipo de comunicacion necesario que garantice una comunicacion eficiente y MORDAZA con el practico y otros. 10.3 Que el personal de maniobras de las embarcaciones y de tierra atienda los requerimientos u ordenes del practico encargado de la maniobra y no podra abandonar el servicio hasta que reciba la autorizacion de este para retirarse. 10.4 Que el personal MORDAZA seguido el curso basico de PBIP dictado por la Autoridad Portuaria Nacional o una entidad autorizada por esta. 10.5 Contratara y mantendra vigentes los seguros exigidos por la Autoridad Portuaria competente. 10.6 Remitira a la Autoridad Portuaria competente, por medios electronicos y dentro de los quince (15) dias posteriores al termino de cada trimestre, un informe de las operaciones realizadas de acuerdo al formato que se adjunta por apendice (01). 10.7 Que el transporte del personal de gavieros desde tierra al amarradero del terminal multiboyas y viceversa se realice con embarcaciones apropiadas que pertenezcan a empresas con licencias para transporte de personas vigente otorgadas en la Autoridad Portuaria competente Articulo 11: DEL ADMINISTRADOR PORTUARIO Sera responsable de cumplir con los siguientes lineamientos: 11.1 Exigira que las polizas de seguros de las embarcaciones y del personal de gavieros se encuentren actualizadas. 11.2 Establecera los requisitos para el otorgamiento de las autorizaciones de ingresos al terminal portuario de los gavieros designados para la prestacion de servicios de amarre y desamarre de naves. Articulo 12: DEL REPRESENTANTE DE LA NAVE Sera responsable de cumplir con los siguientes lineamientos: 12.1 Coordinar el servicio con un prestador del servicio con licencia de operacion vigente emitida por la Autoridad Portuaria competente. 12.2 Mantener informado al prestador del servicio sobre las intenciones de movimiento de la nave y programacion correspondiente. APENDICE: (01) Informe trimestral de actividades.

Aprueban MORDAZA tecnico operativa para la prestacion del servicio portuario basico de avituallamiento dentro de las zonas portuarias
RESOLUCION DE ACUERDO DEL DIRECTORIO Nº 010-2011-APN/DIR
Callao, 8 de junio del 2011 Visto, el Informe Ejecutivo Nº 242-2011-APN/DOMA de la Direccion de Operaciones y Medio Ambiente de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) de fecha 23 de marzo del 2011, mediante el cual se recomienda la necesidad de la aprobacion de una MORDAZA tecnico operativa para la prestacion del servicio portuario basico de avituallamiento en las zonas portuarias. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los incisos j) y k) del articulo 24º de la Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley 27943, corresponde a la Autoridad Portuaria Nacional establecer las normas tecnico - operativas para el desarrollo y la prestacion de las actividades y los servicios portuarios, acorde con los principios de transparencia y libre competencia; asi como normar en lo tecnico, operativo y administrativo el servicio de avituallamiento; Que, el articulo 61º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, senala que son considerados como servicios portuarios, las actividades que se desarrollan en la MORDAZA portuaria, siendo necesarias para la correcta explotacion de los mismos que se presten en condiciones de seguridad, eficacia, eficiencia, calidad, regularidad, continuidad y no-discriminacion; Que, el articulo 63º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, dispone expresamente que los servicios portuarios se clasifican en servicios generales y servicios basicos, cuyo regimen se establece en los articulos 64º y 65º respectivamente; Que, el articulo 65º del Reglamento MORDAZA mencionado senala que los servicios portuarios basicos son aquellas actividades comerciales desarrolladas en los recintos portuarios que permiten la realizacion de las operaciones de trafico portuario; considerando a su vez al avituallamiento como un servicio portuario basico; Que, es necesario establecer las normas tecnicooperativas y los mecanismos de supervision y control para la correcta operacion en la prestacion del servicio portuario de avituallamiento en las zonas portuarias de los puertos maritimos; Que, asimismo, segun el articulo 9º del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General" aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, en caso de publicacion de normas legales que tengan anexos, se publicara en el Diario Oficial El Peruano solamente la correspondiente MORDAZA aprobatoria y el anexo se publicara en el MORDAZA Electronico de la entidad emisora en la misma fecha de publicacion oficial bajo responsabilidad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA tecnico operativa para la prestacion del servicio portuario basico de avituallamiento dentro de las zonas portuarias, la misma que se anexa a la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las personas naturales y/o juridicas con licencia para prestar el servicio portuario basico de avituallamiento que cuenten con un Sistema de Gestion de Calidad y Certificacion Internacional de Calidad, deberan enviar una MORDAZA de dicha certificacion a la Autoridad Portuaria competente dentro del plazo de treinta (30) dias calendario de publicada la presente norma. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Publicar en el MORDAZA Electronico de la Autoridad Portuaria Nacional el Anexo I y apendice (a) de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Apendice (01) INFORME TRIMESTRAL DE ACTIVIDADES DE AMARRE Y DESAMARRE EN OPERACIONES DE AMARRE / DESAMARRE Y OTRAS CORRESPONDIENTE AL.....TRIMESTRE DEL ANO... Razon Social: Direccion Puerto:
Fecha Nave Eslora

Correo Electronico: Telefono:

Practico Operacion Amarradero/Atracadero Agencia

Firma de representante de la empresa

657049-2

MORDAZA BOYLE MORDAZA Presidente del Directorio Autoridad Portuaria Nacional

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